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Documento BOE-B-2023-4064

Anuncio de la Subdirección General de Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras de la Dirección General del Agua del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, relativo a la aprobación técnica del proyecto de ADECUACIÓN DE LA EDAR DE LUCENA DEL PUERTO (HUELVA) y ADENDA. Clave: 05.321-0207/2111.

Publicado en:
«BOE» núm. 34, de 9 de febrero de 2023, páginas 6277 a 6277 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
Referencia:
BOE-B-2023-4064

TEXTO

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 48.4 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, se hace público que, con fecha 2 de febrero de 2023, la Dirección General del Agua, por delegación de competencias de la Secretaria de Estado de Medio Ambiente, Orden TED/533/2021, de 20 de mayo, (BOE de 31 de mayo), ha dictado la siguiente Resolución:

1.- Aprobar técnicamente el proyecto de Adecuación de la EDAR de Lucena del Puerto (Huelva) y Adenda por su presupuesto base de licitación de 5.430.502,24 € (21 % de I.V.A) y un plazo de veinte (20) meses, incluyendo dos (2) meses de puesta en marcha, haciendo constar que reúne los requisitos exigidos por la Ley y el Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas y que incorpora el reglamentario Estudio de Seguridad y Salud.

2.- Encomendar a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir la realización del acta de replanteo del proyecto según se establece en el artículo 236 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

3.- Encomendar a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir la comunicación del texto íntegro de la presente resolución a los efectos previstos en el artículo 127 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas.

4.- Encomendar a la Subdirección General de Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras la comunicación de la presente resolución a los efectos previstos en el artículo 48 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental.

El Informe de Impacto Ambiental se formula mediante la Resolución de 10 de febrero de de 2021, emitida por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental (B.O.E. nº 42 de 18 de febrero de 2021), en la cual se concluye que no se prevén efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre que se cumplan las medidas y prescripciones establecidas en el documento ambiental y en la presente resolución.

Madrid, 6 de febrero de 2023.- Subdirector General de Dominio Público Hidráulico e Infraestructuras, Daniel Sanz Jiménez.

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