Antecedentes de Hecho
Primero.- Con fecha 17 de mayo de 2019, Endesa Distribución Eléctrica, S.L.U., obtuvo Autorización Administrativa Previa y de Construcción para el proyecto denominado "Consolidación LAMT Y LSMT 'S_José' de 20 kV - Subestación 'Pipaces' entre apoyos existentes A907625 y A907667, sito el llano Nazareno y Loma de los Callejones del T.M. Níjar (Almería)". Con fecha 8 de marzo de 2021, Edistribución Redes Digitales, S.L.U., presentó una modificación del indicado proyecto, solicitando para el mismo Autorización Administrativa Previa, de Construcción y declaración, en concreto, de Utilidad Pública.
Segundo.- De acuerdo con los artículos 127, 131 y 146 del citado Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, fueron notificados los siguientes Organismos y Entidades que pudieran resultar afectados en sus bienes y servicios con el siguiente resultado:
- Excmo. Ayuntamiento de Níjar: No contesta.
- Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía por afección al Dominio Público Hidráulico: El Servicio de Dominio Público Hidráulico informa que el proyecto ya ha obtenido la autorización de obras en zona de policía de aguas de las Ramblas de los Nietos y Los Hornillos, mediante Resolución de la Delegada Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de 26 de octubre de 2020, que incluye el correspondiente condicionado.
- Diputación de Almería - Servicio de Carreteras: Informa que el proyecto dispone de autorización por Resolución del Diputado Delegado del Área de Fomento, Medio Ambiente y Agua, de 2 de septiembre de 2021, que incluye el correspondiente condicionado.
- Agencia Estatal de Seguridad Aérea: No contesta.
Tercero.- De acuerdo con los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió el expediente a información pública, insertándose anuncios en el BOP de Almería n.º 103 de fecha 1 de junio de 2021; BOJA n.º 136 de fecha 16 de julio de 2021; BOE n.º 177 de fecha 26 de julio de 2021, en el Diario de Almería de fecha 4 de agosto de 2021, y publicados en el tablón de edictos del Ayuntamiento en cuyo término municipal existían bienes o derechos afectados.
Cuarto.- El 14 de mayo de 2021, Edistribución Redes Digitales desiste de su solicitud de Autorización Administrativa Previa y de Construcción otorgada mediante Resolución del Delegado Territorial de Conocimiento y Empleo de 17 de mayo de 2019. El 21 de marzo de 2022, se dicta Resolución de la Delegada del Gobierno en Almería, aceptando de plano el desistimiento.
Quinto.- Dentro del plazo de información pública, no se ha recibido en esta Delegación del Gobierno alegación alguna al proyecto referenciado.
Fundamentos de Derecho
I.- Esta Delegación del Gobierno es competente resolver el otorgamiento de la Autorización Administrativa Previa, Autorización Administrativa de Construcción y declaración, en concreto, de Utilidad Pública, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49.1.a) del Estatuto de Autonomía de Andalucía, L.O. 2/2007, de 19 de marzo; Decreto 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías; Disposición transitoria tercera del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía; Orden de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio; Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía; Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954; y Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
II.- El artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, establece que para la puesta en funcionamiento de las instalaciones de distribución es necesaria una Autorización Administrativa Previa que otorga a la empresa autorizada el derecho a realizar una instalación concreta en determinadas condiciones y una Autorización Administrativa de Construcción, que permite al titular realizar la construcción de la instalación cumpliendo los requisitos técnicos exigibles.
III.- El título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica establece el procedimiento para el otorgamiento de autorizaciones administrativas para la construcción, modificación, explotación, transmisión y cierre de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica.
IV.- La Disposición Transitoria Quinta del Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria para la reactivación económica en Andalucía establece el régimen transitorio del procedimiento urbanístico para las actuaciones energéticas:
"A los procedimientos de autorizaciones administrativas de actuaciones de infraestructuras energéticas, incluidas las vinculadas a la generación de energía mediante fuentes renovables, ubicadas en Andalucía, previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, o en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, que se encontraran en tramitación a la fecha de la entrada en vigor del presente decreto-ley, les será de aplicación:
a) El régimen urbanístico establecido en la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.
No obstante, en aquellos procedimientos iniciados con anterioridad a la entrada en vigor de este decreto-ley en los que se hubiese evacuado el informe de compatibilidad urbanística establecido en el artículo 42.3 de la derogada Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, se tendrá en cuenta dicho informe.
b) El artículo 12 de la Ley 2/2007, de 27 de marzo, de fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía, en la redacción dada por el presente Decreto-Ley."
V.- La declaración de Utilidad Pública en concreto está regulada en los artículos 143 y siguientes del citado Real Decreto 1955/2000 y conlleva, a efectos de expropiación forzosa, la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados por la línea e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación forzosa.
Vistos los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho anteriormente expuestos, esta Delegación del Gobierno:
Resuelve
Primero.- Otorgar Autorización Administrativa previa y de Construcción para el establecimiento de la instalación eléctrica cuyas principales características se citan a continuación para la ejecución del mismo en un plazo de un año.
Titular: Edistribución Redes Digitales, S.L.U., CIF B82846817.
Domicilio: Avda. de la Borbolla, n.º 5, 41004 Sevilla.
Objeto: Consolidación LAMT y LSMT "S. José" (20 kV), subestación "Pipaces" entre apoyos existentes A907625 y A907667, sito llano del Nazareno y Loma de los Callejones, en el T.M. de Níjar (Almería), Expte. Autorizado anterior NI/4958-8969 (Reg).
Características principales:
Tensión nominal: 20 kV.
Tramo 1.
Inicio: En apoyo existente n.º A907625.
Final: En nuevo apoyo n.º 23.
Tipo: Aérea de doble circuito.
Longitud: 480 m.
Conductores: LARL-125E.
Montaje: Tensada sobre 4 apoyos de metálicos de celosía.
Tramo 2.
Inicio: Nuevo Apoyo n.º 23.
Final: Nuevo Apoyo n.º 24.
Tipo: Subterránea.
Número de líneas: 2.
Longitud: 1,10 km.
Conductores: RH5Z1 18/30 kV 3X1X240 K Al+H16.
Canalización: Nueva, 3T Ø200mm PE Long: 835 m. y ampliación de 2 a 4 tubos Ø200mm PE Long: 240 m. Tres nuevas arquetas Tipo A2 más una que pasará de A1 a A2 y dieciséis nuevas arquetas Tipo A1.
Tramo 3.
Inicio: Nuevo Apoyo, n.º 24.
Final: Apoyo Existente A907629.
Tipo: Aérea de doble circuito.
Longitud: 340 m.
Conductores: LARL-125E.
Montaje: Tensada sobre 3 apoyos metálicos celosía.
Tramo 4.
Inicio: Apoyo Existente A907629.
Final: Nuevo Apoyo, n.º 34.
Tipo: Aérea de simple circuito.
Longitud: 1,570 km.
Conductores: LARL-125E.
Montaje: Tensada sobre 9 apoyos metálicos de celosía.
Derivación a CT 33945 J.Ferrer.
Inicio: En nuevo apoyo n.º 34.
Final: En apoyo existente A910575.
Tipo: Aérea de doble circuito.
Longitud: 225 m.
Conductores: LARL-125E.
Tensada: Sobre 2 apoyos metálicos celosía.
Derivación a C.D. n.º 33946 Nazareno.
Inicio: Nuevo Apoyo n.º 35.
Final: Apoyo Existente A907667.
Tipo: Aérea de simple circuito.
Longitud: 35 m.
Conductores: LARL-56.
Montaje: Tensada sobre dos apoyos metálicos de celosía.
Segundo.- Declarar en concreto de la Utilidad Pública del proyecto referenciado, a los efectos de la expropiación forzosa. Esta declaración lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la línea y que a continuación se indican e implicará la urgente ocupación de los mismos de acuerdo con el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Tercero.- Esta Autorización se otorga de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, y en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, condicionada al cumplimiento de la normativa aplicable y de los siguientes requisitos:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto presentado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen. Además, se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los reglamentos vigentes que le son de aplicación.
2. Transcurrido el plazo para la solicitud para la autorización de explotación de la instalación sin que se haya presentado la documentación, se procederá a la revocación de la presente autorización.
3. La persona titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta Delegación del Gobierno, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente autorización de explotación.
4. La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier momento en que se observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
5. El titular de las instalaciones tendrá en cuenta en esta ejecución las condiciones impuestas por los organismos y corporaciones que las han establecido, las cuales han sido puestas en su conocimiento y aceptadas por la misma.
6. Si para la realización de la conexión de esta instalación a la red de distribución existente fuera necesario realizar modificaciones de dicha red de distribución, al objeto de garantizar el suministro a los abonados existentes se autoriza la puesta en tensión de la parte de red hasta la instalación de conexión y seccionamiento, durante un plazo de quince días desde la fecha de descargo mientras se tramita la autorización de explotación de la instalación. Estos trabajos de conexión serán realizados por la empresa distribuidora bajo su responsabilidad y según criterios de seguridad, fiabilidad y calidad del suministro.
Cuarto.- Esta autorización se otorga en el ejercicio de las competencias atribuidas a esta Delegación del Gobierno y sin perjuicio e independientemente de las demás autorizaciones, permisos, licencias y comunicaciones que sea necesario obtener de otros organismos y Administraciones conforme a la legislación general y sectorial; y a salvo de los legítimos derechos e intereses de terceros.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer Recurso de Alzada, ante el Excmo. Sr. Consejero de Hacienda y Financiación Europea de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de recepción de la presente notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Relación de propietarios con bienes y derechos afectados por el proyecto consolidación LAMT y LSMT "S_José" (20 kV), subestación "Pipaces" entre apoyos existente A907625 y A907667, sito el llano Nazareno y Loma de los Callejones, T.M. Níjar (Almería). Expte. NI 4958-9485.
PLA. S/P |
Titular catastral |
T. M. |
Nº Pol. s/cat |
Nº parcela s/cat |
Paraje |
Cultivo |
Long. Vuelo (m) |
Sup. Vuelo (m²) |
Apoyo N.º |
Sup. Apoyo (m²) |
Long. Canalización (m) |
Sup. Canalización (m²) |
Ocup. Temp. (m²) |
1 |
FAESMU CROPS SAT |
Níjar |
180 |
6 |
Los Nietos |
Labor o Labradío secano, Improductivo y Pastos |
159 |
806 |
21 |
9 |
100 |
||
2 |
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA |
Níjar |
180 |
9002 |
Ctra. Rodalquilar |
Vía de comunicación de dominio público |
12 |
62 |
|||||
3 |
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA |
Níjar |
226 |
9001 |
Ctra. San José |
Vía de comunicación de dominio público |
10 |
53 |
|||||
4 |
INVER-NIJAR SL, |
Níjar |
226 |
43 |
Los Nietos |
Improductivo y Cereal secano abancalado |
274 |
2810 |
22 y 23 |
16 |
26 |
15 |
200 |
1s |
CORRALES SEVILLANO, JOSEFA |
Níjar |
226 |
1 |
Los Nietos |
Pastos |
57 |
30,5 |
|||||
2s |
FRUTAS SEGURA GARCÍA, S.L. |
Níjar |
226 |
2 |
Los Nietos |
Cereal secano abancalado, Pastos, Espartizal o atochar, mimbreras o cañaverales |
185 |
92,5 |
97,5 |
||||
3s |
SUPERBROTHERS, S.L. |
Níjar |
226 |
4 |
Los Nietos |
Pastos y Labor o Labradío secano |
118 |
59 |
|||||
4s |
AGENCIA ANDALUZA DEL AGUA |
Níjar |
226 |
9005 |
Rambla Apero |
Hidrografía natural |
17 |
8,5 |
|||||
5s |
AGENCIA ANDALUZA DEL AGUA |
Níjar |
225 |
9007 |
Rambla Apero |
Hidrografía natural |
23 |
11,5 |
|||||
6s y 12s |
GIMÉNEZ MARTÍNEZ ANTONIA |
Níjar |
225 |
2 |
Los Giménez |
Improductivo y Labor o Labradío secano |
80 |
41 |
|||||
7s |
AYUNTAMIENTO DENÍJAR |
Níjar |
225 |
9004 |
Camino |
Vía de comunicación de dominio público |
6 |
3 |
|||||
8s |
AYUNTAMIENTO DE NÍJAR |
Níjar |
222 |
9021 |
Camino |
Vía de comunicación de dominio público |
7 |
3,5 |
|||||
9s |
CORRALES SEVILLANO JOSEFA |
Níjar |
222 |
6 |
Los Nietos |
Pastos |
69 |
34,5 |
|||||
10s |
AYUNTAMIENTO DE NÍJAR |
Níjar |
222 |
9021 |
Camino |
Vía de comunicación de dominio público |
5 |
2,5 |
|||||
11s |
AYUNTAMIENTO DE NÍJAR |
Níjar |
225 |
9004 |
Camino |
Vía de comunicación de dominio público |
5 |
3,5 |
|||||
13s |
AYUNTAMIENTO DE NÍJAR |
Níjar |
225 |
9005 |
Camino Cazadores |
Vía de comunicación de dominio público |
6 |
3 |
|||||
14s |
GIMÉNEZ MARTÍNEZ, ANTONIA |
Níjar |
225 |
1 |
Los Giménez |
Labor o Labradío secano |
79 |
41,5 |
|||||
15s |
AYUNTAMIENTO DE NÍJAR |
Níjar |
225 |
9005 |
Camino Cazadores |
Vía de comunicación de dominio público |
7 |
3,5 |
|||||
16s |
LÓPEZ GIMÉNEZ, FRANCISCO JESUS |
Níjar |
225 |
29 |
Los Matías |
Pastos |
143 |
74,5 |
|||||
17s |
VENTURA GIMÉNEZ, ANTONIO GARCÍA DUARTE, MARIA ASUNCIÓN |
Níjar |
225 |
28 |
Los Giménez |
Improductivo y Labor o Labradío secano |
215 |
114,5 |
|||||
18s |
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA |
Níjar |
225 |
9001 |
Ctra. Níjar San José |
Vía de comunicación de dominio público |
4 |
2 |
|||||
19s |
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA |
Níjar |
222 |
9003 |
Ctra. Níjar San José |
Vía de comunicación de dominio público |
4 |
2 |
|||||
20s |
VENTURA GIMÉNEZ, ANTONIO |
Níjar |
222 |
52 |
Los Matías |
Pastos |
8 |
4 |
|||||
21s y 6 |
GARCÍA CRUZ, AMOS GARCÍA CRUZ, RAFAEL |
Níjar |
222 |
47 |
Los Matías |
Labor o Labradío secano |
176 |
1964 |
19 |
9,5 |
|||
5 |
EXPLOTACIONES STONE, S.L. |
Níjar |
222 |
51 |
Los Matas |
Pastos |
14 |
56 |
24 |
6 |
10 |
7 |
100 |
7 |
GARCÍA CRUZ, AMOS GARCÍA VARGAS, AMOS (HEREDEROS DE) GARCÍA CRUZ, RAFAEL |
Níjar |
222 |
141 |
Los Matías |
Improductivo, pastos y Labor o Labradío secano |
175 |
870 |
25 y Apoyo Existente A907629 |
7 |
100 |
||
8 |
AYUNTAMIENTO DE NÍJAR |
Níjar |
222 |
9005 |
Camino Matías |
Camino |
5 |
46 |
|||||
9 |
AYUNTAMIENTO DE NÍJAR |
Níjar |
223 |
9006 |
Camino Matías |
Camino |
5 |
35 |
|||||
10 |
GARCÍA VARGAS, AMOS (HEREDEROS DE) |
Níjar |
223 |
2 |
Los Matías |
Cereal secano abancalado, improductivo y pastos |
213 |
1360 |
26 |
3 |
100 |
||
10v |
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA |
Níjar |
223 |
9005 |
Ctra. Níjar San José |
Vía de comunicación de dominio público |
108 |
||||||
11 |
ANDÚJAR BERENGUEL, ANA |
Níjar |
223 |
228 |
Los Matías |
Labor o Labradío secano |
218 |
1945 |
27 y 28 |
6 |
200 |
||
12 |
CHACÓN GARCÍA, ANDRÉS GÁLVEZ LÓPEZ, MARÍA ÁNGELES |
Níjar |
223 |
3 |
El Nazareno |
Invernaderos hortalizas, improductivo |
27 |
163 |
|||||
13 |
GALDEANO MANZANO, NICOLAS |
Níjar |
223 |
4 |
El Nazareno |
Cereal secano abancalado |
56 |
583 |
|||||
14 |
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA |
Níjar |
223 |
9005 |
Ctra. Níjar San José |
Vía de comunicación de dominio público |
14 |
169 |
|||||
15 |
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA |
Níjar |
224 |
9001 |
Ctra. Níjar San José |
Vía de comunicación de dominio público |
17 |
197 |
|||||
16 |
LÓPEZ OJEDA, MANUEL LÓPEZ OJEDA, FRANCISCO LÓPEZ OJEDA, MARÍA GRACIA LÓPEZ OJEDA, JOSE |
Níjar |
224 |
9 |
El Nazareno |
Labor o Labradío secano |
430 |
2910 |
29,30 Y 31 |
9 |
300 |
||
17 |
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA |
Níjar |
224 |
9001 |
Ctra. Níjar San José |
Vía de comunicación de dominio público |
7 |
40 |
|||||
18 |
AYUNTAMIENTO DE NÍJAR |
Níjar |
224 |
9005 |
Camino Níjar |
Vía de comunicación de dominio público |
7 |
38 |
|||||
19 |
AYUNTAMIENTO DE NÍJAR |
Níjar |
223 |
9012 |
Camino Níjar |
Camino |
13 |
77 |
|||||
20 |
SIERRA GARCÍA, LUIS (HEREDEROS DE) |
Níjar |
223 |
119 |
El Nazareno |
Labor o Labradío regadío |
277 |
1800 |
31b-32 |
6 |
200 |
||
21 |
SIERRA BRETONES, LUIS |
Níjar |
223 |
120 |
El Nazareno |
Labor o Labradío regadío |
61 |
332 |
33 |
3 |
100 |
||
22 |
VILLEGAS GIMÉNEZ, JOSE (HEREDEROS DE) |
Níjar |
223 |
121 |
El Nazareno |
Invernaderos hortalizas e Improductivo |
2 |
||||||
23 |
AYUNTAMIENTO DE NÍJAR |
Níjar |
223 |
9012 |
Camino Níjar |
Camino |
4 |
16 |
|||||
24 |
MONTES ÁLVAREZ, JOSÉ JESÚS |
Níjar |
223 |
208 |
El Nazareno |
Labor o Labradío regadío |
60 |
493 |
|||||
25 |
ALVAREZ SALINAS, ANTONIA |
Níjar |
223 |
125 |
El Nazareno |
Labor o Labradío regadío |
40 |
466 |
|||||
26 |
ARIAS SEGURA, MANUEL |
Níjar |
223 |
130 |
El Nazareno |
Invernaderos hortalizas |
98 |
790 |
|||||
27 |
No hay inmuebles en la ubicación seleccionada |
Níjar |
SIN NÚM DE IDENTIFICACIÓN CATASTRAL |
SIN NÚM DE IDENTIFICACIÓN CATASTRAL |
SIN NÚM DE IDENTIFICACIÓN CATASTRAL |
Camino |
8 |
12 |
|||||
28 |
FRANSA AGRÍCOLA, S.L. |
Níjar |
223 |
133 |
El Nazareno |
Labor o Labradío regadío |
138 |
724 |
34- 34b |
10 |
200 |
||
29 |
FRANSA AGRÍCOLA, S.L. |
Níjar |
223 |
216 |
El Nazareno |
Labor o Labradío regadío |
114 |
642 |
|||||
30 |
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA |
Níjar |
223 |
9004 |
Ctra. San José |
Vía de comunicación de dominio público |
6 |
43 |
|||||
31 |
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA |
Níjar |
249 |
9006 |
Ctra. San José |
Vía de comunicación de dominio público |
8 |
66 |
|||||
32 |
SEGURA GONZÁLEZ, MARÍA DOLORES |
Níjar |
249 |
11 |
El Nazareno |
Labor o Labradío regadío, Frutales regadío e Improductivo |
164 |
1230 |
35 |
6 |
100 |
Almería, 30 de marzo de 2022.- La Delegada del Gobierno, María Isabel Sánchez Torregrosa.
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