D.ª Pilar Sández González, Letrada de la Administración de Justicia de JDO. Primera Instancia N.º 2 de Vigo,
Por el presente, hago saber:
.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial Seccion I Declaracion Concurso 1149/2019 y NIG n.º 36057 42 1 2019 0010341, se ha dictado auto de fecha 23/04/2021 cuya parte dispositiva dice así:
"Parte Dispositiva
Acuerdo conceder al deudor concursado D. Emilio Vázquez Sánchez-Puga el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho con carácter definitivo respecto de todos los créditos del deudor insatisfechos reseñados en la lista de acreedores del informe del mediador concursal.
Declaro definitivamente concluido este concurso, cesando al Administrador Concursal en sus funciones una vez notificada la presente resolución y publicada la misma en el Registro público concursal, procediéndose seguidamente al archivo de las actuaciones.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno (artículo 499.4 en relación con el artículo 546 TRLC y artículo 481 TRLC).
Procédase a la publicación de esta resolución en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el «Boletín Oficial del Estado» (artículo 482).
Así lo acuerda, manda y firma D.ª Belén Martínez Pato, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia n.º 2 de Vigo. Rúbricas"
Vigo, 6 de mayo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Pilar Sández González.
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