El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Segunda, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 482 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal:
Anuncia:
Que en el procedimiento número 5/11-2, referente al deudor Redis Alfarería, S.L., con domicilio en Barriada el Gordillo, calle el Poto, n.º 13, Sevilla, por auto de fecha 10/05/21 se ha acordado lo siguiente:
1.-La conclusión del proceso concursal de la entidad Redis Alfarería, S.L., llevado en este mismo Tribunal con el n.º 5/11. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2.-El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este tribunal le extendió en plazo de cinco días.
3.-La declaración de extinción de la sociedad Redis Alfarería, S.L. y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 11 de mayo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.
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