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Documento BOE-B-2023-35748

Extracto de la Orden de 20 de noviembre de 2023 del Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se convoca una Beca Fulbright para el periodo 2024/2025

Publicado en:
«BOE» núm. 285, de 29 de noviembre de 2023, páginas 57963 a 57965 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2023-35748

TEXTO

BDNS(Identif.):728773

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/728773)

Primero. Beneficiarios.

a) Tener la condición de funcionario de carrera de Cuerpos o Escalas del Subgrupo A1 o de Personal Laboral Fijo del Grupo Profesional 1, y estar prestando servicios en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana o en sus Organismos Autónomos.

b) Contar, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, con una antigüedad mínima reconocida de dos años en la Administración General del Estado en Cuerpos o Escalas del Subgrupo A1 o en el Grupo Profesional 1.

c) Poseer un excelente conocimiento del idioma inglés, hablado y escrito, acreditado de la forma prevista en la presente orden.

d) No haber sido beneficiario previamente de otra Beca Fulbright, ni haber cursado estudios de postgrado en Estados Unidos (en adelante EE.UU.).

e) No poseer la doble nacionalidad, española y estadounidense, ni encontrarse destinado en EEUU, ni haber estado destinado en dicho país en los tres años anteriores a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Segundo. Objeto. 

Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, y en colaboración con la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América (en adelante, "Comisión Fulbright"), dentro de las disponibilidades presupuestarias y con arreglo a las bases que se especifican en la Orden FOM/1003/2019, de 13 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas «Ministerio de Fomento-Fulbright», una beca para la realización de estudios y proyectos de formación y perfeccionamiento profesional en Estados Unidos.

Tercero. Bases Reguladoras.

Orden FOM/1003/2019, de 13 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas "Ministerio de Fomento-Fulbright" publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 242, de 8 de octubre de 2019.

Cuarto. Cuantía.

La cantidad máxima que se destinará a la beca en el período de este año será de noventa y cinco mil trescientos setenta euros (95.370 €).

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación será de un mes a partir de la fecha de publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Sexto. Modalidades de la beca de formación académica y profesional.

Las modalidades de la beca serán las que se especifican a continuación, debiendo el becario desarrollar alguna de las actividades que constituyen su objeto, sin perjuicio de que el aspirante pueda proponer en su solicitud, y el Comité de Selección al que se refiere el artículo undécimo que regula la concesión de las becas «Ministerio de Fomento-Fulbright» admitir, la realización alternativa de cualquier otra actividad que coadyuve a la realización del proyecto aprobado:

a) Objeto: formación académica a tiempo parcial (una o dos asignaturas) y realización simultánea de prácticas profesionales y participación en un equipo de trabajo en una o varias agencias gubernamentales o centros especializados. Duración de la beca: mínimo seis meses, máximo nueve meses.

b) Objeto: formación académica durante un curso de nueve meses, sin ánimo de titulación, seguidos de un período de tres meses de desarrollo de trabajos en una agencia gubernamental o centro especializado. Duración de la beca: doce meses.

c) Objeto: formación para el cumplimiento de programas de titulación o de certificación a tiempo completo. Duración de la beca: mínimo nueve meses, máximo doce meses.

d) Objeto: realización de prácticas profesionales y participación en un equipo de trabajo en una o varias agencias gubernamentales, centros especializados, centros de investigación o universidades. Duración de la beca: mínimo seis meses, máximo nueve meses.

Séptimo. Incompatibilidades.

El disfrute de las becas será incompatible con cualquier otro tipo de beca o ayuda económica concedida por iguales o similares conceptos.

Octavo. Procedimiento de concesión.

El procedimiento para la concesión de la beca será el establecido en el artículo undécimo de la Orden FOM/1003/2019, de 13 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas «Ministerio de Fomento-Fulbright»

Noveno. Solicitud.

Las solicitudes serán cumplimentadas y enviadas de forma electrónica a través de la página web de la Comisión Fulbright (https://www.fulbright.es), o bien presentadas en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, acompañadas de los documentos señalados en la presente orden.

Madrid, 20 de noviembre de 2023.- El Ministro de Transportes y Movilidad Sostenible. P.D. (Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, BOE de 25 de septiembre). El Subsecretario de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Jesús Manuel Gómez García.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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