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Documento BOE-B-2021-19991

Anuncio de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de convocatoria para el levantamiento de las actas previas a la ocupación y si procediese, de ocupación definitiva de los bienes y/o derechos afectados por los procedimientos expropiatorios derivados de la ejecución de las obras correspondientes al Anteproyecto de saneamiento y depuración en Montijo-Puebla de la Calzada (Badajoz). Clave 04.306-0590/2101.

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 24 de abril de 2021, páginas 25886 a 25887 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2021-19991

TEXTO

Las relaciones de bienes y/o derechos afectados por el proyecto cuyos titulares son convocados por medido del presente anuncio al levantamiento de actas previas a la ocupación y, si procediese, al levantamiento de actas de ocupación definitivas, fueron publicadas en el Boletín Oficial del Estado n.º 296, de 8 de diciembre de 2018; en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz n.º 244, de 20 de diciembre de 2018, y en "el periódico Extremadura", habiendo figurado igualmente expuestas en los Ayuntamientos de Montijo y Puebla de la Calzada y en la oficinas de Confederación Hidrográfica del Guadiana de Badajoz y Mérida, sitas en avenida Sinforiano Madroñero, 12 y avenida Reina Sofía, 43, respectivamente.

Mediante resolución de la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico de fecha 7 de septiembre de 2018 se encomienda a la Confederación Hidrográfica del Guadiana la incoación del expediente de información pública del anteproyecto epigrafiado y de la relación de bienes y derechos afectados.

Las actuaciones en el sistema general de saneamiento y depuración de Montijo y Puebla de la Calzada fueron declaradas de interés general del Estado mediante la Disposición Adicional vigésimo octava de la Ley 26/2009 de Presupuestos Generales del Estado para 2010 (BOE 309, de 24 diciembre 2009). Así mismo, la citada Disposición Adicional incluía las declaraciones siguientes:

a) La de utilidad pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa.

b) La de urgencia a los efectos de la ocupación de los bienes afectados a la cual se refiere el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.

En consecuencia, esta Confederación Hidrográfica, atendiendo a lo señalado en los apartados 2 y 3 del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, procede a convocar a los titulares de los bienes y/o derechos afectados, conforme se les notificará de forma individual y mediante anuncios publicados en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz y en "el periódico Extremadura", para que, sin perjuicio de trasladarse al lugar de las fincas, si se considerase necesario, se proceda al levantamiento de las actas previas a la ocupación y si procediese, de ocupación definitiva, en el lugar, fecha y horas que a continuación se indican:

Término municipal de Montijo (Badajoz). Convocatoria el día 10 de mayo de 2021, a las 9.30 horas:

FINCA

TITULARES

POLIGONO

PARCELA

REFERENCIA CATASTRAL

00001

DESCONOCIDO

10

174 06088A010001740000KA

A dicho acto podrán asistir los afectados personalmente, o bien representados por una persona debidamente autorizada, para actuar en su nombre. Aportaran la documentación acreditativa de la titularidad de los bienes objeto de expropiación (certificado del Registro de la Propiedad, escritura pública o fotocopias compulsadas de esos documentos, así como los recibos del IBI de los dos últimos años). Los afectados pueden hacerse acompañar a su costa de Perito y Notario, si lo estiman oportuno. Además y para conseguir una mayor celeridad en el trámite económico del expediente expropiatorio, los titulares expropiados podrían aportar el modelo del Tesoro Público de Designación de Cuenta Bancaria cumplimentado formalmente con sus datos bancarios.

Según el artículo 56.2 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, de 26 de abril de 1957, las personas que se consideren afectadas podrán formular por escrito, ante esta Confederación, hasta el momento del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, alegaciones a los solos efectos de subsanar posibles errores que se hayan podido producir al relacionar los bienes afectados.

Por último y conforme a criterios de salud pública, para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19, el levantamiento de las citadas actas se realizará atendiendo a los protocolos sanitarios y/o legales vigentes en dichas fechas.

Badajoz, 19 de abril de 2021.- El Secretario de Estado de Medio Ambiente, p.d. el Presidente de la Confederación Hidrográfica del Guadiana (Orden APM/484/2018, de 8 de mayo), Samuel Moraleda Ludeña.

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