Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Madrid hace saber:
1.- Que en el Concurso 1179/2020, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2020/0119991, por auto de fecha 10/02/2021, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Best Meals, S.L., con CIF B85626489, y domiciliado en C/ Aguarón, nº 23, 28023 Madrid (Madrid).
2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 255, 256 y 257 del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal
4.- La identidad de la Administración concursal es Lener Administraciones Concursales, S.L., CIF B86598968, con domicilio postal en Madrid, Paseo de la Castellana nº 23, 1ª planta, teléfono 913 912 066 y dirección electrónica concursobestmeals@lener.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 y 256 del TRLC, en cualquiera de las dos direcciones.
5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.
6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es
Madrid, 10 de febrero de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Gustavo Adolfo Carasa Antón.
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