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Documento BOE-B-2022-36475

Resolución de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Granada, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública, la instalación eléctrica denominada "Proyecto de reforma de la Línea Aérea de Media Tensión 'PETRA-MONTEFRÍO' entre Apoyo A654600 y Apoyo 654654 (Adec. Deriv. Gitanos), sita en parajes 'DEHESA BAJA', 'CORRALAZO', 'NAVILLAS', 'SILVERIA' y 'PERUELA' ", en el término municipal de Montefrío (Granada). Exptes. 14.329/AT. E-5087.

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 21 de noviembre de 2022, páginas 56060 a 56065 (6 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2022-36475

TEXTO

En relación con dicho asunto constan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Con fecha 12 de noviembre de 2021, por el representante de la entidad E-DISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES, S.L.U., con CIF n.º B82846817, se presentó, a través del Registro Electrónico de la Junta de Andalucía, escrito y otra documentación dirigidos a la Delegación del Gobierno en Granada (órgano competente en su momento), solicitando la autorización administrativa previa, la de construcción y la declaración de utilidad pública para la instalación eléctrica denominada «PROYECTO DE REFORMA DE L.A.M.T. PETRA-MONTEFRIO ENTRE APOYO 4654600 Y APOYO 654654 (ADEC. DERIV. GITANOS) SITA T.M DE MONTEFRÍO (GRANADA)».

Las actuaciones para la reforma de la línea aérea son las siguientes: Tendido de 5.305,78 metros de circuito con conductor 47AL1/8-ST1A (antes LA-56); Desmontaje de 5.305,78 m de conductor 27AL/4ST1A (antes LA-30); Instalación de 33 nuevos apoyos tipo celosía metálica galvanizada RU, montaje en simple circuito con separación de fases 2,40 metros (montaje en tresbolillo), crucetas atirantadas de 1,50 metros de longitud y aisladores poliméricos de longitud mayor de 1 metro con puesta a tierra de los apoyos; Desmontaje de 55 apoyos existentes; Adopción de medidas antielectrocución para protección de la Avifauna en el tramo proyectado. El presupuesto es de 108.925,56 € y la finalidad, la mejora de la calidad y seguridad del suministro en la zona.

SEGUNDO.- De conformidad con lo previsto en el artículo 144 del R.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se sometió el expediente al trámite de información pública, insertándose el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Granada del 17 de febrero de 2022; en el Boletín Oficial del Estado del 22 de febrero de 2022; y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del 24 de febrero de 2022. Del mismo modo, se publicó en el diario IDEAL de Granada de fecha 25 de febrero de 2022, exponiéndose además, por el plazo de treinta días en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Montefrío. Asimismo, se procedió a su publicación en el Portal de Transparencia de la Junta de Andalucía.

TERCERO.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127 y 146 del citado Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, simultáneamente al trámite de información pública se dio cuenta de la solicitud y de la parte del documento técnico al Ayuntamiento de Montefrío, a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y al Departamento de Vías Pecuarias de la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible, a fin de que se emitiera el correspondiente informe, en el plazo de treinta días. Transcurrido dicho plazo sin que las distintas Administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas en sus bienes y derechos hayan contestado, se entiende que no existe objeción alguna con la declaración de utilidad pública de la instalación. Por su parte, el Ayuntamiento de Montefrío emitió informe de compatibilidad urbanística favorable.

CUARTO.- Durante el periodo de información pública, salvo error u omisión, no consta que se presentase alegación alguna.

QUINTO.- Con fecha 29 de septiembre de 2022 se ha dictado Resolución por esta Delegación Territorial concediendo la autorización administrativa previa y la de construcción para dicho proyecto.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1a.) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo; el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía; el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (en su redacción vigente dada por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto); así como, en la Orden de 5 de junio de 2013, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, en particular, su artículo 5.6, cuyo primer párrafo atribuye a las Delegaciones Territoriales la competencia en materia de expropiación forzosa, para declarar la utilidad pública y necesidad de ocupación de los bienes y derechos a expropiar en materia de energía, hidrocarburos y minas, salvo que la expropiación afecte a bienes en dos o más provincias, en cuyo caso la competencia será de la Dirección General de Industria, Energía y Minas. Por lo cual, esta resolución se entenderá dictada por la persona titular de la Consejería de Política Industrial y Energía.

SEGUNDO.- El procedimiento para la declaración, en concreto, de la utilidad pública de las instalaciones eléctricas se encuentra regulado en el Capítulo V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, antes citado. Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.1 la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, «la declaración de utilidad pública llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa». El número siguiente continúa estableciendo que «Igualmente, supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública».

TERCERO.- Respecto de la servidumbre de paso, el artículo 57 de dicha Ley 24/2013, establece, respecto de la servidumbre de paso que:

«1. La servidumbre de paso de energía eléctrica tendrá la consideración de servidumbre legal, gravará los bienes ajenos en la forma y con el alcance que se determinan en la presente ley y se regirá por lo dispuesto en la misma, en sus disposiciones de desarrollo y en la legislación mencionada en el artículo anterior, así como en la legislación especial aplicable.

2. La servidumbre de paso aéreo comprende, además del vuelo sobre el predio sirviente, el establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de cables conductores de energía, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan.

3. La servidumbre de paso subterráneo comprende la ocupación del subsuelo por los cables conductores, a la profundidad y con las demás características que señale la legislación urbanística aplicable, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan.

4. Una y otra forma de servidumbre comprenderán igualmente el derecho de paso o acceso y la ocupación temporal de terrenos u otros bienes necesarios para construcción, vigilancia, conservación, reparación de las correspondientes instalaciones, así como la tala de arbolado, si fuera necesario».

Por todo lo cual y, vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación

RESUELVO

PRIMERO.- Declarar, en concreto, la utilidad pública, de la instalación eléctrica promovida por la entidad E-DISTRIBUCIÓN REDES DIGITALES, S.L.U., con CIF n.º B82846817 denominada «"PETRA-MONTEFRIO" entre Apoyo A654600 y Apoyo 654654 (Adec. Deriv. Gitanos), sita en parajes "DEHESA BAJA", "CORRALAZO", "NAVILLAS", "SILVERIA" y "PERUELA", en el término municipal de Montefrío (Granada)», en los términos descritos en el Antecedente de Hecho Primero y, respecto de los bienes y derechos descritos en el listado Anexo, con las siguientes condiciones:

1.ª Esta declaración, en concreto, de utilidad pública, se realiza a los efectos de la expropiación forzosa del pleno dominio de los terrenos y derechos necesarios para la construcción de la instalación que se cita y de sus servicios auxiliares o complementarios, en su caso, o de la constitución de las correspondientes servidumbres de paso.

2.ª Lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la misma, e implica la urgente ocupación de los mismos, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, adquiriendo la entidad solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, siempre que se acredite previamente el pago de la tasa legalmente establecida.

3.ª En cualquier momento, el solicitante de la declaración de utilidad pública podrá convenir libremente con los titulares de los bienes y derechos necesarios, la adquisición por mutuo acuerdo de los mismos. Este acuerdo, en el momento de declararse la utilidad pública de la instalación, adquirirá la naturaleza y efectos previstos en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, causando, por tanto, la correspondiente conclusión del expediente expropiatorio. En estos supuestos, el beneficiario de la declaración de utilidad pública podrá, en su caso, solicitar de la autoridad competente la aplicación del mecanismo establecido en el artículo 59 del Reglamento de Expropiación Forzosa.

SEGUNDO.- Ordenar la notificación de la presente resolución a la entidad solicitante, a las Administraciones u organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general que informaron o debieron informar durante su tramitación, a los titulares de bienes y derechos afectados y a los restantes interesados en el expediente, así como, su publicación en el BOE, el BOJA y el BOP de Granada, con indicación de que las citadas publicaciones se realizan, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Delegación Territorial, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

ANEXO

RELACIÓN DE BIENES Y DERECHOS AFECTADOS POR EL PROYECTO «"PETRA-MONTEFRIO" ENTRE APOYO A654600 Y APOYO 654654 (ADEC. DERIV. GITANOS), SITA EN PARAJES "DEHESA BAJA", "CORRALAZO", "NAVILLAS", "SILVERIA" Y "PERUELA", EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE MONTEFRÍO (GRANADA)»

PLA

S/P

Titular Catastral

Término Municipal

N.º políg.

s/catast.

N.º

parcela s/catast

Paraje

Cultivo

Longitud zona serv. (m)

Sup.

zona afección (m²)

Sup. zona segurid serv. (m²)

Apoyo nº

Apoy.

Sup. (m²)

Ocup.

Temp

(m²)

Tiempo Ocup. Temp

(días)

1

Margarita Alba García-Valdecasas

Montefrío

46

71

Princesa

Espárragos/Olivar

118,16

704,20

1.894,27

1

1,64

100

15

2

Juan Pimentel Torres

Montefrío

46

51

Dehesa Baja

Olivos secano

152,77

961,55

1.526,37

2

1,64

100

15

3

José Barranco López

Montefrío

46

50

Dehesa Baja

Olivos secano

100,50

850,69

1.015,13

3

1,64

100

15

4

Ayuntamiento de Montefrío

Montefrío

46

9.005

Camino

Vía de comunicación de dominio público

6,89

29,00

66,76

5

María Purificación Cervera Coca

Montefrío

46

49

Dehesa Baja

Olivos secano

42,16

328,75

416,64

6

María Josefa Extremera Castro

Montefrío

46

48

Dehesa Baja

Labor o Labradío secano

183,73

1.393,50

1.837,91

4

1,64

100

15

7

María Josefa Extremera Castro

Montefrío

46

47

Dehesa Baja

Labor o Labradío secano/Olivo secano

171,66

1.057,00

1.721,53

5 y 6

3,28

200

15

8

Manuel Muñoz Peinado

Montefrío

46

46

Dehesa Baja

Olivos secano

13,02

104,83

130,62

9

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir- Ministerio de Medio Ambiente

Montefrío

46

9.011

Barranco

Hidrografía natural (río,laguna,

arroyo)

3,44

28,54

31,12

10

Ana María Moreno Cano

Montefrío

46

25

Dehesa Baja

Olivos secano

22,28

210,47

229,68

11

María Remedios Calvo Muñoz

Montefrío

46

28

Dehesa Baja

Olivos secano

79,55

615,73

794,24

7

1,64

100

15

12

Ayuntamiento de Montefrío

Montefrío

46

9.018

Camino de Arenal

Vía de comunicación de dominio público

4,13

14,76

41,34

13

María Remedios Calvo Muñoz

Montefrío

46

27

Dehesa Baja

Olivos secano

5,29

21,88

67,13

14

Herederos de Ana Guzmán García-Valdecasas

Montefrío

46

30

Dehesa Baja

Olivos secano

126,28

784,54

1.246,42

8

1,64

100

15

15

Ayuntamiento de Montefrío

Montefrío

46

9.001

Camino de la Dehesa

Vía de comunicación de dominio público

3,34

27,18

31,85

16

Ayuntamiento de Montefrío

Montefrío

46

9.012

Fuente Pilas Potros

Improductivo

2,80

24,41

31,85

17

Herederos de Ana Guzmán García-Valdecasas

Montefrío

45

43

Dehesa Baja

Labor o Labradío secano

95,02

1.210,60

951,21

18

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir- Ministerio de Medio Ambiente

Montefrío

45

9.009

Barranco Canjillan

Hidrografía natural (río,laguna, arroyo)

3,00

36,68

30,09

19

Manuel Francisco Figueruela Osuna

Montefrío

45

20

Canjilón

Olivos secano

264,10

2.027,89

2.646,36

9 y 10

3,57

200

15

20

Herederos de Isabel Valenzuela Parrizas

Montefrío

45

19

Corralazo

Olivos secano

57,42

365,19

575,17

11

1,93

100

15

21

Francisco Pérez Valenzuela

Montefrío

45

18

Corralazo

Olivos secano

99,35

544,91

980,54

12

3,57

200

15

22

José Valverde Tellado

Montefrío

45

17

Corralazo

Olivos secano

10,01

64,13

114,70

23

Ayuntamiento de Montefrío

Montefrío

45

9.011

Camino del Corralazo

Vía de comunicación de dominio público

3,46

15,82

33,62

24

Ayuntamiento de Montefrío

Montefrío

44

9.015

Camino del Corralazo

Vía de comunicación de dominio público

3,30

17,68

33,08

25

Francisco Pérez Valenzuela

Montefrío

44

54

Corralazo

Olivos secano

96,89

979,01

969,43

26

Natividad Tirado Montoro

Montefrío

44

53

Corralazo

Olivos secano

91,12

604,54

913,35

13

1,93

100

15

27

Natividad Tirado Montoro

Montefrío

44

52

Corralazo

Olivos secano

57,89

492,56

579,09

28

Natividad Extremera López

Montefrío

44

51

Corralazo

Olivos secano

72,41

456,31

726,38

14

1,93

100

15

29

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir- Ministerio de Medio Ambiente

Montefrío

44

9.014

Barranco Castellón

Hidrografía natural (río,laguna, arroyo)

15,27

162,60

152,66

30

Herederos de Pedro López Pérez

Montefrío

44

13

Peñuela

Olivos secano

53,97

602,71

527,50

31

Ayuntamiento de Montefrío

Montefrío

44

9.016

Senda Los Gitanos

Vía de comunicación de dominio público

4,17

39,64

44,17

32

Ayuntamiento de Montefrío

Montefrío

15

9.014

Senda

Vía de comunicación de dominio público

3,82

37,39

43,73

33

Ayuntamiento de Montefrío

Montefrío

15

9.015

Camino

Vía de comunicación de dominio público

12,73

108,27

135,54

34

Herederos de Pedro López Pérez

Montefrío

15

318

Navillas

Olivos secano

97,11

447,50

973,16

15

1,64

50

15

35

Juan Pedro López Cuesta

Montefrío

15

323

Navillas

Labor o Labradío secano

93,68

829,73

935,68

15

5,20

50

15

36

Ayuntamiento de Montefrío

Montefrío

15

9.013

Camino

Vía de comunicación de dominio público

5,54

58,82

54,33

37

Herederos de Antonia López Lorca

Montefrío

15

324

Navillas

Labor o Labradío secano

16,30

156,50

165,37

38

Herederos de Pedro López Pérez

Montefrío

15

326

Navillas

Labor o Labradío secano

140,57

1.150,31

1.407,97

16

1,93

100

15

39

Sergio Jesús Rodríguez Guadix

Fernando Rodríguez Guadix

Montefrío

15

328

Navillas

Labor o Labradío secano

60,35

393,61

770,03

17

1,93

100

15

40

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir- Ministerio de Medio Ambiente

Montefrío

15

9.005

Arroyo Los Gitanos

Hidrografía natural (río,laguna, arroyo)

24,80

555,32

150,11

41

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir- Ministerio de Medio Ambiente

Montefrío

44

9.002

Arroyo Los Gitanos

Hidrografía natural (río,laguna, arroyo)

26,30

563,35

151,69

42

Ayuntamiento de Montefrío

Montefrío

44

9.013

Senda Los Gitanos

Vía de comunicación de dominio público

13,88

347,87

121,15

43

Herederos de Fernando Rodríguez Jiménez

Montefrío

44

59

Peñuela

Olivos secano

70,88

1.116,58

770,64

44

María Rodríguez Jiménez

Montefrío

44

9

Peñuela

Olivos secano

187,40

1.431,17

1.879,08

18 y 19

5,79

175

15

45

María Rodríguez Jiménez

Montefrío

44

72

Peñuela

Olivos secano

32,09

179,45

321,23

25

15

46

Zofia Anna Coulton

Martin Grainger Addison

Montefrío

44

71

Peñuela

Olivos secano

26,72

210,03

267,17

47

Carmen Araceli Barrios Tortosa

Montefrío

44

47

Peñuela

Olivos regadío

50,92

346,49

509,54

48

Carmen Barrios Tortosa

Montefrío

44

58

Peñuela

Olivos secano

12,33

44,04

124,77

20

1,64

100

15

49

Ayuntamiento de Montefrío

Montefrío

44

9.011

Camino Siruela

Vía de comunicación de dominio público

6,18

28,30

62,51

50

Juan Carlos Lara Alba

Manuel Lara Villoslada

Margarita Lara Villoslada

Carlos Lara Villoslada

Federico Lara Villoslada

María Jesús Lara Villoslada

Margarita María Lara Alba

María Josefa Lara Alba

Montefrío

44

3

Silveria

Labor o Labradío secano/ Encinar

839,77

7.657,02

8.162,48

21,28, 29

5,80

300

15

51

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir- Ministerio de Medio Ambiente

Montefrío

44

9.002

Arroyo Los Gitanos

Hidrografía natural (río,laguna, arroyo)

9,89

132,87

146,46

52

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir- Ministerio de Medio Ambiente

Montefrío

15

9.005

Arroyo Los Gitanos

Hidrografía natural (río, laguna, arroyo)

8,97

108,80

107,50

53

José Guzmán Aguilera

Montefrío

15

10

Peruela

Olivos secano

43,24

275,86

427,17

22

2,19

100

15

54

Herederos de Julián Nieto Barranco

Montefrío

15

8

Peruela

Olivos secano

137,72

982,73

1.390,18

23

1,93

100

15

55

Junta de Andalucía

Montefrío

15

9.010

Cañada de la Peruela

Vía de comunicación de dominio público

7,14

50,13

75,12

56

Francisco Nieto Pulido

Montefrío

15

6

Peruela

Labor o Labradío secano/Frutales regadío

135,92

1.670,39

1.338,57

57

Herederos de Julián Nieto Barranco

Montefrío

15

4

Peruela

Olivos secano

62,73

422,04

630,61

24

2,82

100

15

58

Herederos de Julián Nieto Barranco

Montefrío

15

3

Peruela

Olivar, Matorral/Improductivo

151,73

1.776,39

1.534,02

25

2,19

100

15

59

Herederos de Pedro López Pérez

Montefrío

15

2

Peruela

Olivar/Improductivo

73,69

724,88

648,70

60

Natividad López Pérez

Montefrío

15

16

Peruela

Olivos secano

8,18

119,15

89,63

61

Ayuntamiento de Montefrío

Montefrío

15

9.008

Camino de la Peruela

Vía de comunicación de dominio público

4,49

56,11

48,07

62

Herederos de Pedro López Pérez

Clotilde Cuesta Hidalgo

Montefrío

15

17

Peruela

Olivos/Encinar

144,69

1.444,92

1.453,48

26

1,93

100

15

63

Junta de Andalucía

Montefrío

15

9.007

Cañada del Molino

Vía de comunicación de dominio público

9,68

141,34

97,48

64

Manuel Luque de la Rosa

María del Carmen Liñán Nieto

Montefrío

15

19

Peruela

Olivos secano

187,96

1.727,23

1.870,95

27

1,93

100

15

65

Ayuntamiento de Montefrío

Montefrío

44

9.013

Senda Los Gitanos

Vía de comunicación de dominio público

6,99

147,58

64,11

23

0,97

100

15

66

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir- Ministerio de Medio Ambiente

Montefrío

44

9.002

Arroyo Los Gitanos

Hidrografía natural (río, laguna, arroyo)

6,38

141,29

87,92

67

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir- Ministerio de Medio Ambiente

Montefrío

15

9.005

Arroyo Los Gitanos

Hidrografía natural (río, laguna, arroyo)

9,35

178,17

78,51

68

Francisco Jorge Nieto Pérez

Montefrío

15

77

Fresneda

Olivos secano

76,32

1.044,90

788,60

69

Natividad Tirado Liñán

Montefrío

15

76

Fresneda

Olivos secano

41,21

202,14

400,92

30

1,64

100

15

70

Carmen Barrios García

Montefrío

15

446

Fresneda

Olivos secano

48,61

361,11

475,01

71

Pilar Villen Barranco

Montefrío

15

74

Fresneda

Olivos secano

65,44

410,28

658,79

31

1,64

100

15

72

Pilar Villen Barranco

Montefrío

15

73

Fresneda

Olivos secano

32,48

434,35

318,50

73

María Jiménez Moyano

Moisés Fuentes Jiménez

Mercedes Fuentes Jiménez

Marín Fuentes Jiménez

Montefrío

15

72

Fresneda

Olivos secano

69,56

1.110,49

694,35

74

Barbara Muñoz López

Montefrío

15

88

Fresneda

Olivos secano

43,55

503,30

434,95

75

Cristóbal Barrera Lorca

Montefrío

15

89

Fresneda

Olivos secano

84,52

495,28

847,96

32

1,93

100

15

76

Cristóbal Barrera Lorca

Montefrío

15

91

Fresneda

Olivos secano

38,40

201,10

384,87

33

5,40

50

15

77

Cristóbal Barrera Lorca

Montefrío

15

92

Fresneda

Olivos secano

39,99

225,08

400,35

33

5,00

50

15

78

Antonia Barranco Calvo

Montefrío

15

94

Fresneda

Olivos secano

49,83

370,62

498,23

79

Cristóbal Barrera Lorca

Montefrío

15

95

Fresneda

Olivos secano

24,05

118,17

243,76

EXIS

Granada, 3 de noviembre de 2022.- El Delegado Territorial, Gumersindo Fernández Casas.

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