De acuerdo con lo establecido en el artículo 135 y siguientes de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, se han iniciado expedientes para la enajenación directa, a que se refiere el artículo 137.4 de dicha Ley, de los inmuebles del Estado (Administración General del Estado) actualmente ocupados con autorizaciones de uso en precario, cuyos datos figuran a continuación:
Descripción |
Ref. Catastral |
Datos registrales REQUENA |
Tasación |
Expediente CIBI |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 1F |
9077201XJ2797N0001QA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1886 |
22.700.- € |
201504600125 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 2F |
9077301XJ2797N0001TA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1892 |
26.000.- € |
201504600132 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 3F |
9078101XJ2797N0001WA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1898 |
27.000.- € |
201504600137 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 4B |
9078805XJ2797N0001BA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1900 |
29.300.-€ |
201504600139 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 4D |
9078803XJ2797N0001WA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1902 |
29.300.-€ |
201504600141 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 4E |
9078802XJ2797N0001HA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1903 |
30.000.-€ |
201504600142 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 5A |
9077804XJ2797N0001YA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1905 |
33.000.-€ |
201504600144 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 6B |
9077904XJ2797N0001PA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1910 |
21.500.-€ |
201504600151 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 6D |
9077902XJ2797N0001GA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1912 |
21.500.- € |
201504600787 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 6E |
9077901XJ2797N0001YA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1913 |
26.400.-€ |
201504600153 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 8E |
9076502XJ2797N0001JA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1924 |
28.700.-€ |
201504600162 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 8F |
9076501XJ2797N0001IA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1925 |
28.800.-€ |
201504600163 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 9B |
9176305XJ2797N0001TA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1927 |
24.000.- € |
201504600165 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 9C |
9176304XJ2797N0001LA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1928 |
21.000.-€ |
201504600166 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 11E |
9177102XJ2797N0001ZA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1942 |
29.100.-€ |
201504600176 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 12B |
9177805XJ2797N0001UA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1945 |
29.000.-€ |
201504600179 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 12C |
9177804XJ2797N0001ZA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1946 |
22.000.-€ |
201504600180 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 12D |
9177803XJ2797N0001SA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1947 |
27.000.-€ |
201504600181 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 13E |
9078904XJ2797N0001GA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1954 |
20.700.-€ |
201504600186 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 13G |
9078902XJ2797N0001BA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1956 |
22.700.- € |
201504600188 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 13H |
9078901XJ2797N0001AA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1957 |
28.700.-€ |
201504600189 |
Pantano Contreras Poblado Vivienda 14C |
9176906XJ2797N0001GA |
Tomo 1375 Libro 16 Finca registral 1960 |
31.700.-€ |
201504600791 |
Mediante este anuncio se hacen públicas las tasaciones a precio alzado de venta como cuerpo cierto de dichos inmuebles. Esta publicación no tiene la condición de oferta vinculante, constituyendo únicamente un trámite de los correspondientes al procedimiento de venta que habrá de proseguir con el resto de trámites legalmente previstos, culminando, en su caso, con la Orden Ministerial de enajenación.
Quien interese la compra de alguno de los inmuebles reseñados, deberá manifestarlo por escrito dirigido a esta Delegación de Economía y Hacienda (Unidad de Patrimonio del Estado) si aún no lo ha hecho, desde el día de publicación de este anuncio hasta el día 15 de julio de 2021 prestando expresamente su conformidad (que deberá ser ratificada en el documento en que se formalice la compraventa) con los siguientes extremos:
A) La tasación anteriormente señalada como precio alzado de venta de cuerpo cierto.
B) La situación de hecho y de derecho en que se encuentra el inmueble, es decir, situación posesoria, ubicación y configuración física según certificación catastral descriptiva y gráfica, y su inscripción en el Registro de la Propiedad.
C) Se considera de aplicación a esta enajenación lo establecido en el artículo 136.2 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, por cuanto el adjudicatario adquirente manifiesta conocer las circunstancias concurrentes en el caso y en relación con lo que anteriormente se refiere, asumiendo todos los riesgos y consecuencias que pudieran derivarse de dichas circunstancias, manteniendo indemne a la parte vendedora de cualesquiera contingencias, de cualquier naturaleza, bien sea legal, urbanística o de cualquier otro tipo que puedan producirse por actos u omisiones anteriores a la fecha de formalización del documento de venta, y en particular, de cualquier circunstancia que impida a la parte compradora la inscripción de su derecho en el Registro de la Propiedad.
D) La Administración General del Estado, en tanto que vendedora, se reserva la posibilidad de repercutir al comprador la parte proporcional del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) correspondiente al período resultante desde la fecha de entrega del respectivo inmueble a su comprador hasta el final del año natural en que la misma se produzca. Dicha parte proporcional podrá exigirse al comprador una vez que el IBI correspondiente al año de entrega del inmueble a su adquirente haya sido efectivamente abonado por la Administración vendedora.
Al escrito dirigido a esta Delegación de Economía y Hacienda que anteriormente se refiere, deberá acompañarse resguardo de la Caja General de Depósitos o alguna de sus sucursales, acreditativo de haber constituido a disposición del Delegado de Economía y Hacienda de Valencia un depósito por importe equivalente al 5 por ciento del precio de tasación, si aún no lo ha hecho. Transcurrido el día 15 de julio de 2021 sin que conste a dicha Delegación la manifestación por escrito interesando la compra del inmueble estatal y en los términos anteriormente señalados, se considerará decaído el derecho que, en su caso, alguien pudiera atribuirse en el procedimiento.
Valencia, 10 de mayo de 2021.- El Delegado de Economía y Hacienda, Gabriel A. Luis Vaquero.
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