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Documento BOE-B-2023-34738

Extracto de la Orden TER/1235/2023, de 15 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2023 de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de los sistemas de gestión del padrón municipal de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 21 de noviembre de 2023, páginas 56395 a 56396 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Política Territorial
Referencia:
BOE-B-2023-34738

TEXTO

BDNS(Identif.):727575

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/727575)

Primero.- Beneficiarios:

Tendrán la consideración de entidades beneficiarias de las ayudas las diputaciones provinciales de régimen común y de régimen foral, los cabildos, los consejos insulares, así como las comunidades autónomas uniprovinciales, siendo los destinatarios de las actuaciones que realicen, los municipios con población inferior a 20.000 habitantes de su ámbito territorial, de acuerdo con las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón municipal referidas al 1 de enero de 2020.

También tendrán la consideración de beneficiarios las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.

Las entidades beneficiarias de las ayudas ofrecerán adherirse a las actuaciones realizadas, al resto de municipios de su ámbito provincial no recogidos en el artículo 3.1, con el objetivo de una gestión más eficiente de los servicios que permita garantizar una prestación homogénea de los mismos.

Segundo.- Objeto:

Las subvenciones que se concedan al amparo de esta orden se enmarcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), instrumento de financiación orientado a los resultados, hitos y objetivos indicados en el mismo, que resultan vinculantes para todas las administraciones públicas participantes. De manera específica, estas bases reguladoras se dictan en desarrollo del Componente 11, Inversión 3, del mencionado PRTR.

Las subvenciones se destinarán a financiar proyectos de modernización y digitalización en el ámbito de las administraciones de las entidades locales. Las actuaciones subvencionables deberán encuadrarse en alguna de las siguientes tipologías, pudiendo las entidades solicitar la subvención para el desarrollo de una de ellas o para ambas:

En primer lugar, para la puesta en marcha de un nuevo sistema de gestión de la información sobre el territorio de ámbito municipal. Cada municipio del ámbito territorial de la entidad beneficiaria deberá contar con una base de datos de viviendas identificadas con un código único a nivel nacional, así como con herramientas que permitan la actualización de la información obrante en dicha base de datos.

En segundo lugar, para la puesta en marcha de un nuevo sistema de intercambio de información padronal en tiempo real entre los municipios y el Instituto Nacional de Estadística (INE). La actuación subvencionable comprenderá la elaboración de los proyectos de adaptación desde los sistemas de información actuales de los ayuntamientos, de periodicidad mensual.

Tercero.- Bases reguladoras:

Orden TER/1235**/2023, de 15 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras y se efectúa la convocatoria correspondiente a 2023 de subvenciones destinadas a la transformación digital y modernización de los sistemas de gestión del padrón municipal de las entidades locales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Cuarto.- Cuantía:

El importe total máximo de las subvenciones a que se refiere esta convocatoria es de 64,12 millones de euros, consignados en la aplicación presupuestaria 22.50.94KC.761 de los Presupuestos Generales del Estado.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo para la presentación de las solicitudes de ayuda, se iniciará las 9:00 horas del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado», hasta las 15:00 horas del día 1 de abril de 2024 (hora peninsular española). Toda solicitud cuya presentación se produzca fuera del plazo establecido será inadmitida a trámite.

Las solicitudes únicamente se podrán presentar de forma electrónica a través del procedimiento previsto a tal efecto en la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial (procedimientos - subvenciones).

Madrid, 15 de noviembre de 2023.- La Ministra de Política Territorial, Isabel Rodríguez García.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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