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Documento BOE-B-2023-23954

Resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se anuncia el depósito de la modificación de los estatutos de la asociación empresarial denominada ASOCIACIÓN DE EMPRESAS SOSTENIBLES PARA LA MODERNIZACIÓN EMPRESARIAL, en siglas ASESPAME, con número de depósito 99106232.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 14 de agosto de 2023, páginas 39275 a 39275 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Economía Social
Referencia:
BOE-B-2023-23954

TEXTO

Ha sido admitido el depósito de la modificación de estatutos de la mencionada asociación al comprobarse que reúne los requisitos previstos en la Ley 19/1977, de 1 de abril, sobre regulación del derecho de asociación sindical (Boletín Oficial del Estado de 4 de abril de 1977) y el Real Decreto 416/2015, de 29 de mayo, sobre depósito de estatutos de las organizaciones sindicales y empresariales (Boletín Oficial del Estado de 20 de junio de 2015).

La solicitud de depósito fue formulada por Dª. Maria Dolores Reigosa Maseda mediante escrito tramitado con el número de entrada 30/2023/000248.

La Asamblea General Extraordinaria celebrada el 4 y 24 de julio de 2023 adoptó el acuerdo de modificar los artículos 1, 2, 4, 5, 7, 8, 14 y 27 de los estatutos de esta asociación.

El Acta aparece suscrita por Dña. Marina Gálvez Gil en calidad de Secretaria, D. Antonio Arsenio Sánchez Gómez en calidad de Tesorero y Dña. Maria Dolores Reigosa Maseda en calidad de Presidenta.

El artículo 1 modifica la denominación y siglas de la asociación que pasa de ASOCIACIÓN MURCIANA DE AGENCIAS DE COLOCACIÓN, en siglas AMUAC, a la reseñada en el encabezamiento de esta resolución. Asimismo, se modifica el ámbito territorial que pasa a ser estatal.

Se indica que el ámbito funcional es el establecido en el artículo 2 de sus estatutos y el domicilio social en el artículo 4.

Se dispone la inserción de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado y su exposición en el tablón de anuncios, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.

La resolución pone fin a la vía administrativa. Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y solicitar copia del mismo en este Centro Directivo, siendo posible impugnarlo ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, conforme a lo dispuesto en la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (Boletín Oficial del Estado de 11 de octubre de 2011).

Madrid, 8 de agosto de 2023, El Director General de Trabajo, P.D. (Real Decreto 499/2020, de 28 de abril y Orden TES/167/2022, de 7 de marzo, por la que se modifica la Orden TES/1217/2021, de 29 de octubre) El Subdirector General de Relaciones Laborales, Rafael Martínez de la Gándara.

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