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Documento BOE-B-2022-41005

Resolución de la Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria por la que se da publicidad a la solicitud de registro de la denominación de origen protegida «Aceite del Somontano».

Publicado en:
«BOE» núm. 313, de 30 de diciembre de 2022, páginas 63486 a 63487 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Aragón
Referencia:
BOE-B-2022-41005

TEXTO

Con fecha 11 de octubre de 2019, la Asociación para el Fomento del Olivar y Aceite de Oliva Virgen Extra Oliveras del Pirineo presenta la solicitud de registro de la denominación de origen protegida «Aceite del Somontano» al amparo del Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícola y alimenticios.

Visto el Reglamento (UE) nº 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, en lo que se refiere al contenido de las solicitudes y al procedimiento de solicitud y registro de las denominaciones de origen, que establece el inicio de un procedimiento nacional de oposición como parte del examen que debe efectuar cada Estado miembro interesado. Considerando igualmente el artículo 8.6 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas; y el artículo 20 del Decreto 5/2009, de 13 de enero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento del contenido mínimo de la normativa específica de determinadas denominaciones geográficas de calidad de los alimentos y del procedimiento para su reconocimiento, los cuales establecen que, una vez superado el examen, la solicitud de registro se someterá a información pública, mediante anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

De acuerdo a la normativa anteriormente citada, se ha comprobado que la solicitud presentada por la Asociación para el Fomento del Olivar y Aceite de Oliva Virgen Extra Oliveras del Pirineo, una vez completada la misma y aportada la documentación justificativa requerida, está justificada y cumple las condiciones para continuar su tramitación, por lo que procede darle publicidad e iniciar un procedimiento nacional de oposición.

Conforme al Decreto 25/2020, de 26 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba la estructura orgánica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, corresponde a la Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria la competencia en materia de calidad diferenciada.

En virtud de lo expuesto, RESUELVO:

Primero.— Dar publicidad a la solicitud de registro de la denominación de origen protegida «Aceite del Somontano». El pliego de condiciones y el documento único pueden consultarse en la siguiente dirección electrónica del Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón:

https://www.aragon.es/-/denominacion-origen-protegida-aceite-somontano

Segundo.— Iniciar el procedimiento nacional de oposición, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual cualquier persona, física o jurídica, que esté establecida o resida legalmente en España, cuyos legítimos intereses considere afectados, podrá oponerse a la solicitud mediante la presentación de la declaración motivada de oposición dirigida a la Dirección General de Innovación y Promoción Agroalimentaria del Gobierno de Aragón, a través de cualquiera de las unidades de registro de documentos del Gobierno de Aragón o por cualquiera de los previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Zaragoza, 27 de diciembre de 2022.- La Directora General de Innovación y Promoción Agroalimentaria, Carmen Urbano Gómez.

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