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Documento BOE-B-2022-7060

"Resolución de 1 de marzo de 2022 de la Subdelegación del Gobierno en Huesca sobre finalización y revocación de procedimientos sancionadores".

Publicado en:
«BOE» núm. 56, de 7 de marzo de 2022, páginas 11008 a 11011 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Política Territorial
Referencia:
BOE-B-2022-7060

TEXTO

Vistos los procedimientos sancionadores que figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución y analizados los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO.- Esta Subdelegación del Gobierno dictó en su momento resolución sancionadora respecto de los procedimientos objeto de la presente resolución y relacionados en el Anexo, por incumplimiento de los apartados 1, 3 o 5 del artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, de conformidad con las instrucciones cursadas por el Ministro del Interior a las Delegaciones del Gobierno, en las que se consideraba que el incumplimiento de tales preceptos constituía desobediencia a las órdenes del Gobierno y su inobservancia subsumida dentro de la infracción grave del artículo 36.6 de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana.

SEGUNDO.- En las mencionadas resoluciones se imponían sanciones de multa, no constando que se haya procedido al pago de las mismas.

Y teniendo en cuenta los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- El artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone que ''El órgano administrativo que inicie o tramite un procedimiento, cualquier que haya sido la forma de su iniciación, podrá disponer, de oficio o a instancia de parte, su acumulación a otros con los que guarde identidad sustancial o íntima conexión, siempre que sea el mismo órgano que deba tramitar y resolver el procedimiento. Contra el acuerdo de acumulación no procederá recurso alguno''.

SEGUNDO.- La Sentencia del Tribunal Constitucional, Pleno, número 148/2021, de 14 de julio, estimó parcialmente el recurso de inconstitucionalidad nº 2054-2020 interpuesto contra el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, y declaró inconstitucionales y nulos los apartados 1, 3 y 5 de su artículo 7, con el alcance y efectos señalados por la propia sentencia.

TERCERO.- El artículo 40.1 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional establece que ''Las sentencias declaratorias de la inconstitucionalidad de Leyes, disposiciones o actos con fuerza de Ley no permitirán revisar procesos fenecidos mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada en los que se haya hecho aplicación de las Leyes, disposiciones o actos inconstitucionales, salvo en el caso de los procesos penales o contencioso-administrativos referentes a un procedimiento sancionador en que, como consecuencia de la nulidad de la norma aplicada, resulte una reducción de la pena o de la sanción o una exclusión, exención o limitación de la responsabilidad''.

CUARTO.- De acuerdo con el artículo 109.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas ''Las Administraciones Públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico''.

QUINTO.- La competencia para dictar la presente resolución sobre revocación corresponde a este órgano, toda vez que la competencia para la resolución de procedimientos administrativos sancionadores por infracciones graves en este ámbito la ostentan los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y en las Ciudades de Ceuta y Melilla, de conformidad con el artículo 32.1.c) de la Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana. Dicha competencia ha sido delegada en la Subdelegada del Gobierno en Huesca mediante Resolución de fecha 14/07/2015 (BOE de 17/07/2015). En consecuencia con todo lo anterior, vistos los antecedentes y fundamentos mencionados y en uso de las facultades conferidas,

RESUELVO

PRIMERO.- Acordar la acumulación y la revocación de los procedimientos que figuran relacionados en el Anexo de la presente resolución, anulando las resoluciones sancionadoras emitidas.

SEGUNDO.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado de conformidad con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al apreciar razones de interés público.

La presente resolución no pone fin a la vía administrativa por lo que, de acuerdo con el artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra la misma cabe interponer recurso de Alzada ante el Ministro del Interior, en el plazo máximo de UN MES contado desde el día siguiente a aquél en que se publique la presente resolución.

838/2020 Y7165470H Huesca Resolución LO 4/2015
859/2020 X9617345X Fraga Resolución LO 4/2015
867/2020 78091278E Huesca Resolución LO 4/2015
868/2020 47800026T Sant Feliu de Llobregat Resolución LO 4/2015
884/2020 18020105L Huesca Resolución LO 4/2015
938/2020 73022923Q Sallent de Gállego Resolución LO 4/2015
984/2020 18054269M Huesca Resolución LO 4/2015
994/2020 X4284783K Huesca Resolución LO 4/2015
1048/2020 X2441597D Garriga, La Resolución LO 4/2015
1119/2020 73215243X Monzón Resolución LO 4/2015
1120/2020 73206355T Monzón Resolución LO 4/2015
1128/2020 01172040Y Sabiñánigo Resolución LO 4/2015
1130/2020 18177866T Jaca Resolución LO 4/2015
1134/2020 48663896J Jasa Resolución LO 4/2015
1193/2020 73198962J Binéfar Resolución LO 4/2015
1197/2020 73190392E Barbastro Resolución LO 4/2015
1198/2020 Y6786419F Binéfar Resolución LO 4/2015
1216/2020 18059813Y Huesca Resolución LO 4/2015
1258/2020 X8890947K Monzón Resolución LO 4/2015
1272/2020 76973759G Huesca Resolución LO 4/2015
1288/2020 49259272B Lleida Resolución LO 4/2015
1297/2020 38452794Z Tamarite de Litera Resolución LO 4/2015
1303/2020 X2685364E Binéfar Resolución LO 4/2015
1304/2020 Y5921039W Altorricón Resolución LO 4/2015
1372/2020 76972314P Huesca Resolución LO 4/2015
1378/2020 47932902M Huesca Resolución LO 4/2015
1385/2020 18068030N Huesca Resolución LO 4/2015
1427/2020 Y5813183Q Tamarite de Litera Resolución LO 4/2015
1462/2020 18007082Z Sariñena Resolución LO 4/2015
1509/2020 Y6276423J Fraga Resolución LO 4/2015
1545/2020 47903167D Barbastro Resolución LO 4/2015
1604/2020 18175660W Jaca Resolución LO 4/2015
1627/2020 18100725R Huesca Resolución LO 4/2015
1628/2020 Y1780202Q Monzón Resolución LO 4/2015
1638/2020 71528015Q Sabiñánigo Resolución LO 4/2015
1639/2020 18062737D Barbastro Resolución LO 4/2015
1645/2020 X8140760W Huesca Resolución LO 4/2015
1649/2020 73212608C Huesca Resolución LO 4/2015
1651/2020 Y0562016W Huesca Resolución LO 4/2015
1652/2020 18056278J Tierz Resolución LO 4/2015
1655/2020 18095347M Huesca Resolución LO 4/2015
1658/2020 18058428R Calafell Resolución LO 4/2015
1679/2020 18069086X Peñas de Riglos, Las Resolución LO 4/2015
1680/2020 18052102T Alcañiz Resolución LO 4/2015
1686/2020 18173220T Jaca Resolución LO 4/2015
1735/2020 X9257774K Osso de Cinca Resolución LO 4/2015
1737/2020 X5785311Y Alzira Resolución LO 4/2015
1738/2020 18055680J Huesca Resolución LO 4/2015
1785/2020 X8740037Z San Miguel del Cinca Resolución LO 4/2015
1864/2020 X8059821T Fraga Resolución LO 4/2015
1866/2020 73195812Z Barbastro Resolución LO 4/2015
1886/2020 Y3632056W Madrid Resolución LO 4/2015
1891/2020 X5674931A Huesca Resolución LO 4/2015
1913/2020 77219143R Zaragoza Resolución LO 4/2015
1916/2020 Y5570535H Jaca Resolución LO 4/2015
1960/2020 Y3008546E Viveiro Resolución LO 4/2015
1989/2020 73192291N Boltaña Resolución LO 4/2015
2027/2020 18160391M Jaca Resolución LO 4/2015
2091/2020 18061360N Monzón Resolución LO 4/2015
2100/2020 Y7374748L Barbastro Resolución LO 4/2015
2113/2020 X3250195L Fraga Resolución LO 4/2015
2113/2020 X3250195L Fraga Resolución LO 4/2015
2166/2020 17987553N Huesca Resolución LO 4/2015
2168/2020 72748539E Sallent de Gállego Resolución LO 4/2015
2181/2020 18063247J Ayerbe Resolución LO 4/2015
2187/2020 73016494G Tauste Resolución LO 4/2015
2238/2020 21020033B Barbastro Resolución LO 4/2015
2253/2020 40350932P Alcubierre Resolución LO 4/2015
2284/2020 36518122X Puebla de Castro, La Resolución LO 4/2015
2295/2020 18452963V Huesca Resolución LO 4/2015
2497/2020 29118673Y Sabiñánigo Resolución LO 4/2015

Huesca, 1 de marzo de 2022.- La Subdelegada del Gobierno en Huesca, Silvia Salazar Altemir.

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