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Documento BOE-B-2021-2573

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 2021, páginas 3552 a 3552 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-2573

TEXTO

Edicto

Don José Luis Gutiérrez Martín, Letrado de la administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil número uno de Pontevedra, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I declaración de Concurso 274/2020-C y NIG número 36038 47 1 2020 0000502, se ha dictado en fecha cuatro de enero de 2021 auto de declaración de concurso voluntario del deudor Sailing Control, Sociedad Limitada, con CIF B94043361, con domicilio social en la rúa Alameda número 8, 4º C, de Pontevedra. Está inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra, tomo y libro 3709, folio 90, hoja PO-51289, inscripción primera.

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal a Administradores Concursales de Pontevedra sociedad limitada profesional, con CIF B94056736, y en su nombre al economista Antonio Luis Morillo Rodríguez, con dirección en rúa Tablada, número 12, semisótano, 36001 de Pontevedra, teléfono 986 84 84 00 y dirección de correo electrónico: abre.274.2020.merc1@gmail.com, para que los acreedores, a su elección efectúen la comunicación de créditos

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Se ha acordado igualmente, la apertura de la fase de liquidación a petición de la concursada, quedando en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición de la concursada sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el título VIII del libro I del Texto Refundido de la Ley Concursal.

Se ha acordado, finalmente, la disolución de la entidad concursada, Sailing Control, Sociedad Limitada, con CIF B94043361, y el cese de los administradores miembros del consejo rector, que serán sustituidos por la administración concursal, así como de los interventores, declarándose vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones

5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es

Pontevedra, 11 de enero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Luis Gutiérrez Martín.

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