Está Vd. en

Documento BOE-B-2021-25291

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 121, de 21 de mayo de 2021, páginas 32808 a 32808 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-25291

TEXTO

Edicto

D./Dña. Román García-Varela Iglesias, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 2, de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente,

Hace saber:

Que en el procedimiento concursal número 0000029/2011, con Nig 3501647120110000300 se ha dictado en fecha 18 de mayo de 2021 auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil Kias Properties Unipersonal S.L., con cif B35869296, que es firme y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acuerdo:

1.- Declarar la conclusión del concurso de la deudora Kias Properties Unipersonal, S.L., con C.I.F. B35869296

2.- Archivar las actuaciones.

3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.

4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

5.- El cese de la Administración concursal designada, debiendo devolver en el plazo de cinco días la credencial que le habilita como tal.

6.- La extinción de la entidad la concursada Kias Properties Unipersonal, S.L., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda.

7.- Dar la publicidad del artículo 482 del TRLC publicándose en el Registro público concursal (www.publicidadconcursal.es) y en el Boletín Oficial del Estado por medio de edicto.

8.- Dar la publicidad registral necesaria a cuyo efecto líbrese el respectivo mandamiento al Registro Mercantil de Las Palmas para la anotación de la presente resolución. La concursada figura inscrita Tomo 1777 de Sociedades, folio 146, hoja GC-35730. Entreguese al procurador instante para que proceda a su diligenciado y gestión, debiendo de acreditar el mismo haber efectuado las gestiones necesarias para la anotación del mandamiento en el término de diez días.

9.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.

10.- Notificar la presente resolución a la Administración concursal, a la concursada y a las partes personadas, haciéndoseles saber que la misma es FIRME.

Las Palmas de Gran Canaria, 18 de mayo de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Román García-Varela Iglesias.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid