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Documento BOE-B-2023-35975

Resolución de 27 de septiembre de 2023 de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la que se declara con concreto de utilidad pública la instalación eléctrica denominada "Proyecto de línea eléctrica de alta tensión 220 kV D/C entre la subestación Límite y la subestación Baza Renovables, en términos municipales de Caniles y Baza (Granada)". Expte nº 12.153/AT.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 1 de diciembre de 2023, páginas 58410 a 58422 (13 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2023-35975

TEXTO

Antecedentes de hecho

Primero.- Con fecha 29 de octubre de 2019 Parque Eólico Carricondo, S.L. (antes Capital Energy Andalucía, S.L.), con NIF: B87997649, solicitó la Autorización Administrativa Previa, Autorización Administrativa de Construcción y Declaración en concreto de utilidad pública del Proyecto modificado de Línea Aérea AT 20 kV Limite-Baza, en tt.mm. de Caniles y Baza (Granada).

Segundo.- Con fecha 23 de febrero de 2022, la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada otorgó autorización administrativa previa y de construcción para la línea eléctrica de alta tensión 220 kV desde la SET "Límite" 30/200 kV hasta la SET "Baza Renovables" 220/400 kV en los términos municipales de Caniles y Baza.

Tercero.- Contra esta resolución se presentaron varios recursos de alzada por parte del Ayuntamiento de Cullar, la mercantil Cuadraspania, S.L. y también por varios ciudadanos que solicitaban también la suspensión de la resolución recurrida.

La Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria, Energía y Minas resuelve con fecha 24 de julio de 2023 inadmitir los recursos de alzada presentados por D. Antonio Hortal Rodríguez y otros por no acreditarse la condición de interesados en el expediente.

Con fecha 25 de agosto de 2023, la Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria, Energía y Minas resuelve desestimar el recurso de alzada presentado por Cuadraspania contra la resolución de 23 de febrero de 2023 de autorización administrativa y de construcción de la línea de alta tensión 220 kV Limite-Baza.

Con fecha 23 de agosto de 2023, la Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria, Energía y Minas resuelve desestimar el recurso de alzada presentado por D. Antonio Francisco Campoy Ruiz y otros contra la resolución de 23 de febrero de 2023 de autorización administrativa y de construcción de la línea de alta tensión 220 kV Limite-Baza.

Con fecha 23 de agosto de 2023, la Secretaría General Técnica de la Consejería de Industria, Energía y Minas resuelve desestimar el recurso de alzada presentado por el Ayuntamiento de Cullar y resto de interesados en el expediente contra la resolución de 23 de febrero de 2023 de autorización administrativa y de construcción de la línea de alta tensión 220 kV Limite-Baza.

Cuarto.- A los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre del Sector Eléctrico y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; se sometió la solicitud de declaración en concreto de utilidad pública del proyecto al trámite de información publica mediante inserción en el BOP núm. 249 de 30/12/2021, BOJA n.º 143 de 27/07/2021, BOE n.º 184 de 03/08/2021, diario Granada Hoy de 03/08/2021, tablones de edictos de los Ayuntamientos de Baza y Caniles y publicación en el portal de transparencia de la Junta de Andalucía para que en el plazo de treinta días se presentaran las alegaciones que se estimaran procedentes.

Quinto.- Durante el período de información pública se han presentado alegaciones, por parte de las personas indicadas en el Anexo de esta resolución, que se exponen a continuación agrupadas aquellas de idéntico contenido, y que fueron contestadas por el solicitante, según el artículo 145 del Real Decreto 1955/2000.

Algunas de estas mismas alegaciones fueron presentadas también en el trámite de información publica correspondiente a la solicitud de autorización administrativa previa y de construcción de este proyecto y fueron contestadas en la resolución 23 de febrero de 2022, la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada otorgó autorización administrativa previa y de construcción para la línea eléctrica de alta tensión 220 kV desde la SET "Límite" 30/200 kV hasta la SET "Baza Renovables" 220/400 kV en los términos municipales de Caniles y Baza.

Y fueron además desestimadas en las resoluciones de la Secretaría General Técnica que resolvió los recursos de alzada presentados contra la resolución de 23 de febrero de 2022.

Por lo tanto, y al considerarse que dichas alegaciones se refieren al trámite de autorización administrativa previa y de construcción del proyecto y a su tramite ambiental, trámite que ya se encuentra finalizado y que es firme en vía administrativa, y al no referirse en concreto al trámite de declaración en concreto de utilidad pública y sobre la necesidad de ocupación de las fincas, sino a un tramite que ya cuenta con resolución firme en vía administrativa, no se admiten.

No obstante, se enumeran a continuación las alegaciones referentes al trámite de declaración en concreto de utilidad pública, se incluye contestación dada por la beneficiaria de la expropiación, así como valoración jurídica por parte de esta Delegación a las mismas:

- En primer lugar, algunos alegantes en el periodo de información publica manifiestan que tienen la condición de interesado solicitando que se le reconozca expresamente dicha situación, en base a que el coste de ejecución del planteamiento energético repercutirá en su factura eléctrica como consumidor de energía eléctrica. Esta pretensión debe rechazarse en virtud del artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que determina que la comparecencia en el trámite de información pública no otorga, por sí misma, la condición de interesado.

- La mercantil "Cuadraspania, S.L." propietaria de fincas afectadas por esta instalación presenta además alegaciones contra el trazado de esta linea eléctrica porque sobrevuela parcelas de su propiedad destinadas al cultivo de productos hortofrutículas ecológicos y que el desarrollo de esta actividad es incompatible con la lineas eléctricas de alta tensión por las emisiones electromagnéticas que producen y por las defecaciones de aves que se asientan y anidan en las lineas y postes eléctricos y solicita la variación del trazado de la línea para que no afecte a las parcelas de su propiedad.

A esta alegación la sociedad peticionaria contesta que no existen antecedentes de incompatibilidad entre la agricultura y las líneas eléctricas, ni que tampoco las emisiones electromagnéticas sean altamente contaminantes no existiendo ningún criterio objetivo para que se pierda la condición de cultivo ecológico debido a la proximidad a una línea eléctrica.

Se rechaza esta alegación porque no se justifica la petición de variación de la línea eléctrica. No obstante con la ultima variación del trazado consistentes en el soterramiento del tramo de línea que afecta al Humedal de Baza se reduce o elimina parte de la afección original de este proyecto sobre las fincas propiedad de Cuadraspania, S.L.

- Manifiestan los alegantes un error en la descarga de la memoria del proyecto de modificación de la línea en el portal de la transparencia de la Junta de Andalucía, alegando indefensión por no poder tener acceso a dicha documentación.

Se rechaza esta alegación porque este documento ha estado publicado en el Portal de la Transparencia dos veces, una en el expediente de información pública correspondiente a la petición de autorización administrativa previa y de construcción y otra vez en el expediente de información pública correspondiente a la petición de declaración en concreto de utilidad pública. Y en todo caso dicho documento ha estado disponible para aquellos no obligados a relacionarse electrónicamente con la administración (las personas físicas), simplemente personándose en las dependencias de esta Delegación para solicitar la vista de dicho documento.

- D Rafael Francisco La Iglesia Motos (representado por D. José Francisco La Iglesia Motos) alega que los terrenos de su propiedad afectados no son de pastos ni de labor o regadío, sino que lo que existe es una plantación de pistachos, y que en dicha plantación de pistachos está interesado la mercantil Pistafruits, S.L. en concepto de arrendataria del terreno, se adhiere al resto de alegaciones presentadas y solicita que el trazado de la línea eléctrica discurra por la zona improductiva de la parcela y que se limite todo lo posible el sobrevuelo de la línea eléctrica por la zona de pistachar, declarando además que por la escasa envergadura de los arboles de pistacho no sería necesario su tala.

A estas alegaciones, la peticionaria responde que si considera que existe un error catastral en la certificación descriptiva y gráfica de la finca, en lo que respecta al uso del suelo de forma que debería decir "plantación de pistachos" debería dirigirse a la Dirección General del Catastro para tramitar la modificación en la finca catastral.

Que en cuanto al trazado de la línea contesta que las lineas eléctricas pertenecientes a instalaciones de generación eléctrica están declaradas de utilidad pública por la Ley del Sector Eléctrico por lo que resulta procedente el reconocimiento de la utilidad pública a los efectos de expropiación forzosa. Pero que, no obstante, la peticionaria ha tenido siempre la voluntad de negociar con los propietarios afectados. Confirma asimismo que intenta desarrollar el proyecto con el menor impacto posible, por lo que solo serán talados los árboles de pistacho que resulten imprescindibles para la construcción de la línea eléctrica. Y que la servidumbre de vuelo para el caso de las parcelas que se encuentran sobrevoladas por la línea eléctrica, no se limita el uso agrícola ni el ganadero que pueda hacer el particular sobre el terreno. Y que en todos los casos, los terrenos afectados por esta instalación serán compensados atendiendo al uso que se le vaya a dar.

Por lo tanto en base a las consideraciones anteriores se rechazan las alegaciones presentadas.

- La Comunidad de Regantes Llanos de Caniles y la Comunidad de Regantes Siente Fuentes Negratín alegan que está pendiente de la concesión de aguas para la puesta en riego de cultivos hortícolas y arbóreos, que dicho proyecto de regadíos está declarado de interés general por el Estado mediante el Plan Hidrológico Nacional y por la Comunidad Autónoma de Andalucía, y que la línea de alta tensión 220 kV Límite-Baza tiene graves afecciones a las futuras infraestructuras de la Comunidad de Regantes, principalmente a su balsa principal, lo que hace necesario un desvío de la línea eléctrica para hacer compatibles los regadíos de la Comunidad de Regantes con dicha línea eléctrica.

A estas alegaciones la peticionaria responde que el proyecto de la línea eléctrica 220 kV Límite-Baza es anterior a los proyectos de regadío, y que cuenta con los acuerdos amistosos con los propietarios de las parcelas que original la interferencia entre ambos proyectos. No obstante manifiesta su disponibilidad a trabajar y buscar las soluciones técnicas para que ambas instalaciones puedan ser compatibles. Y que tras una reunión con la Comunidad de Regantes les han expresado su intención de ubicar la balsa en una zona más favorable para sus intereses.

Sexto.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, se remitió separata del proyecto presentado a los siguientes organismos y empresas de servicios de interés general afectados: Ayuntamiento de Caniles, Ayuntamiento de Baza, Delegación Territorial de Agricultura, Pesca y Desarrollo Sostenible, Telefónica, Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Delegación Territorial de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, EDistribución Redes Digitales, S.L.U., y la Delegación Territorial de Desarrollo Sostenible, que emitieron contestación favorable, o transcurridos treinta días sin que hayan contestado se entiende que no tienen objeción o condición que formular.

Los informes emitidos fueron remitidos al solicitante, que los acepto según los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000.

Séptimo.- Con fecha 29 de agosto de 2023 la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, concede autorización administrativa previa y de construcción, de la instalación eléctrica denominada "Proyecto de reforma de linea aérea AT 220 kv D/C entre SET Limite y SET Baza Renovables adenda de modificación de la traza a tramo subterráneo entre los apoyos 47 y 53, proyecto de SET Baza Renovables 220/400 kv y proyecto de linea aérea AT 400 kV entre la SET Baza Renovables y la SET Baza 400 de REE, en t.m. de Baza (Granada)".

Fundamentos de derecho

Primero.- Esta Delegación Territorial es competente para dictar la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1a.) del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo; el artículo 117 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía; el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; el Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía; el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía (en su redacción vigente dada por el Decreto 300/2022, de 30 de agosto); así como, en la Orden de 20 de junio de 2023, por la que se delegan competencias en órganos directivos de la Consejería de Industria, Energía y Minas, en particular, su artículo 5.7, que atribuye a las Delegaciones Territoriales la competencia en materia de expropiación forzosa, para la tramitación y resolución de los procedimientos de expropiación forzosa, en todas sus fases, cuando la expropiación afecte a bienes situados en una sola provincia. Por lo cual, esta resolución se entenderá dictada por la persona titular de la Consejería de Industria, Energía y Minas.

Segundo.- El procedimiento para la declaración, en concreto, de la utilidad pública de las instalaciones eléctricas se encuentra regulado en el Capítulo V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, antes citado. Igualmente, de conformidad con lo establecido en el artículo 56.1 la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, «la declaración de utilidad pública llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa». El número siguiente continúa estableciendo que «Igualmente, supondrá el derecho a que le sea otorgada la oportuna autorización, en los términos que en la declaración de utilidad pública se determinen, para el establecimiento, paso u ocupación de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública».

Tercero.- Respecto de la servidumbre de paso, el artículo 57 de dicha Ley 24/2013, establece, respecto de la servidumbre de paso que: «1. La servidumbre de paso de energía eléctrica tendrá la consideración de servidumbre legal, gravará los bienes ajenos en la forma y con el alcance que se determinan en la presente ley y se regirá por lo dispuesto en la misma, en sus disposiciones de desarrollo y en la legislación mencionada en el artículo anterior, así como en la legislación especial aplicable. 2. La servidumbre de paso aéreo comprende, además del vuelo sobre el predio sirviente, el establecimiento de postes, torres o apoyos fijos para la sustentación de cables conductores de energía, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan. 3. La servidumbre de paso subterráneo comprende la ocupación del subsuelo por los cables conductores, a la profundidad y con las demás características que señale la legislación urbanística aplicable, todo ello incrementado en las distancias de seguridad que reglamentariamente se establezcan. 4. Una y otra forma de servidumbre comprenderán igualmente el derecho de paso o acceso y la ocupación temporal de terrenos u otros bienes necesarios para construcción, vigilancia, conservación, reparación de las correspondientes instalaciones, así como la tala de arbolado, si fuera necesario».

Cuarto.- En cuanto a la urgente ocupación, establece el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, en su número segundo que «se notificará a los interesados afectados, según los artículos 3 y 4 de esta Ley, el día y hora en que ha de levantarse el acta previa a la ocupación. Esta notificación se llevará a efecto con una antelación mínima de ocho días y mediante cédula. Caso de que no conste o no se conozca el domicilio del interesado o interesados, se entregará la cédula al inquilino, colono u ocupante del bien de que se trate, sin perjuicio de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 5 de esta Ley. Con la misma anticipación se publicarán edictos en los tablones oficiales, y, en resumen, en el "Boletín Oficial del Estado" y en el de la provincia, en un periódico de la localidad y en dos diarios de la capital de la provincia, si los hubiere».

Quinto.- El artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas determina que la comparecencia en el trámite de información pública no otorga, por sí misma, la condición de interesado.

El artículo 4 de la Ley 39/2015, determina que se consideran interesados en el procedimiento administrativo, entre otros "aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución y se personen en el procedimiento en tanto no haya recaído resolución definitiva."

La jurisprudencia en la materia respecto a la determinación de la existencia o no de intereses legítimos determina que "implica la existencia de una relación material unívoca entre el sujeto y el objeto de la pretensión deducida en el recurso contencioso- administrativo, en referencia a un interés en sentido propio, identificado y específico, de tal forma que la anulación del acto o la disposición impugnados produzca automáticamente un efecto positivo (beneficio) o negativo (perjuicio), actual o futuro, pero cierto". ( SSTS de 13 de diciembre de 2005 (recurso 120/2004 ) y 20 de marzo de 2012 (recurso 391/2010 )).

En suma, la jurisprudencia existente define el interés legítimo, base de la legitimación procesal a que alude el artículo 19 LJCA, como "la titularidad potencial de una posición de ventaja o de una utilidad jurídica por parte de quien ejercita la pretensión y que se materializaría de prosperar ésta. "

En este caso concreto, en algunas de las alegaciones presentadas, que solicitan la condición de interesado en el expediente en base a que la planificación energética le repercute en su factura de consumo eléctrico no queda acreditado la existencia de una causalidad directa entre la autorización y construcción de esta instalación y su afección a la factura eléctrica, por lo que no quedaría acreditada la existencia de un interés legitimo por este motivo, para aquellos alegantes incluidos en el Anexo de esta resolución con la consideración de no interesados en el expediente.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Delegación Territorial en Granada,

Resuelve

Primero.- Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación eléctrica promovida por la entidad Parque Eólico Carricondo, S.L., con NIF: B87997649, denominada "Línea Eléctrica Alta Tensión 220 kV SET Límite a SET Baza Renovables en términos municipales de Baza y Caniles (Granada)" según se describe en el Antecedente de Hecho Primero y, respecto de los bienes y derechos descritos en el listado Anexo I, con las siguientes condiciones:

Esta declaración, en concreto, de utilidad pública, se realiza a los efectos de la expropiación forzosa del pleno dominio de los terrenos y derechos necesarios para la construcción de la instalación que se cita y de sus servicios auxiliares o complementarios, en su caso, o de la constitución de las correspondientes servidumbres de paso.

Lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados por la misma, e implica la urgente ocupación de los mismos, a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, adquiriendo la entidad solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación Forzosa, siempre que se acredite previamente el pago de la tasa legalmente establecida.

En cualquier momento, el solicitante de la declaración de utilidad pública podrá convenir libremente con los titulares de los bienes y derechos necesarios, la adquisición por mutuo acuerdo de los mismos. Este acuerdo, en el momento de declararse la utilidad pública de la instalación, adquirirá la naturaleza y efectos previstos en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, causando, por tanto, la correspondiente conclusión del expediente expropiatorio. En estos supuestos, el beneficiario de la declaración de utilidad pública podrá, en su caso, solicitar de la autoridad competente la aplicación del mecanismo establecido en el artículo 59 del Reglamento de Expropiación Forzosa.

Segundo.- Ordenar la notificación de la presente resolución a la entidad solicitante, a las Administraciones u organismos públicos y empresas de servicio público o de servicios de interés general que informaron o debieron informar durante su tramitación, a los titulares de bienes y derechos afectados y a los restantes interesados en el expediente, así como, su publicación en el BOE, el BOJA y el BOP de Granada, con indicación de que las citadas publicaciones se realizan, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. No obstante, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Delegación Territorial, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.

El Delegado Territorial

Fdo.: Gumersindo Carlos Fernández Casas

Anexo. Alegantes en el periodo de información pública

Alegantes con condición de interesados

Jose Manuel Gallardo Blánquez, Mercedes Martínez Molina, Cuadraspania S.L., Antonio Francisco Campoy Ruiz, Cristina Corral Galera, José Martínez Cano, Josefa Pérez Benítez (representada por Isabel Gallardo Pérez), Miguel Angel Blanque Gallardo, Raúl Martínez Quesada, Remedios Domene Martínez, Rafael Francisco la Iglesia Motos, Manuel Martínez Santaolalla, Mercedes Martínez Molina,

Alegantes en periodo de información pública que se considera no tienen condición de interesados

Jose Manuel Gallardo Manzano, Rafael Azor Rodríguez, Yolanda García Jiménez, Cristina Corral Galera, José Blánquez Pérez, Ramona Pérez Azor, José Pérez Pérez,

y Pedro Serrano Rodríguez, Piedad Muñoz Segura, Encarnación Mesas Marín, Ramón Mesas Moreno (que con la variación del ultimo tramo de línea, soterramiento en el humedal de Baza sus fincas ya no resultan afectadas por el proyecto.

Anexo: Relación de bienes y derechos afectados por el proyecto denominado "Proyecto de línea de alta tensión 220 kV D/C entre la SET límite y la SET Baza Renovables, en términos municipales de Caniles y Baza (Granada)". Exp. Núm. 12.153/AT E-852.

Termino municipal

Finca de

proyecto

Datos catastrales

Naturaleza

Titular

AFECCIONES

Polígono

Parcela

Servidumbre de paso

Ocupación

temporal

(obra y acceso)

(m2)

Tala de

arbolado

(m2)

Longitud de la traza

Servidumbre

de vuelo

(m2)

Servidumbre

de vuelo + 3,2m

(m2)

Servidumbre

edificación 5m

(m2)

Nº de

apoyo

Superficie apoyo

y sistema puesta a tierra

(m2)

Caniles

1

11

9007

Vía de comunicación de dominio público

Ayto de Caniles

1

7,02

8,86

Caniles

2

11

124

Labor o Labradío secano

Ana Pérez Guirado

84,04

980,66

543,32

297,69

1

625,00

2210,18

Caniles

3

11

119

Labor o Labradío secano

Serafín Manuel Berruezo Ferriz

114,00

1.367,15

737,65

410,69

2

617,98

1078,64

Caniles

4

11

118

Labor o Labradío secano

Antonio Pérez Pérez

10,87

201,88

63,98

39,76

Caniles

5

11

9010

Vía de comunicación de dominio público

Ayto de Caniles

6,85

143,56

43,27

24,18

Caniles

7

11

9002

Hidrografía natural (río,laguna,arroyo.)

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir

22,07

543,90

124,96

67,49

Caniles

8

11

117

Labor o Labradío secano

Antonio Pérez Pérez

36,27

874,53

258,41

150,66

Caniles

9

11

116

Labor o Labradío secano

Antonio Pérez Pérez

127,81

3.257,57

775,26

423,80

Caniles

10

11

115

Labor o Labradío secano

José Antonio Berruezo Ferriz

17,72

382,93

144,81

91,52

Caniles

11

11

86

Labor o Labradío secano

Francisco Corral Corral

83,74

1.404,69

557,07

315,34

3

625,00

2803,16

Caniles

12

11

87

Labor o Labradío secano

Emilio García Martínez

271,86

7.368,39

1.663,51

918,30

Caniles

13

11

97

Labor o Labradío secano

Antonio Gómez Castaño

17,17

334,42

164,88

107,01

Caniles

14

11

88

Labor o Labradío secano

José García Martínez

118,55

1.998,56

770,29

434,36

4

625,00

2002,20

Caniles

15

11

9001

Hidrografía natural (río,laguna,arroyo.)

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir

1,93

7,34

Caniles

16

11

89

Labor o Labradío secano

Antonio García Martínez

188,51

6.033,00

1.098,55

623,68

920,17

Caniles

17

11

18

Labor o Labradío secano

Pedro Pérez Castaño

329,74

9.754,45

2.295,87

1.285,10

5

625,00

1953,13

Caniles

18

11

9008

Vía de comunicación de dominio público

Ayto de Caniles

20,16

740,56

115,75

60,37

26,88

Caniles

19

12

55

Labor o Labradío secano

Pedro Pérez Castaño

285,85

7.605,16

1.795,32

1.011,18

6

625,00

1754,79

Caniles

20

12

9008

Hidrografía natural (río,laguna,arroyo.)

Ayto de Caniles

9,19

255,92

54,64

30,56

5,77

0,00

Caniles

21

12

103

Almendro regadío

José Membrive Navarro

6,11

333,97

128,24

80,57

361,71

Caniles

22

12

104

Almendro regadío

José Membrive Pérez

54,69

1.559,26

247,36

128,67

1443,25

Caniles

23

12

106

Labor o Labradío secano

Julia Mesas Rodríguez

166,64

4.829,72

1.058,36

594,23

Caniles

24

12

107

Labor o Labradío secano

Antonia Pérez García

47,15

766,08

319,54

181,82

7

571,68

1232,56

Caniles

25

12

108

Almendro regadío

José Membrive Pérez

71,43

1.736,18

457,39

256,66

7

53,32

654,49

2666,74

Caniles

26

12

109

Viñedos regadío

Luis Jiménez Martínez, S.L.

108,95

3.999,33

692,74

389,23

5,72

Caniles

27

12

9006

Vía de comunicación de dominio público

Ayto de Caniles

5,78

231,33

37,00

20,81

Caniles

28

12

110

Labor o Labradío secano

Juana Encarnación Mesas Pérez

22,48

908,60

143,47

80,67

33,11

Caniles

29

12

112

Almendro regadío

José Membrive Pérez

76,90

2.859,15

492,43

276,98

3195,65

Caniles

30

12

111

Labor o Labradío secano

Ernesto Pedro Mesas Mesas - María Pérez Checa

19,54

787,10

124,53

70,00

96,72

Caniles

31

12

114

Almendro regadío

José Membrive Pérez

84,94

2.217,86

546,72

307,57

2763,95

Caniles

32

8

9017

Vía de comunicación de dominio público

Ayto de Caniles

8,96

292,45

65,22

36,13

25,52

Caniles

33

12

116

Labor o Labradío secano

Juan José Magdaleno Lozano

25,00

33,94

25,36

8

19,33

297,04

325,79

Caniles

34

8

184

Labor o Labradío secano

Antonio Liria Corral

82,91

55,63

37,53

Caniles

35

12

115

Labor o Labradío secano

Enrique Corral Ortigosa

111,76

2.181,04

623,54

338,14

8

605,67

1538,86

32,14

Caniles

36

8

185

Labor o Labradío secano

José Pérez Azor

165,13

5.353,19

979,38

543,10

Caniles

37

12

117

Labor o Labradío secano

José Pérez Azor

116,03

75,25

50,73

Caniles

38

8

186

Labor o Labradío secano

Corpus Pérez Azor

78,81

2.021,74

506,34

284,94

Caniles

39

8

187

Labor o Labradío secano

Enrique Corral Corral

68,37

1.158,36

440,02

247,44

9

625,00

2615,02

Caniles

40

8

189

Labor o Labradío secano

Remedios Checa Castaño

48,14

1.223,70

309,03

173,83

Caniles

41

8

190

Labor o Labradío secano

Manuel Rodríguez Campoy

46,80

1.470,59

299,86

168,67

Caniles

42

8

192

Labor o Labradío secano

José Pérez Herrero

72,53

2.528,28

464,23

261,13

Caniles

43

8

193

Labor o Labradío secano

Emilio Salas Rodríguez

76,60

2.539,30

490,56

275,94

Caniles

44

8

201

Labor o Labradío secano

Manuela Fernández Moreno

300,89

7.573,02

1.937,24

1.090,19

10

625,00

2947,78

Caniles

45

8

9006

Hidrografía natural (río,laguna,arroyo.)

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir

14,12

499,45

82,29

46,71

385,13

Caniles

46

8

204

Labor o Labradío secano

Antonio Ramón Salas Rodríguez

41,59

1.401,67

268,12

150,39

0,00

Caniles

47

8

207

Labor o Labradío secano

Jesús Pérez Castaño

58,17

1.498,23

374,10

210,32

Caniles

48

8

209

Labor o Labradío secano

Inocencia Gallardo García

47,54

1.146,17

305,92

172,08

0,04

Caniles

49

8

210

Labor o Labradío secano

Inocencia Gallardo García

51,73

1.611,89

330,35

185,46

Caniles

50

8

202

Labor o Labradío secano

Francisco Castaño Pérez

72,58

2.873,68

456,90

256,13

Caniles

51

8

205

Labor o Labradío secano

Manuel Domene Corral

30,17

1.175,23

200,86

113,02

9,67

Caniles

52

8

212

Labor o Labradío secano

Inocencia Gallardo García

94,72

3.389,79

604,46

340,08

Caniles

53

8

211

Labor o Labradío secano

José Gallardo García

52,48

1.807,41

334,80

188,22

Caniles

54

8

208

Labor o Labradío secano

Manuela Fernández Moreno

59,33

982,12

387,16

218,33

11

625,00

1803,30

Caniles

55

8

213

Pastos/Labor o Labradío secano

Inocencia Gallardo García

88,54

2.334,87

567,68

319,09

Caniles

56

8

110

Labor o Labradío secano

María Josefa Martos Azor

27,91

432,39

177,49

99,53

12

44,85

1035,39

Caniles

57

8

111

Labor o Labradío secano

Eloy Martínez Martínez

231,97

6.360,14

1.494,14

840,92

12

580,16

1788,85

Caniles

58

8

206

Labor o Labradío secano

Antonia Leonor Castaño Castaño

1225,77

Caniles

59

8

104

Labor o Labradío secano

Piedad Campoy Requena

98,82

3.463,01

582,76

324,47

536,12

Caniles

60

8

102

Olivos regadío

José Martínez Cano

329,64

9.736,84

2.115,83

1.186,14

13

625,00

2086,62

12048,61

Caniles

61

8

9020

Hidrografía natural (río,laguna,arroyo.)

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir

16,80

604,95

95,86

56,61

173,38

Caniles

62

8

100

Almendro secano

Corpus Martínez Angulo

33,06

60,09

33,01

Caniles

63

8

4

Labor o Labradío secano

Félix Martínez Angulo

7,17

367,51

110,96

68,40

11,04

Caniles

64

8

103

Olivos regadío

José Martínez Cano

58,88

2.395,33

407,06

192,49

2621,48

Caniles

65

8

3

Labor o Labradío secano

Félix Martínez Angulo

97,42

2.498,44

539,67

294,49

14

66,40

564,55

Caniles

66

6

9002

Vía de comunicación de dominio público

Ayto de Caniles

4,93

199,05

31,77

17,93

Caniles

67

8

2

Labor o Labradío secano

Carmen Borja Rubio

209,13

6.081,93

1.361,02

768,49

14

558,60

1340,06

Caniles

68

6

136

Labor o Labradío secano

Brígida Pastora Blánquez Gallardo

46,82

1.905,71

288,79

150,85

Caniles

69

6

135

Labor o Labradío secano

Juan García Ruiz

47,93

1.499,51

154,11

86,64

Caniles

70

6

134

Almendro secano

Isabel Angulo Angulo e hijos (Rafael y M.José Azor Angulo)

12,37

686,89

208,01

129,10

Caniles

71

6

9009

Vía de comunicación de dominio público

Ayto de Caniles

15,61

501,37

86,11

45,38

13,19

Caniles

72

7

349

Labor o Labradío secano

Ana Fages Martínez

90,28

2.495,60

630,72

356,91

15

8,79

319,31

Caniles

73

7

348

Labor o Labradío secano

Maria Piedad Requena Campoy

500,43

15.116,58

3.219,50

1.811,71

15/16

1.241,21

3536,99

Caniles

74

7

9013

Vía de comunicación de dominio público

Ayto de Caniles

4,91

123,71

32,18

18,16

Caniles

75

7

45

Labor o Labradío secano

Francisco Requena Campoy

191,74

6.805,22

1.223,52

687,58

Caniles

76

7

44

Labor o Labradío secano

Pedro Angulo Angulo

17,28

644,41

124,96

75,13

Caniles

77

7

43

Labor o Labradío secano

Jesús Martínez Angulo

240,05

6.088,03

1.537,65

860,84

17

625,00

2197,98

Caniles

78

7

42

Labor o Labradío secano

Juan Fernando Gallardo Blánquez

130,59

4.568,33

824,16

462,65

Caniles

79

7

41

Labor o Labradío secano

Juan Blánquez Mesas

283,87

6.633,66

1.825,97

1.027,18

18

625,00

2208,33

Caniles

80

5

9005

Vía de comunicación de dominio público

Ayto de Caniles

5,88

143,12

37,60

21,20

7,18

Caniles

81

5

102

Labor o Labradío secano

Piedad García Martínez

70,54

1.965,58

468,19

264,65

Caniles

82

5

100

Labor o Labradío secano

Cayetano Antonio Mesas Zafra, Usufructo - Pedro Antonio Mesas Benítez, NPROP - Pilar Mesas Benites, NPROP

190,43

4.975,99

1.202,57

675,02

Caniles

83

5

99

Almendro secano

Juan Mesas Gallardo

76,47

1.244,06

491,32

276,55

19

625,00

2357,03

Caniles

84

5

97

Labor o Labradío secano

María del Carmen Blánquez Requena

69,43

1.760,13

445,15

250,40

Caniles

85

5

96

Labor o Labradío secano

Amalia Mesas Lozano

59,69

1.849,67

382,16

214,96

Caniles

86

5

95

Labor o Labradío secano

Cayetano Antonio Mesas Zafra, Usufructo - Pedro Antonio Mesas Benítez, NPROP - Pilar Mesas Benites, NPROP

121,48

3.837,04

777,71

437,46

Caniles

87

5

94

Labor o Labradío secano

Antonio Mesas Mesas

45,78

1.191,43

293,43

165,05

3,03

Caniles

88

4

9006

Vía de comunicación de dominio público

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir

5,27

138,03

33,96

19,10

15,63

Caniles

89

5

93

Olivos secano

Guillermo Mesas Lozano

144,69

2.794,86

930,45

523,73

20

625,00

2029,61

4999,91

Caniles

90

4

143

Labor o Labradío secano

Antonio Mesas Molina

126,02

3.896,41

805,36

452,66

3,74

4566,95

Caniles

91

4

144

Labor o Labradío secano

Remedios Gallardo Rubio

162,00

4.501,10

1.038,09

583,92

6,65

Caniles

92

4

145

Labor o Labradío secano

Juan Francisco Sánchez Díaz

157,83

3.250,20

1.012,71

569,64

21

625,00

2229,21

Caniles

93

4

146

Labor o Labradío secano

Manuel Díaz García

171,25

5.031,74

1.053,48

591,00

Caniles

94

4

148

Labor o Labradío secano

Brígida Pastora Blánquez Gallardo

32,81

705,88

202,48

124,55

Caniles

95

4

149

Labor o Labradío secano

José Pastor Azor - María del Carmen Liver Martínez (esposa)

183,26

3.900,56

1.226,38

680,76

22

625,00

1721,05

Caniles

96

4

150

Almendro secano

Juan Mesas Gallardo

48,90

1.448,73

313,02

176,07

Caniles

97

4

151

Labor o Labradío secano

Brígida Pastora Blánquez Gallardo

45,02

1.361,91

288,11

162,06

Caniles

98

4

152

Labor o Labradío secano

José Pastor Azor - María del Carmen Liver Martínez (esposa)

140,77

3.446,35

902,20

507,49

Caniles

99

4

153

Labor o Labradío secano

Francisco Perales Molina

127,82

2.049,29

821,71

462,24

23

625,00

1935,09

Caniles

100

4

154

Labor o Labradío secano

Víctor Manuel Rodríguez Campoy - Manuela Sánchez Martínez (esposa)

119,87

3.541,20

767,17

431,46

Caniles

101

4

155

Labor o Labradío secano

Francisco Girón Girón - María Torres Martínez

131,37

3.991,02

840,51

472,71

Caniles

102

3

9007

Hidrografía natural (río,laguna,arroyo.)

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir

6,91

174,28

44,30

24,91

4,90

Caniles

103

3

179

Labor o Labradío secano

Segundo Quesada Caler

51,27

1.091,18

329,04

185,05

202,75

Caniles

104

3

178

Labor o Labradío secano

Juan García Nuño

65,00

826,61

418,58

235,52

24

625,00

1429,60

Caniles

105

3

177

Labor o Labradío secano

Eloy Martínez Martínez

95,59

2.062,14

613,60

345,15

288,87

Caniles

106

3

183

Labor o Labradío secano

Eloy Martínez Martínez

71,47

Caniles

107

3

176

Labor o Labradío secano

Ángel Martínez Cano

88,04

2.769,46

563,77

317,12

214,24

Caniles

108

3

175

Labor o Labradío secano

Eloy Martínez Martínez

58,27

1.963,33

372,92

209,77

160,93

Caniles

109

3

173

Labor o Labradío secano

Francisco Girón Girón -María Torres Martínez

30,56

855,46

195,00

109,44

36,66

1043,50

Caniles

110

3

184

Labor o Labradío secano

María de la Cruz Quesada Cano

0,01

12,30

345,89

0,00

Caniles

111

3

174

Labor o Labradío secano

María Ascensión Rodríguez Martínez

58,99

1.868,00

378,57

213,19

103,05

Caniles

112

3

172

Labor o Labradío secano

Josefa Pérez Benítez

72,58

1.533,33

465,93

262,08

25

1,19

453,02

0,07

Caniles

113

3

171

Labor o Labradío secano

Rosario Martínez Gallardo

113,03

2.310,50

736,72

415,27

25

623,81

1382,97

Caniles

114

3

358

Labor o Labradío secano

Julián Sánchez Sánchez

224,62

7.086,30

1.197,45

621,31

8235,15

Caniles

115

3

170

Labor o Labradío secano

Julián Sánchez Sánchez

25,01

641,61

101,24

59,20

742,62

Caniles

116

3

357

Labor o Labradío secano

Julián Sánchez Sánchez

82,07

1.454,97

487,74

242,23

26

208,28

915,10

2716,42

Caniles

117

3

169

Labor o Labradío secano

José Luis Mirón Fernández

178,46

3.812,02

1.144,64

643,90

26

416,72

1184,20

Caniles

118

3

167

Labor o Labradío secano

María Dolores Martínez Cano

81,58

2.388,17

522,10

273,77

0,65

Caniles

119

3

166

Labor o Labradío secano

José María Martínez Moya

90,80

2.180,67

434,91

178,49

62,03

Caniles

120

3

185

Labor o Labradío secano

María del Carmen Blánquez Requena

257,90

6.045,57

1.995,26

1.277,42

27

625,00

4302,88

345,09

Caniles

121

3

9008

Hidrografía natural (río,laguna,arroyo.)

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir

21,82

966,69

264,51

147,04

964,32

Caniles

122

3

9009

Vía de comunicación de dominio público

Ayto de Caniles

2,59

5,56

8,87

Caniles

123

3

331

Pastos/Labor o Labradío secano

CEBACOR, S.L.

279,70

6.387,79

1.801,44

1.011,44

28

625,00

2058,60

2153,64

Caniles

124

3

160

Labor o Labradío secano

Tobalo Blánquez Mesas

150,00

Baza

125

12

211

Labor o Labradío secano

CEBACOR, S.L.

8,04

259,61

83,28

55,07

Baza

126

12

212

Labor o Labradío secano

CEBACOR, S.L.

455,80

11738,58

2885,24

1618,29

29

625,00

2194,21

Baza

127

12

9013

Vía de comunicación de dominio público

Ayto de Baza

8,29

267,40

50,76

24,10

5,39

Baza

128

12

213

Pastos

CEBACOR, S.L.

59,80

1704,08

386,45

217,62

Baza

129

12

9004

Vía de comunicación de dominio público

Ayto de Baza

9,32

244,12

59,80

33,65

13,87

Baza

130

12

261

Labor o Labradío secano

Josefa Pérez Benítez

16,67

689,85

223,89

135,01

Baza

131

12

262

Pastos

José Castillo Molina

46,44

963,71

202,52

100,85

Baza

132

12

302

Labor o Labradío secano

Agustín Serrano Trigueros

617,34

17834,94

3793,48

2122,52

30

625,00

2930,22

Baza

133

12

263

Pastos

Pilar Mesas Molina

36,23

551,61

233,11

131,09

31

85,53

589,74

Baza

134

12

264

Labor o Labradío secano

Jesús Martínez Angulo

88,01

1441,45

566,53

318,76

31

539,47

1432,85

Baza

135

12

265

Pastos

Manuel Reche Angulo

42,06

1128,39

269,78

151,75

Baza

136

12

266

Pastos

Remedios Martínez Rodríguez

38,40

1200,09

245,99

138,36

Baza

137

12

267

Labor o Labradío secano

Felicita Mirón Gallardo

68,89

2383,09

440,74

247,89

Baza

138

12

268

Pastos

María Gallardo Angulo

56,95

2017,49

370,13

208,73

Baza

139

12

269

Pastos

Elena Tomás Angulo

47,32

1545,76

296,93

166,88

Baza

140

12

270

Pastos

María Gallardo Angulo

195,58

4324,41

1256,84

706,62

32

625,00

1877,29

Baza

141

12

271

Labor o Labradío secano

José Manuel Gallardo Blánquez

199,20

6607,71

1274,83

717,03

55,57

Baza

142

12

272

Labor o Labradío secano

Jesús Martínez Angulo

32,74

1070,74

209,57

117,87

Baza

143

12

273

Frutales secano

María Gallardo Angulo

87,58

2308,74

561,75

315,97

Baza

144

12

274

Labor o Labradío secano

Mercedes Martínez Molina

59,50

859,87

382,84

215,35

33

419,65

1205,78

Baza

145

12

275

Labor o Labradío secano

Jesús Martínez Angulo

53,45

831,01

343,79

193,38

33

205,35

777,59

Baza

146

12

276

Almendro secano

Jesús Gallardo Martínez

77,69

2100,88

524,59

297,04

19,46

Baza

147

12

301

Labor o Labradío secano

Bernardo Mirón Fernández

190,64

131,73

89,18

Baza

148

12

9003

Vía de comunicación de dominio público

Ayto de Baza

5,37

194,68

37,39

21,22

Baza

149

13

149

Labor o Labradío secano

Agustín Serrano Trigueros - Pasión Rodríguez García

15,02

708,68

198,64

122,58

Baza

150

13

148

Labor o Labradío secano

Bernardo Mirón Fernández

358,22

8550,98

2180,77

1213,90

34

625,00

1889,58

Baza

151

13

147

Labor o Labradío secano

Francisco Ruiz Lozano

51,46

1737,10

328,21

184,50

Baza

152

13

146

Labor o Labradío secano

Francisco Suárez Sánchez

54,46

1959,12

346,72

194,90

104,98

Baza

153

13

145

Labor o Labradío secano

Francisco Suárez Sánchez

50,01

1779,43

318,45

179,00

Baza

154

13

144

Olivos secano

Elena Lozano Martínez

88,13

2718,71

562,71

316,26

3036,83

Baza

155

13

143

Labor o Labradío secano

Eusebio Cano Reche

126,45

2414,25

821,37

462,95

35

625,00

2148,01

45,06

Baza

156

13

9007

Vía de comunicación de dominio público

Ayto de Baza

15,68

482,85

96,26

54,11

7,99

Baza

157

13

104

Pastos

Aurelia Cano Pérez

113,19

62,77

41,36

Baza

158

13

142

Labor o Labradío secano

Aurelia Cano Pérez

92,83

2386,57

538,09

296,29

Baza

159

12

9002

Ayto de Baza

5,49

172,36

40,00

23,67

Baza

160

12

292

Olivos secano

Antoni Expósito López

33,69

52,45

40,10

Baza

161

13

141

Labor o Labradío secano

Ascensión Cano Martínez

104,81

70,53

47,60

Baza

162

12

291

Pastos

Juan Ramón Navarro Zúñiga

58,46

1630,01

311,70

162,28

Baza

163

13

105

Labor o Labradío secano

Ascensión Cano Martínez

73,75

2110,77

378,62

202,06

Baza

164

13

101

Labor o Labradío secano

Desconocido

3,55

163,57

75,95

49,06

Baza

165

12

290

Pastos

Rosa Martínez Fernández (Rosendo Sánchez Martínez, por poderes

7,01

15,00

12,11

Baza

166

12

9001

Vía de comunicación de dominio público

Ayto de Baza

5,09

119,50

25,78

14,31

3,55

Baza

168

13

100

Labor o Labradío secano/Pastos

Rosa Martínez Fernández (Rosendo Sánchez Martínez, por poderes

203,30

4461,43

1256,86

700,23

36

625,00

1754,45

Baza

169

13

41

Espartizal o atochar

Raymond Merricks y otros 3

107,92

3723,88

639,18

361,91

656,36

Baza

170

13

45

Espartizal o atochar

Antonio Lorente Sánchez y Hnos

237,88

90,35

51,07

Baza

171

13

46

Espartizal o atochar

Hermanos López Sánchez (Eduardo)

11,87

39,45

34,26

Baza

172

13

42

Labor o Labradío secano

Raymond Merricks y otros 3

94,12

159,36

121,15

309,14

Baza

173

13

44

Labor o Labradío secano

Antonio Yeste Bautista y otros 2

182,51

5542,55

961,51

508,92

37

47,39

757,81

Baza

174

13

43

Labor o Labradío secano/Espartizal o atochar

José Felipe García García

166,05

3297,34

1044,96

574,60

37

577,61

1252,04

1195,89

Baza

175

13

49

Olivos regadío

Enrique Corral Corral

42,36

Baza

176

13

263

Labor o labradío regadío

Raymond Merricks y otros 3

342,13

Baza

177

13

23

Labor o labradío regadío

Antonio Peña Martínez

29,80

Baza

178

13

59

Pastos

José Antonio Gómez Prados

145,22

3761,34

883,25

492,64

102,25

3650,39

Baza

179

13

30

Pastos

Club Motocross

79,24

1553,45

553,89

315,63

583,27

26,89

Baza

180

13

21

Arboles de ribera

Encarnación Sánchez Tobar

181,50

Baza

181

13

29

Espartizal o atochar

SABSA CAPITAL, S.L.U.

138,86

1929,22

898,85

507,89

38

625,00

1933,38

4,62

Baza

182

13

26

Olivos regadío

Antonio Peña Martínez

7,18

29,67

27,64

Baza

183

13

27

Olivos regadío

Purificación Herrera Brocal

19,29

299,62

48,08

5,66

Baza

184

13

28

Labor o labradío regadío

Francisco Coca Rodríguez

15,53

35,33

28,40

Baza

185

13

22

Arboles de ribera

Encarnación Sánchez Tobar

185,65

2777,84

1192,56

670,57

39

625,00

3131,59

1145,48

Baza

186

22

581

Arboles de ribera

Encarnación Sánchez Tobar

98,94

2612,86

634,94

357,54

530,94

Baza

187

13

9001

Hidrografía natural (río,laguna,arroyo.)

Confederación Hidrográfica del Guadalquivir

18,38

417,54

115,64

64,60

488,47

Baza

188

900

9101

Vía de comunicación de dominio público

Junta de Andalucía

71,28

1875,58

455,89

256,39

627,30

Baza

189

21

870

Olivos regadío

Ramón Sabater

2,29

10,26

9,37

13,39

Baza

190

14

98

Labor o labradío regadío/Pastos

Antonio Francisco Campoy Ruiz

91,76

1712,64

574,43

321,44

40

216,75

533,44

2907,47

Baza

191

900

9601

Vía de comunicación de dominio público

Cañada real

94,88

1796,21

599,82

333,73

40

408,25

700,83

2319,44

Baza

192

14

139

Labor o labradío regadío/Olivos regadío

Antonio Francisco Campoy Ruiz

71,15

1736,84

468,10

265,10

850,81

Baza

193

14

99

Almendro regadío/Olivos regadío

José Francisco Campoy Lozano

71,07

1662,19

454,95

255,90

48,50

1727,68

Baza

194

14

102

Labor o labradío regadío/Olivos regadío

Cecilio Corral Rubio

205,41

3791,54

1315,93

740,22

41

625,00

2054,83

1629,24

Baza

195

14

9005

Vía de comunicación de dominio público

Ayto de Baza

6,26

133,46

40,02

22,51

11,84

Baza

196

14

141

Viñedos regadío

Cecilio Corral Rubio

4,74

101,64

30,39

17,09

Baza

197

14

122

Labor o Labradío secano

Cecilio Corral Rubio

870,25

17963,22

5578,74

3138,15

42/43/44

1873,33

7517,17

Baza

198

14

123

Labor o Labradío secano

CUADRASPANIA, S.L.

284,40

8579,65

1814,45

1019,27

1,67

889,28

Baza

199

14

71

Labor o labradío regadío

Miguel Antonio Fernández Funes

77,56

2424,37

465,02

256,32

73,78

Baza

200

14

70

Labor o Labradío secano

CUADRASPANIA, S.L.

9,00

282,43

95,14

59,53

59,42

Baza

201

14

9004

Vía de comunicación de dominio público

Ayto de Baza

5,31

145,03

36,49

20,42

3,85

35,76

Baza

202

15

89

Pastos/Labor o Labradío secano/Labor o labradío regadío

CUADRASPANIA, S.L.

253,25

6400,05

1620,19

911,29

45

625,00

1733,35

Baza

203

15

9005

Vía de comunicación de dominio público

Ayto de Baza

4,77

185,88

32,68

18,28

Baza

204

15

88

Pastos/Labor o labradío regadío/Olivos regadío/Labor o Labradío secano

CUADRASPANIA, S.L.

454,01

12238,46

2913,91

1639,56

46

625,00

3252,42

Baza

205

15

86

Labor o labradío regadío/Pastos

Josefa La Iglesia Yagüe

272,56

6311,43

1751,06

975,02

47

543,05

505,78

Baza

206

15

9004

Vía de comunicación de dominio público

Ayto de Baza

6,99

106,56

46,28

26,91

81,70

Baza

207

15

87

Labor o labradío regadío/Pastos

Miguel Antonio Fernández Funes

0,09

Baza

208

15

18

Pastos/Labor o labradío regadío

CUADRASPANIA, S.L.

74,66

81,95

852,16

Baza

209

15

84

Prados o praderas/Labor o labradío regadío/Pastos

CUADRASPANIA, S.L.

541,07

Baza

242

16

298

Labor o labradío regadío

María Rosario Gallego Morcillo

140,97

53

625,00

1945,72

Baza

243

16

11

Labor o labradío regadío

Manuel Pérez Martínez

17,02

16,78

12,27

Pórtico Baza

Granada, 27 de septiembre de 2023.- Delegado Territorial, Gumersindo Carlos Fernandez Casas.

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