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Documento BOE-B-2023-3222

Extracto de la Orden de 29 de diciembre de 2022, por la que se establece la convocatoria de becas de formación práctica para titulados universitarios, en el ámbito de las producciones y mercados agrarios

Publicado en:
«BOE» núm. 27, de 1 de febrero de 2023, páginas 5033 a 5034 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-B-2023-3222

TEXTO

BDNS(Identif.):673017

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/673017)

Primero. Beneficiarios:

1. Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en la presente orden aquellas personas físicas con plena capacidad de obrar que reúnan los requisitos recogidos en el artículo 4 de la Orden APA/511/2019, de 26 de abril. La acreditación de los requisitos de los beneficiarios se llevará a cabo de acuerdo con lo señalado por el artículo 3, apartados 5, 6 y 7 de dicha orden.

2. No podrá concurrir a las convocatorias de becas derivadas de la presente orden aquella persona que haya sido becaria en la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios con anterioridad, ni aquellas que sean becarias en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en el momento de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Segundo. Objeto.

El objeto de la presente orden es convocar, en régimen de concurrencia competitiva, 10 becas de formación práctica, para quienes ostenten la titulación de graduado o máster o doctor de las ramas de conocimiento de Ciencias, Ciencias de la Salud (o especialidad de Ingeniería) o un título equivalente del Espacio Europeo de Educación Superior en las materias y especialidades relacionadas con las funciones desempeñadas por la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios. Dos becas en cada una de las siguientes áreas de conocimiento:

a) Ordenación y fomento de la producción ganadera.

b) Ordenación y fomento de la producción agrícola en los sectores de frutas y hortalizas, plantas vivas y vitivinicultura.

c) Ordenación y fomento de la producción agrícola en los sectores de cultivos herbáceos e industriales y Aceite de Oliva.

d) Medios de producción ganaderos.

e) Medios de producción agrícolas y variedades vegetales

Tercero. Bases reguladoras.

Orden APA/511/2019, de 26 de abril, publicada en el «Boletín Oficial del Estado núm. 110, de fecha 8 de mayo de 2019.

Cuarto. Cuantía

La cuantía de la beca por beneficiario será de 1.150 euros mensuales, a la que se le aplicarán los descuentos y retenciones legales vigentes en cada momento, incluidas las cotizaciones a la seguridad social que correspondan.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Comenzará el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el BOE, y finalizará en quince días hábiles contados a partir de ese día.

Sexto. Otros datos.

El período de duración del programa de formación de las becas se iniciará con la incorporación de los becarios, en el plazo de un mes, tras la publicación de la resolución de su concesión y su duración inicial será hasta el 31 de agosto de 2023. Las becas se podrán prorrogar hasta en un máximo de tres ocasiones. Las dos primeras prórrogas durarán cada una doce meses adicionales consecutivos; la tercera permitirá completar el periodo hasta el 31 de diciembre del último año de prórroga.

Madrid, 29 de diciembre de 2022.- El Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación. P.D. Orden APA/21/2019, de 10 de enero (BOE del 18/01/2019) La Directora General de Producciones y Mercados Agrarios. Esperanza Orellana Moraleda.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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