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Documento BOE-B-2021-5193

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 32, de 6 de febrero de 2021, páginas 6740 a 6740 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2021-5193

TEXTO

Rafael Huerta García, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 1051/2020 Sección: F

NIG: 0801947120208011413

Fecha del auto de declaración. 5 de junio de 2020

Clase de concurso. consecutivo.

Entidad concursada. Manuel Vela Romero con número de identificación fiscal 38050839F

Administradores Concursales.

Se ha designado como administrador concursal: Carlos Albert Seseña. Dirección postal: Calle Aragón, 282, Principal 1.ª de Barcelona (08007).

Dirección electrónica: concursal@gacgrup.com

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Se tiene por presentadas alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. Se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección 5ª.

Se ha presentado también el informe previsto en el art.75 de la Ley Concursal por lo que las impugnaciones al mismo deberán presentarse dentro del plazo previsto para la comunicación de los créditos.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 112 - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 1 de febrero de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Rafael Huerta García.

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