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Documento BOE-B-2021-43256

Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria por la que se somete a Información Pública la relación de titulares, bienes y derechos afectados, y se convoca al levantamiento de Actas Previas a la Ocupación y Actas de Ocupación Definitivas en su caso, de determinados bienes y derechos necesarios para la realización de las obras comprendidas en el "PROYECTO DE MODERNIZACIÓN DEL REGADÍO EN LA COMUNIDAD DE REGANTES DEL CANAL DEL PÁRAMO. SECTORES IV Y VI Y BALSA DE REGULACIÓN DE MATALOBOS II (LEÓN). FASE SEIASA". Expediente núm.: 18.21.307.

Publicado en:
«BOE» núm. 254, de 23 de octubre de 2021, páginas 59564 a 59566 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-B-2021-43256

TEXTO

La Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, en su artículo 78, apartado a), declara de interés general determinadas obras de modernización y consolidación de regadíos, entre las que figura las de "Mejora y Modernización de las acequias y redes de riego de la Comunidad de Regantes del Canal del Páramo (León)" (BOE nº 313, de 30 de diciembre de 2000). Dicha declaración lleva implícita la declaración de utilidad pública a los efectos previstos en los artículos 9, 10 y 11 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa, y la de urgencia, a los efectos de ocupación de los bienes afectados a los que se refiere el artículo 52 de dicha Ley.

También el Real Decreto 287/2006, de 10 de marzo (BOE nº 60, de 11 de marzo de 2006) por el que se regulan las obras urgentes de mejora y consolidación de regadíos, con objeto de obtener un adecuado ahorro de agua que palie los daños producidos por la sequía, declara en su artículo 2 que las obras que figuran su Anexo, entre las que se encuentra la actuación "Canal del Páramo", están declaradas de interés general y, en consecuencia, llevan implícita la declaración de utilidad pública y, en los supuestos previstos en el Texto Refundido de la Ley de Aguas (R.D. Legislativo 1/2001, de 20 de julio) la de necesidad de ocupación de los bienes y derechos, a los fines de expropiación forzosa y ocupación temporal.

El citado Proyecto fue promovido por la Sociedad Mercantil Estatal de Infraestructuras Agrarias, S.A., SEIASA, en ejecución del Convenio suscrito entre dicha Sociedad y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, con fecha 18 de octubre de 2000 y desarrollado conforme al Convenio de Colaboración suscrito con fecha 30 de octubre de 2018 por SEIASA y la Comunidad General de Regantes del Canal del Páramo, quien tiene que aportar la disponibilidad de los terrenos necesarios para la ejecución de las mismas.

Con fecha 21 de noviembre de 2018, la Directora General de Desarrollo Rural, Innovación y Política Forestal autorizó la redacción del proyecto del asunto.

El "Proyecto de modernización del regadío en la Comunidad de Regantes del Canal del Páramo. Sectores IV y VI y balsa de regulación de Matalobos II (León). Fase SEIASA" fue aprobado por Resolución de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en fecha 12 de junio de 2020.

Por Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de fecha 5 de enero de 2021 se acuerda el inicio del expediente expropiatorio, se nombra a los representantes y peritos de la Administración, señalándose así mismo que la Comunidad General de Regantes del Canal del Páramo, ostenta la condición de beneficiaria.

Procede en consecuencia, durante un plazo de 15 (quince) días hábiles, contados en la forma dispuesta en el artículo 17 del Reglamento de 26 de abril de 1957, someter al trámite de información pública, determinados bienes y derechos afectados por las expropiaciones necesarias para la ejecución del presente proyecto, con especificación de su naturaleza y titularidad, para que los titulares de los bienes y derechos afectados y todas las demás personas o entidades interesadas, puedan formular por escrito las alegaciones que consideren oportunas, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Expropiación Forzosa y en el artículo 56 de su Reglamento de desarrollo. Los escritos de alegaciones se dirigirán tanto a esta Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria sita en Gran Vía de San Francisco, 4-6,28071 – MADRID como a la entidad beneficiaria, Comunidad General de Regantes del Canal del Páramo, C/ Manuel Verdejo, 2, 24240 Santa María del Páramo (León).

La relación de bienes y derechos afectados, que se adjunta, podrá examinarse, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución, en el Boletín Oficial del Estado, en el Boletín Oficial de la Provincia de León, en las oficinas de la Comunidad General de Regantes del Canal del Páramo y en las dependencias del Ayuntamiento de Bustillo del Páramo (León), donde radican los bienes y derechos afectados.

Al mismo tiempo, en aplicación del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, esta Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, ha resuelto, convocar a los titulares de determinados bienes y derechos pertenecientes a los Términos Municipales de Bustillo del Páramo (León), afectados por el mencionado Proyecto, para que, sin perjuicio de trasladarse al lugar de las fincas, al objeto del levantamiento de las correspondientes Actas Previas a la Ocupación y si procediera las de Ocupación Definitiva, en el lugar, fecha y horas que a continuación se indican:

LUGAR

FECHA

HORAS

Ayuntamiento de Bustillo del Páramo

29 de noviembre de 2021

12:00 a 13:00

Los interesados serán notificados mediante las correspondientes notificaciones individuales y mediante los anuncios publicados que incluyen la relación de titulares, bienes y derechos afectados en el Boletín Oficial del Estado – que servirá de notificación para los interesados desconocidos o de ignorado domicilio a los efectos prevenidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas- y en el Boletín Oficial de la Provincia de León, y en resumen en los periódicos "Diario de León" y "La Nueva Crónica", así como en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Bustillo del Páramo.

A dicho acto deberán comparecer los titulares de bienes y derechos que se expropian, personalmente o representados por persona debidamente autorizada por cualquier medio válido en derecho, aportando su Documento Nacional de Identidad y los documentos acreditativos de su titularidad sobre la finca (escritura pública o certificación del Registro de la Propiedad o, en defecto de ambas, certificación catastral actualizada), así como el contrato de arrendamiento u otros documentos de los que resulte cualquier derecho real o personal que pudiera existir sobre los bienes a expropiar, pudiendo hacerse acompañar a su costa, si lo estiman oportuno, de Peritos y Notarios.

Se facilitará información sobre el expediente expropiatorio en el TELÉFONO 987.25.75.41, de la Asistencia Técnica de la Entidad Beneficiaria.

Anexo: Relación de determinados bienes y derechos necesarios para la realización del "PROYECTO DE MODERNIZACIÓN DEL REGADÍO EN LA COMUNIDAD DE REGANTES DEL CANAL DEL PÁRAMO. SECTORES IV Y VI Y BALSA DE REGULACIÓN DE MATALOBOS II (LEÓN). FASE SEIASA".Expediente núm.:18.21.307

TM BUSTILLO DEL PÁRAMO

Nº FINCA

DATOS CATASTRALES

TITULARES

AFECCIONES (m2)

POLIG.

PARC.

REF. CATASTRAL

CALIF. CATASTRAL

Definitiva

Temporal

Servid. Acueducto

37

211

139

24027A21100139

CR-02

DAVID HONRADO HONRADO

0

112

0

38

202

21

24027A20200021

CR-02

PEDRO MARTÍNEZ SEIJAS

0

3489

0

39

502

3

24027A50200003

CR-03

FELIPE PÉREZ FRANCO

0

200

0

40

402

12

24027A40200012

CR-03

ANGEL MANUEL BALBUENA HUERGA

0

200

0

41

402

4

24027A40200004

CR-03

RAÚL MARTÍNEZ VEGA Y CALIXTO ROBLES RODRÍGUEZ

0

200

0

Madrid, 19 de octubre de 2021.- El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación. P.D. Orden APA82182019, DE 10 de enero (BOE n.º 16 de 18-01-2019), la Directora General de Desarrollo Rural, Innovación Y Formación Agroalimentaria, Isabel Bombal Díaz.

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