Ha sido admitida la desvinculación al comprobarse que reúnen los requisitos previstos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical y Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).
La solicitud de desvinculación fue formulada por D. José Carlos Álvarez Serra mediante escrito tramitado con el número de entrada 99/2021/001464.
El Comité Ejecutivo Extraordinario de la organización sindical "Sindicato Independiente de Empleados de Banca" de fecha 25 de mayo de 2021, aprobó por unanimidad la propuesta de comunicar la desvinculación de dicha organización sindical de la "Federación Fuerza, Independencia y Empleo", con todos los derechos y obligaciones recogidos expresamente en sus estatutos y con efectos desde el 1 de junio de 2021. La citada propuesta fue comunicada a la "Federación Fuerza, Independencia y Empleo", mediante burofax fechado a 1 de junio de 2021. El acta está suscrita por D. Manuel Elorza Horna en calidad de Secretario de Actas de la Sección Sindical de SIBANK.
Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).
Madrid, 12 de julio de 2021.- La Directora General, P.D. (Real Decreto 499/2020, de 28 de abril y Orden TMS/1075/2018, de 10 de octubre), el Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.
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