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Documento BOE-B-2022-4380

Anuncio del Área Funcional de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Huesca por el que se somete a información pública la solicitud de autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental del proyecto PFot-701 AC que comprende los parques solares fotovoltaicos ALYA de 54,25 MWp / 47,19 MWIns / 41,25 MWn y ATIK de 14,74 MWp / 13,31 MWIns / 11,37 MWn, y su infraestructura de evacuación asociada, en la provincia de Huesca.

Publicado en:
«BOE» núm. 38, de 14 de febrero de 2022, páginas 7028 a 7030 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Política Territorial
Referencia:
BOE-B-2022-4380

TEXTO

El proyecto está sujeto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, en virtud de lo definido en el artículo 7.1.a) de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

A los efectos de lo establecido en los artículos 53.1.a) de la Ley 24/2013 de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, los artículos 36 y 37 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental y los artículos 124 y 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se somete al trámite de información pública la solicitud de autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental del expediente PFot-701 AC, cuyas características se señalan a continuación:

Peticionario: Energía Inagotable de Alya S.L. (CIF: B88619358) y Energía Inagotable de Atik, S.L. (CIF: B88619333), perteneciente al grupo Forestalia Renovables, con domicilio social en Madrid, c/ José Ortega y Gasset, n.º 20, 2.º planta, 28006, y domicilio a efectos de notificación en Zaragoza, c/ Coso 33, 7.º, 50003, teléfonos 976 308 449 y 663 484 273, y correo electrónico tramitaciones@forestalia.com. Energía Inagotable de Atik, S.L., es la representante de las mercantiles a efectos de comunicación.

Objeto de la petición: Solicitud de autorización administrativa previa y declaración de impacto ambiental del proyecto PFot-701 AC que comprende los parques solares fotovoltaicos ALYA de 54,25 MWp/47,19 MWIns/41,25 MWn y ATIK de 14,74 MWp/13,31 MWIns/11,37 MWn, y la infraestructura de evacuación SET "Bajo Cinca R4", en la provincia de Huesca.

Órgano competente: El órgano sustantivo competente para resolver la autorización administrativa previa es la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. El órgano ambiental competente para emitir la declaración de impacto ambiental es el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

Órgano tramitador: Área Funcional de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Huesca, sita en Plaza Cervantes 1, 22003 Huesca.

Descripción de las Instalaciones:

Parque solar fotovoltaico ALYA, de 54,25 MWp/47,19 MWIns/41,25MWn, sito en los términos municipales de Fraga y Torrente de Cinca, en la provincia de Huesca. Se instalarán 82.200 módulos de 660 Wp/módulo sobre estructura con seguidor horizontal a un eje y se utilizarán 13 inversores FS3510K.

Presupuesto estimado: 21.534.785,42 euros.

Parque solar fotovoltaico ATIK, de 14,74 MWp/13,31 MWIns/11,37 MWn, sito en los términos municipales de Fraga y Torrente de Cinca, en la provincia de Huesca. Se instalarán 23.220 módulos de 635 Wp/módulo sobre estructura con seguidor horizontal a un eje y se utilizarán 1 inversor FS2340K y 3 inversores FS3510K. El proyecto incluye su infraestructura de evacuación asociada, que consiste en una subestación eléctrica transformadora "SET Bajo Cinca R4", ubicada en el término municipal de Torrente de Cinca, en la provincia de Huesca.

Presupuesto estimado: 8.501.371,40 euros.

El resto de la infraestructura de evacuación hasta la red de transporte no forma parte este expediente:

- LAAT 400 kV "SET BAJO CINCA P4 - SET PIEROLA 400 (REE)" (incluida dentro del expediente PEol-556).

- LAAT 400 kV "SET BAJO CINCA R4 - SET PROMOTORES RUBI R4" (incluida dentro del expediente del PEol-577).

- SET "PROMOTORES RUBI R4" (incluida dentro del expediente del PEol-577).

- LAAT 400 kV "SET PROMOTORES RUBI R4 - SET RUBI 400 (REE)" (incluida dentro del expediente del PEol-577).

Los citados parques fotovoltaicos cuentan con permiso de acceso de la red de transporte en la subestación eléctrica Rubí 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, S.A., otorgado con fecha 27 de enero de 2021.

Finalidad: Generación de energía para su comercialización

Tanto la autorización administrativa previa del presente proyecto, como la tramitación del procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria, cuya aprobación son competencia del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, están sometidas al trámite de información pública, realizándose de manera conjunta la información pública del proyecto y del estudio de impacto ambiental, conforme al artículo 36 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

Lo que se hace público para conocimiento general y para que puedan ser examinados el proyecto, el estudio de impacto ambiental, y por tanto todos los documentos, técnicos y ambientales, en el Área Funcional de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Huesca o en el siguiente enlace:

https://www.mptfp.gob.es/portal/delegaciones_gobierno/delegaciones/aragon/proyectos-ci/proyectos.html

Ante esta Área, se podrán presentar, bien en soporte físico por escrito, en el registro general de dicha Subdelegación del Gobierno o bien a través del registro electrónico de la Administración General del Estado https://rec.redsara.es, o en las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las alegaciones que consideren oportunas en el plazo de treinta días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio.

Se advierte que las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y otros sujetos identificados en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, están obligados a relacionarse por medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo. Con tal motivo, las alegaciones formuladas por cualquiera de ellos en este trámite de información pública deben obligatoriamente presentarse por medios electrónicos.

Zaragoza, 1 de febrero de 2022.- El Director del Área de Industria y Energía, René Gómez López de Munain.

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