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Documento BOE-B-2023-30189

Anuncio de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla sobre aprobación técnica definitiva del "Proyecto 01/23 de mejora del abastecimiento a Fuente Librilla (Mu/Mula)" y declaración de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados.

Publicado en:
«BOE» núm. 250, de 19 de octubre de 2023, páginas 49234 a 49235 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2023-30189

TEXTO

Visto que mediante Resolución de este Organismo de fecha 12 de abril de 2013 se procedió a aprobar inicialmente el "Proyecto 01/23 de mejora del abastecimiento a Fuente Librilla (Mu/Mula)", ordenando la apertura del preceptivo expediente de información pública de la relación de bienes y derechos afectados por el mismo.

Considerando que el trámite de información pública se ha realizado de conformidad con los requerimientos legales y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa y los artículos 17 y 18 del Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, así como con lo establecido en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 26 de noviembre, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Visto que durante la fase de información pública citada no se han producido alegaciones.

De acuerdo a lo anterior, esta Dirección, en el ejercicio de las facultades legales en materia de expropiación forzosa que le confieren las disposiciones vigentes, ha resuelto:

1. Aprobar definitivamente el "Proyecto 01/23 de mejora del abastecimiento a Fuente Librilla (Mu/Mula)", por su presupuesto base de licitación de 2.869.535,97 € I.V.A. incluido.

2. Declarar la necesidad de ocupación de la relación de bienes y derechos afectados, y conforme a lo previsto en los artículos 20 y 21 de la Ley de Expropiación Forzosa y 19 y 20 de su Reglamento, proceder a la publicación de la presente resolución, así como a su notificación a todos los propietarios afectados.

3. Dar traslado de la presente resolución a los ayuntamientos afectados en cumplimiento del artículo 127.3 de la Ley de Aguas.

4. Dar traslado a la Secretaría General del Organismo para que se proceda a la expedición del certificado de existencia de crédito.

5. Proponer al Órgano de Contratación del Organismo la adjudicación por Procedimiento Abierto con un solo criterio para su adjudicación, de acuerdo con los artículos 131, 156 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, debiendo los licitadores encontrarse clasificados en:

Grupo A. Subgrupo 2. Categoría 3.

Grupo E. Subgrupo 1. Categoría 4.

6. Proponer al Órgano de Contratación del Organismo la financiación de las obras con cargo a los fondos propios de la Mancomunidad de los Canales del Taibilla.

7. Encargar al Facultativo Director la realización del replanteo de las obras.

La relación de bienes y derechos afectados, por término municipal, es la siguiente:

Término municipal de Mula.

Nº DE FINCA

REFERENCIA CATASTRAL

NOMBRE Y APELLIDOS

PLENO DOMINIO (m2)

SERVIDUMBRE PASO TUBERÍA (m2)

SERVIDUMBRE LÍNEA ELÉCTRICA (m2)

OCUPACIÓN TEMPORAL (m2)

1

30029A104000190000LB

AYUNTAMIENTO DE MULA

33,00

2

30029A105000810000LD

HEREDEROS DE JUAN MARTÍNEZ CAVA

18,00

32,00

3

30029A105001190000LH

JOSÉ LÓPEZ RODRÍGUEZ

49,00

4

30029A105000330000LG

JUANA MARÍA MARTÍNEZ CASTILLO

MARÍA DEL PILAR MARTÍNEZ CASTILLO

30,00

70,00

5

30029A105000260000LW

MARÍA ISABEL GARCÍA CAVA

30,00

70,00

6

30029A105001340000LT

HEREDEROS DE JUANA VALERO ORCAJADA

229,00

3.453,00

7

30029A105000070000LM

FRANCISCO JAVIER VALERO ORCAJADA

458,00

1.767,00

8

30029A101090010000LM

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

34,00

59,00

9

30029A101090110000LJ

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

22,00

42,00

10

30029A101000010000LQ

MARÍA JESÚS VALERO BELÍJAR

252,00

992,00

11

30029A101000760000LR

JOSÉFA VALERO LÓPEZ

206,00

816,00

12

30029A101000020000LP

MARÍA JESÚS VALERO LÓPEZ

5,00

17,00

13

30029A101001140000LE

MARÍA JESÚS VALERO LÓPEZ

53,00

14

30029A101001130000LJ

JOSÉ HERNÁNDEZ JIMÉNEZ MARÍA JOSÉFA SANTIAGO MORENO

1.689,00

15

30029A101000690000LF

JOSÉ HERNÁNDEZ JIMÉNEZ MARÍA JOSEFA SANTIAGO MORENO

344,00

16

30029A101000730000LM

JESÚS VALERO FAURA

49,00

17

30029A101000720000LF

ANTONIO TIJERAS FÉREZ DOLORES PEÑA ROMERO

160,00

18

30029A100090020000LJ

AYUNTAMIENTO DE MULA

70,00

48,00

3.111,00

19

30029A100000250000LP

JESÚS VALERO FAURA

279,00

20

30029A100000170000LA

JESÚS VALERO FAURA

52,00

183,00

21

30029A100000160000LW

ANTONIO TIJERAS FEREZ DOLORES PEÑA ROMERO

68,00

272,00

22

30029A100000260000LL

ANTONIO TIJERAS FEREZ DOLORES PEÑA ROMERO

12,00

253,00

23

30029A100000150000LH

ANTONIO TIJERAS PEÑA

60,00

241,00

24

30029A100000270000LT

ANTONIO TIJERAS PEÑA

237,00

25

30029A100000140000LU

ANTONIO VALERO FAURA

28,00

142,00

26

30029A100000280000LF

ANTONIO VALERO FAURA

3,50

44,00

27

30029A100000060000LI

MARÍA ENCARNACIÓN BOTÍA GARCÍA FELIPE ANTONIO FERNÁNDEZ BOTÍA

531,00

162,00

1.759,00

28

30029A100000240000LQ

MARÍA ENCARNACIÓN BOTÍA GARCÍA FELIPE ANTONIO FERNÁNDEZ BOTÍA

57,00

1.308,00

47,00

29

30029A099090010000PU

AYUNTAMIENTO DE MULA

5,00

22,00

43,00

30

30029A099000040000PS

MARÍA ENCARNACIÓN BOTÍA GARCÍA

506,00

2.022,00

31

30029A099000010000PI

CEFU S.A.

17,00

32

30029A099000030000PE

HEREDEROS DE ANTONIO NAVARRO BARQUEROS

497,00

1.907,00

33

30029A099000020000PJ

CEFU S.A.

38,00

71,00

34

30029A099000740000PH

HEREDEROS DE MARÍA LEGAZ NAVARRO

55,00

220,00

35

30029A099000730000PU

HEREDEROS SALUD LEGAZ NAVARRO

52,00

207,00

36

30029A099000720000PZ

ALFONSO MARTÍNEZ CÁNOVAS

94,00

372,00

37

30029A099000210000PL

FRANCISCO ANTONIO FÉREZ PAGÁN

71,00

284,00

38

30029A099000220000PT

CASTO GARCÍA LEGAZ

85,00

290,00

39

30029A099000240000PM

JOSÉ ANTONIO ORCAJADA NAVARRO

104,00

435,00

40

30029A093090030000PR

AYUNTAMIENTO DE MULA

38,00

42,00

41

30029A093000930001AZ

MARÍA DÍAZ DÍAZ

22,00

80,00

42

30029A093000910000PW

ISABEL PAGÁN BARQUEROS, HEREDEROS DE ANTONIO NAVARRO BARQUEROS

71,00

237,00

43

30029A093000940000PY

DESCONOCIDO

35,00

110,00

44

SIN REFERENCIA CATASTRAL

--

13,00

45

30029A093090080000PE

AYUNTAMIENTO DE MULA

26,00

26,00

46

30029A093000370000PM

DESCONOCIDO

234,00

922,00

47

30029A093090060000PI

AYUNTAMIENTO DE MULA

22,00

21,00

48

30029A099000680000PS

JUAN CARLOS HERNÁNDEZ SERRANO

131,00

485,00

49

30029A099000660000PJ

CÍTRICOS MOMPEÁN S.L.

221,00

865,00

50

30029A099000420000PH

CÍTRICOS MOMPEÁN S.L.

11,00

54,00

51

30029A099000400000PZ

DOLORES DEL AMOR MARTÍNEZ PEDRO ALCARAZ SERRANO

122,00

494,00

52

30029A099000470000PG

DOLORES DEL AMOR MARTÍNEZ PEDRO ALCARAZ SERRANO

38,00

86,00

141,00

53

30029A098001940000PH

ROSARIO DEL AMOR MARTÍNEZ HEREDEROS DE FELIPE BARQUEROS HERMOSILLA CARMEN BARQUEROS DEL AMOR

24,00

69,00

Cartagena, 2 de octubre de 2023.- El Director, Carlos Conradi Monner.

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