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Documento BOE-B-2021-856

CUENCA

Publicado en:
«BOE» núm. 10, de 12 de enero de 2021, páginas 1186 a 1186 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2021-856

TEXTO

Edicto

Doña Marta María Martínez González, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº.2 de Cuenca, por el presente,

Hago saber:

Que en este órgano judicial se tramita CONCURSO 448/2020 frente a CRISTIAN FERNÁNDEZ GALLARTE, con DNI 04.617.910-Q, con domicilio en la calle Francisco Agustín Rihuete nº 23 de Masegosa (Cuenca), en los que se ha dictado con fecha 28 de agosto de 2020 auto por el que se acordó la declaración y conclusión del concurso, el cual es firme, así como auto de fecha 20 de octubre de 2020 por el que se acordó la concesión al concursado del beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho, auto igualmente firme, y cuyas partes dispositivas, en extracto, dicen:

"Debo declarar y declaro al deudor don CRISTIAN FERNÁNDEZ GALLARTE, con domicilio en Masegosa, Cuenca, calle Francisco Agustín Rihuete, nº 23, en situación de concurso consecutivo y, asimismo, debo acordar y acuerdo la conclusión del concurso por insuficiencia de la masa con todos los efectos que ello conlleva, en concreto:

1º.- Nombrar Administrador concursal a don ADRIÁN MARTÍNEZ VINDEL domicilio en plaza de la Hispanidad 8, 1º B, Cuenca (16002) y correo electrónico avindel@icacuenca.org

2º.- Se ordena anunciar la declaración y conclusión del concurso por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 23 de la LC, en el Boletín Oficial del Estado, en los estrados de este Juzgado y en la web concursal.

3º.- Se acuerda librar mandamiento al Registro civil para inscribir la presente declaración de concurso y su conclusión en el folio registral de los concursados.

4º.- Formar con la demanda y la presente resolución carpeta del expediente, en que se tramitará la sección Primera del concurso. Fórmese la Sección 2ª del concurso en los términos señalados en el fundamento de derecho 6º al que nos remitimos sobre la tramitación de una eventual solicitud de exoneración del pasivo.

5º.- Remítase oficio al Juzgado Decano de Cuenca al objeto de que se comunique a los Juzgados de 1ª Instancia la declaración y conclusión de este concurso.

6º.- Notifíquese esta resolución a los deudores".

"Debo conceder y concedo a don CRISTIAN FERNÁNDEZ GALLARTE el beneficio de exención del pasivo insatisfecho que se extenderá a la parte insatisfecha de los créditos ordinarios insatisfechos".

Cuenca, 25 de noviembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Marta María Martínez González.

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