BDNS(Identif.):623840
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/623840)
Se modifica el apartado "Sexto: Otros datos" del Extracto publicado el 30 de abril de 2022, que pasa a tener la siguiente redacción:
Sexto. Otros datos
La solicitud deberá cumplimentarse a través de la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana dentro del Programa de Apoyo al Transporte Sostenible y Digital, utilizando los formularios y modelos específicos de documentos establecidos, que estarán disponibles para su descarga en la misma.
El período de elegibilidad de las actividades subvencionables será desde la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado hasta el 31 de diciembre de 2022.
El pago de la subvención se llevará a cabo posteriormente al devengo de la misma, en el ejercicio presupuestario en el que se haya realizado la solicitud.
El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana pondrá a disposición de los solicitantes un servicio de información y soporte en la fase de preparación de las solicitudes. El canal de acceso y el procedimiento en el que se basará el servicio de soporte se publicará en la sede electrónica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.
El plazo para resolver y publicar la resolución será de seis meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. No obstante, con fecha 29 de septiembre de 2023 se ha aprobado una Orden Ministerial por la que se amplía el plazo máximo para resolver y notificar la primera convocatoria en DOS (2) meses, finalizando dicho plazo el 30 de noviembre de 2023. Contra esta Orden ministerial no cabe recurso, sin perjuicio del procedente contra la resolución que ponga fin al procedimiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 32.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 5 de octubre de 2023.- La Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. (P.D. Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre) El Secretario de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Francisco David Lucas Parrón.
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