Está Vd. en

Documento BOE-B-2021-27544

Resolución de 20 de mayo de 2021, de la Dirección General de Alimentación, por la que se da publicidad a la solicitud de modificación del pliego de condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Almansa».

Publicado en:
«BOE» núm. 129, de 31 de mayo de 2021, páginas 35740 a 35741 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha
Referencia:
BOE-B-2021-27544

TEXTO

El día 3 de marzo de 2021 la Asociación de Productores de Vino con Denominación de Origen Almansa, presenta solicitud de modificación del Pliego de Condiciones de la Denominación de Origen Protegida «Almansa».

La modificación solicitada corresponde a las distintas adaptaciones a la reglamentación vigente de la descripción de los parámetros analíticos de los vinos, revisión de los parámetros analíticos, redefinición de las características organolépticas, adecuación de las prácticas enológicas específicas, la incorporación de varias variedades de uva blanca y tinta, la actualización de referencias normativas, así como que el embotellado se realiza en la zona delimitada.

La solicitud presentada conlleva modificaciones de las dos categorías indicadas en el artículo 14 del Reglamento Delegado (UE) 2019/33 de la Comisión, de 17 de octubre de 2018, por el que se completa el Reglamento (UE) n° 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las solicitudes de protección de denominaciones de origen, indicaciones geográficas y términos tradicionales del sector vitivinícola, al procedimiento de oposición, a las restricciones de utilización, a las modificaciones del pliego de condiciones, a la cancelación de la protección, y al etiquetado y la presentación. Por ello resuelvo proceder a dar publicidad al pliego de condiciones con las modificaciones solicitadas, que constan íntegramente en la siguiente dirección web:

http://pagina.jccm.es/agricul/paginas/comercial-industrial/consejos_new/pliegos/Mod_AM04%20_ALMANSA_cc_20210423.pdf

Mediante la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, se establece un plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de la fecha de su publicación para que cualquier persona física o jurídica que esté establecida o resida legalmente en España, cuyos legítimos derechos o intereses consideren afectados, pueda formular las observaciones sobre esta solicitud, mediante la correspondiente declaración de oposición, debidamente motivada, dirigida a la Dirección General de Alimentación de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

La solicitud de modificación y el pliego de condiciones podrán ser examinados en la sede de la Dirección General de Alimentación de la Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural (C/ Pintor Matías Moreno, 4. 45071 - Toledo).

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla La Mancha, ante el Excmo. Consejero de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural de conformidad con lo estipulado en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de interponer cualquier otro que se considere procedente.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la interposición de cualquier recurso podrá realizarse a través de medios electrónicos, salvo que se tenga obligación de relacionarse con las Administraciones Públicas por medios electrónicos, a través del correspondiente enlace de la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en el apartado "presentar solicitud":

https://registrounicociudadanos.jccm.es/registrounicociudadanos/acceso.do?id=SJLZ

Toledo, 20 de mayo de 2021.- La Directora General de Alimentación, María Elena Escobar Sánchez.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid