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Documento BOE-B-2023-34837

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Oriental para la reordenación de los accesos existentes entre los puntos kilométricos 309+000 al 310+200 de ambas márgenes de la carretera N-110, T.M. San Miguel de Corneja (Ávila).

Publicado en:
«BOE» núm. 279, de 22 de noviembre de 2023, páginas 56590 a 56592 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2023-34837

TEXTO

Resolución para la reordenación de los accesos existentes entre los puntos kilométricos 309+000 al 310+200 de ambas márgenes de la carretera N-110, para lo cual se procederá al levantamiento de los accesos existentes en los puntos kilométricos 309+445, 309+780 y 309+900 en la margen derecha y en los puntos kilométricos 309+600 (que se reubicará en el punto kilométrico 309+645), 309+810 y 309+970 en la margen izquierda, de la carretera N-110. T.M. San Miguel de Corneja con objeto de mejorar la explotación y la seguridad vial de la carretera.

HECHOS

PRIMERO. - En fecha 25 de octubre de 2022, por parte del Servicio Técnico adscrito a la Unidad de Carreteras del Estado en Ávila, se procede a realizar visita al tramo de carretera comprendido entre el p.k. 309+000 al 310+200 en ambas márgenes de la carretera N-110.

SEGUNDO. - Tras dicha visita y finalizadas diversas actuaciones realizadas por esta Unidad de Carreteras en los caminos de servicio ubicados en Dominio Público Viario entre los puntos kilométricos 309+000 a 310+200 en ambas márgenes, que se han centrado en la mejora del afirmado, drenaje y adecuación de los pasos de pequeños cauces que interseca, para lograr que éstos reúnan las condiciones necesarias para la adecuada circulación por los mismos, y una vez realizadas las actuaciones descritas se procede a la reordenación de los accesos existentes para mejora de la explotación y seguridad vial del tramo que concentra numerosos accesos. Por ello, se estima la conveniencia de proceder al levantamiento de los accesos existentes en los puntos kilométricos 309+445, 309+780 y 309+900 en la margen derecha y en los puntos kilométricos 309+600, 309+810 y 309+970 en la margen izquierda, y la apertura de nuevo acceso en el punto kilométrico 309+645 margen izquierda, por reubicación del acceso en el punto kilométrico 309+600 margen izquierda, de la carretera N-110. T.M. San Miguel de Corneja.

TERCERO. - Que, por razones de seguridad vial, y de explotación de la carretera se justifica la supresión de los accesos existentes y la reordenación de accesos y una vez adecuados los caminos de servicio, ya que la existencia de otros accesos alternativos comunicados entre sí mediante dichos caminos de servicio reúnen las condiciones adecuadas de transitabilidad en mejores condiciones de seguridad y visibilidad.

Conforme los datos del Mapa de Tráfico 2019 del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en la estación de aforo permanente AV-218-0, ubicada en el p.k. 312+417 de la carretera N-110, se registra una IMD (intensidad media de vehículos diaria) de 3.580 vehículos/día, siendo el porcentaje de vehículos pesados del 7,46 %.

CUARTO. – Que por suponer una reordenación de los accesos existentes se ha sometido a información pública, habiendo sido publicado en el B.O.E. número 80, de fecha 4 de abril de 2023, y habiendo estado expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de San Miguel de Corneja desde el día 11 de abril hasta el 29 de mayo de 2023, ambos incluidos, no habiéndose presentado alegaciones.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO. - Que de conformidad con lo dispuesto en el Art. 36.1 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre de Carreteras (BOE del día 29), el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana podrá limitar los accesos a las carreteras estatales y establecer con carácter obligatorio los lugares en los que tales accesos puedan construirse.

Que de conformidad con lo dispuesto en el art. 36.2 de la citada ley, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana queda facultado para reordenar los accesos existentes con objeto de mejorar la explotación de la carretera y la seguridad viaria pudiendo expropiar para ello los terrenos necesarios.

SEGUNDO. - Art. 102.1 y 102.2 del Reglamento General de Carreteras, de 2 de septiembre de 1994, R.D. 1812 (BOE del día 23).

TERCERO. - Es competente el Jefe de la Demarcación de Carreteras, para emitir informes y resoluciones sobre accesos a vías de servicio y carreteras convencionales y sus vías de servicio, en base a la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana sobre Delegación de Competencias sobre esta materia, (BOE de 25 de septiembre); modificada por la Orden TMA/355/2023, de 10 de abril del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana sobre Delegación de Competencias sobre esta materia (BOE de 11 de abril).

CUARTO. - Art. 104.5 del Reglamento General de Carreteras aprobado por RD/1812/94 de 2 de septiembre.

QUINTO. - Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

RESUELVO

Ordenar la reordenación de los accesos existentes, con el levantamiento de los accesos existentes en los puntos kilométricos 309+445, 309+780 y 309+900 en la margen derecha y en los puntos kilométricos 309+600, 309+810 y 309+0 en la margen izquierda, y la apertura de nuevo acceso en el punto kilométrico 309+645 margen izquierda, por reubicación del acceso en el punto kilométrico 309+600 margen izquierda, de la carretera N-110. T.M. San Miguel de Corneja (Provincia de Ávila).

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con la mención expresa de los requisitos exigidos por el Art. 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Contra esta Resolución que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de Castilla y León con sede en Burgos, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de esta Resolución y previa comunicación de su interposición al órgano que adoptó la resolución recurrida, o en su caso recurso potestativo de Reposición ante el órgano que ha dictado el acto.

Burgos, 15 de noviembre de 2023.- El Ingeniero Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla y León Oriental, Javier Fernández Armiño.

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