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Documento BOE-B-2023-23317

Extracto de la Orden de 28 de julio de 2023 por la que se convocan ayudas a entidades privadas sin ánimo de lucro para el desarrollo de proyectos archivísticos, correspondientes al año 2023.

Publicado en:
«BOE» núm. 186, de 5 de agosto de 2023, páginas 38140 a 38141 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2023-23317

TEXTO

BDNS(Identif.):710507

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/710507)

Primero. Beneficiarios. 

Entidades o instituciones privadas sin ánimo de lucro, que presenten proyectos en archivos privados y con fondos o colecciones documentales de ámbito superior al de una Comunidad Autónoma, sobre el Patrimonio Documental Español y su proyección internacional (en aplicación del art. 149.2 de la Constitución).

Segundo. Objeto y finalidad.

Ayudas para llevar a cabo proyectos en archivos privados y con fondos documentales de ámbito superior al de una Comunidad Autónoma que redunden en la mejor conservación y difusión del Patrimonio Documental Español.

La finalidad perseguida es la financiación de trabajos de descripción, reproducción, conservación, restauración, identificación, valoración, y recuperación de documentos.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre (BOE num. 275, de 13 de noviembre de 2010), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.

Cuarto. Importe:

El importe de las ayudas convocadas será, como máximo, de 109.930 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 24.05.332A.484.05 del programa "Archivos" del presupuesto de gastos del Ministerio de Cultura y Deporte para el año 2023.

Cada entidad sólo podrá recibir una ayuda por un importe máximo de 10.000 euros y en ningún caso superará el 70 % del coste de la actividad.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

Último día hasta las 14 horas.

Madrid, 28 de julio de 2023.- Firma: El Ministro de Cultura y Deporte P.D. art. 5º e) de la Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre, sobre fijación de límites para la administración de determinados gastos y de delegación de competencias El  Director General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes. Isaac Sastre de Diego.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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