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Documento BOE-B-2021-36746

Resolución del Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares en el ejercicio de la facultad delegada por acuerdo del Consejo de Administración de fecha 25 de junio de 2014, por la que se otorga licencia provisional n.º 2 del Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio Portuario al Pasaje en los puertos de Palma, Alcúdia, Maó, Eivissa y la Savina, a la empresa Pérez y Cía, S.L.

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 31 de agosto de 2021, páginas 50150 a 50150 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2021-36746

TEXTO

El Presidente de la Autoridad Portuaria de Baleares en el ejercicio de la facultad delegada por acuerdo del Consejo de Administración de fecha 25 de junio de 2014, ha resuelto en fecha 18 de agosto de 2021 otorgar a la empresa Pérez y Cía, S.L., licencia provisional n.º 2 del Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio Portuario al Pasaje en los puertos de Palma, Alcúdia, Maó, Eivissa y la Savina, para la prestación del servicio al Pasaje en los tráficos de pasaje en régimen de crucero en el puerto de Palma y tráficos en régimen de transporte y para tráficos de crucero en el puerto de Alcúdia, con sujeción al Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante Real Decreto Legislativo 2/2011 (TRLPEMM), a las Cláusulas Adicionales incluidas en la Resolución de fecha 22 de junio de 2017, siempre que éstas últimas no se opongan al mencionado TRLPEMM, con el contenido señalado en el artículo 117 del TRLPEMM, aprobado por RDL 2/2011, por un plazo máximo de un (1) año o hasta que, en su caso, fuese aprobada una modificación del actual pliego de prescripciones particulares, si este plazo fuese menor y sin perjuicio de la obligación del titular de someterse a las modificaciones legales que afecten al régimen jurídico del título, y sin que ello genere derecho a indemnización alguna a su favor.

Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de un mes, recurso de reposición potestativo, ante el órgano que ha resuelto o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al conocimiento de la presente notificación, sin perjuicio de que pueda ejercer, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

Palma, 25 de agosto de 2021.- El Presidente, Francesc Antich Oliver.

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