El Acuerdo de 11 de mayo de 2022 por el que se regula el calendario laboral del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Jaén para el año 2022 establece que las vacaciones anuales, atendiendo a las necesidades del Servicio y derivadas de medidas de ahorro energético, se disfrutarán con carácter preferente durante el mes de agosto.
Con el objeto de favorecer el cumplimiento de los plazos establecidos en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en la tramitación de expedientes de contratación, y en el uso de las facultades que la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y los Estatutos de la Universidad de Jaén me atribuyen en materia de contratación,
He resuelto
Declarar inhábil el mes de agosto de 2022 y el período comprendido entre los días 24 de diciembre de 2021 y 6 de enero de 2023, ambos inclusive, a efectos de cómputo de plazos, en los expedientes de contratación que se tramiten por la Universidad de Jaén, por lo que quedarán interrumpidos los plazos durante dicho período.
Jaén, 8 de julio de 2022.- El Rector, Juan Gómez Ortega.
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