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Documento BOE-B-2023-10483

Resolución de la Autoridad Portuaria de Valencia por la que se otorga una concesión administrativa a VALENCIA INNOVATION DISTRICT, S.L. en el Puerto de València.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 11 de abril de 2023, páginas 16478 a 16478 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2023-10483

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Valencia, en la sesión celebrada el 06 de marzo de 2023, a propuesta de la Dirección General, acordó otorgar una concesión administrativa para la ocupación de bienes de dominio público portuario a favor de la mercantil VALENCIA INNOVATION DISTRICT, S.L. en el Puerto de València (junto al Muelle Estación).

Superficie: Superficie de terrenos de dominio público de aproximadamente 2.199,00 m2, donde se sitúa el edificio de la antigua Estación Marítima del que se ocupan 5.250 m2 de los 5.403,51 m2 construidos totales.

Plazo: TREINTA Y CINCO (35) AÑOS, con posibilidad de prórroga por un plazo de QUINCE (15) AÑOS.

Objeto: Instalación de un hub de innovación en el edificio de la antigua Estación Marítima de la Marina de València del Puerto de València para el desarrollo de las siguientes actividades: oficinas, prestación de servicios a empresas del sector, celebración de eventos y actividades empresariales y establecimiento de restaurante-cafetería.

Tasa de Ocupación:

a.- En su componente derivada de la ocupación de terrenos:

- Cuota íntegra unitaria Ocupación de Terreno: 21,00675 €/m2 y año.

b.- En su componente derivada de la ocupación de obras e instalaciones:

- Cuota íntegra anual Tasa de ocupación Estación Marítima = 33,91 €/m2 construido.

Tasa de Actividad:

- 2% del volumen de negocio anual realizado por el concesionario: (i) prestación de servicios a empresas del sector; (ii) celebración de eventos y actividades empresariales; (iii) celebración de reuniones y sesiones de formación especializada

- Por la cesión de uso de cualquier elemento de la concesión en el caso de cesionarios de locales destinados oficinas, salas de coworking, restauración, tales como superficies, instalaciones o equipamientos, el tipo de gravamen será del 2% del volumen de facturación.

Lo que se publica para general conocimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 85.7 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.

Valencia, 16 de marzo de 2023.- El Presidente, Aurelio Martínez Estévez.

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