Edicto.
Dª. Cristina Cifo González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante,
Hace saber: Que en los autos de concurso 847/2009, seguidos en este Órgano Judicial a instancia de las mercantiles ACTECO PRODUCTOS Y SERVICIOS, S.L., con CIF B-03971512 se ha dictado en fecha 30 de diciembre de 2020 auto declarando concluso el procedimiento por cumplimiento de convenio, cuya parte dispositiva es la siguiente:
PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo:
1.- Declarar la conclusión del concurso Ordinario seguido a instancia de la mercantil ACTECO PRODUCTOS Y SERVICIOS, S.L. con CIF:B-03971512 y domicilio en Partida Riquer Alto, s/n en Alcoy (Alicante), seguido en este Órgano Judicial con el nº 847/2009 y el archivo de las actuaciones por ser firme el auto que declara el cumplimiento del convenio en su día aprobado.
2.- Acordar así mismo el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.
3.- Publicar el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del estado y en el Registro Público concursal en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal.
Así mismo, en atención a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídanse mandamientos al:
Registro Mercantil de Alicante, para la cancelación de las inscripciones realizadas en el presente concurso correspondiente al concursado, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo así como del cese de los administradores judiciales.
MODO DE IMPUGNACIÓN: no cabe recurso alguno.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe
Alicante, 14 de enero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Dª Cristina Cifo González.
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