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Documento BOE-B-2021-19716

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 24 de abril de 2021, páginas 25486 a 25486 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2021-19716

TEXTO

Edicto

Doña Adoración Turel García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 35 De Madrid, por la presente,

Hago saber:

1.- Que en los autos de Concurso Consecutivo Ley de Segunda Oportunidad de persona física seguidos en este órgano judicial con el número 402/2020 y NIG 28 079 002 2020 0066047, se ha dictado en fecha 1 de febrero de 2021, Auto de Declaración de Concurso de la deudora Doña María Yolanda Díaz Burgos con NIF 51.375.811 K con domicilio en Madrid capital, calle Aguilar de Campoo número 14 1º A 28035 Madrid.

2.- Que se ha nombrado Administrador del concurso al mediador concursal a Don Modesto Jesús González Quintana, con domicilio profesional en Madrid, calle Alcalá número 68 1º A 28009 Madrid (e-mail: economista@modestogq.com), ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de sus créditos en cualquiera de las direcciones, de conformidad con lo previsto en el artículo 255 a 258 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se prueba el Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC).

3.- Que los acreedores de los concursados comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 257 del Texto Refundido de la Ley Concursal, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.- Que la deudora concursada queda suspendida de sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituidos por la Administración concursal.

5.- Que los acreedores y demás interesados podrán personarse en el concurso por medio de abogado y procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto de los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

7.- Que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación del concurso, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 191 ter de la Ley Concursal.

Madrid, 16 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Adoración Turel García.

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