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Documento BOE-B-2023-5459

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla La Mancha por el que se somete a información pública la aprobación provisional del Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y establecimiento de la línea límite de edificación en la carretera N-430 entre los pp.kk. 304+943 al 308+568; carretera N-430c entre los pp.kk. 0+000 a 1+465; carretera N-420a entre los pp.kk. 194+354 a 195+624 y carretera N-401 entre los pp.kk. 186+330 a 187+146 en ambas márgenes, T.M. de Ciudad Real. (Expte. SGE-DTU-22-097).

Publicado en:
«BOE» núm. 46, de 23 de febrero de 2023, páginas 8389 a 8390 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2023-5459

TEXTO

Con fecha 13 de febrero de 2023 el Subdirector General de Explotación, P.D. del Director General de Carreteras (Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre), ha resuelto lo siguiente:

"- Aprobar provisionalmente el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y establecimiento de línea límite de edificación en la N-420a, N-430, N-430c y N-401 a su paso por el municipio de Ciudad Real, de acuerdo con lo establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, según lo siguiente:

· Delimitar como tramos urbanos y travesías los siguientes:

o 1.1. N-430 p.k. 304+943 a 305+338, según las alineaciones del PGOU.

o 1.2. N-430 p.k. 305+338 a 306+156 según las alineaciones del PGOU.

o 1.2.c N-430c p.k. 0+000 a 0+180 según las alineaciones del PGOU.

o 1.3. N-430 p.k. 306+156 a 306+657 según las alineaciones del PGOU.

o 1.4 N-430 p.k. 306+657 a 306+773 según las alineaciones del PGOU.

o 1.5 N-430 p.k. 306+657 a 306+718 según las alineaciones del PGOU.

o 1.6 N-430 p.k. 306+650 a 306+718 según las alineaciones del PGOU.

o 1.7 N-430 P.K. 306+718 a 308+568 según las alineaciones del PGOU.

o 2.1a N-430c P.K. 0+000 a 0+645 según las alineaciones del PGOU.

o 2.1d N-430c p.k. 0+000 a 0+657 según las alineaciones del PGOU.

o 2.2 N-430c p.k. 0+645 a 1+465 según las alineaciones del PGOU.

o 3.1 N-420a p.k. 194+354 a 195+152 según las alineaciones del PGOU.

o 3.2 N-420a p.k. 195+152 a 195+624 según las alineaciones del PGOU.

o 4.1 N-401 p.k. 186+330 a 187+146 según las alineaciones del PGOU.

· Fijar, para los tramos urbanos establecidos en el punto anterior, la línea límite de edificación, en consonancia con el planeamiento urbanístico, conforme los planos adjuntos.

· Fijar el borde exterior de la zona de dominio público, a 3 metros medidos horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación de cada carretera en el tramo de estudio, conforme a los planos adjuntos, según lo señalado en el art. 29 de la Ley 37/2015, de Carreteras.

· Fijar el borde exterior de la zona de servidumbre, a 8 metros medidos horizontal y perpendicularmente desde la arista exterior de la explanación de cada carretera en el tramo de estudio, conforme a los planos adjuntos, según lo señalado en el art. 31 de la Ley 37/2015, de Carreteras.

- Tramitar el Estudio de Delimitación de Tramo Urbano modificado según el procedimiento establecido en el artículo 48 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, lo cual supone:

· Notificar el Estudio a la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha y al Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real a fin de que, en el plazo de dos meses, emitan informe.

· Someter a información pública el Estudio, por un plazo de 30 días hábiles, anunciándolo en el Boletín Oficial del Estado y en el Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda formular alegaciones sobre la repercusión del Estudio en lo referente a limitaciones a la propiedad, régimen de autorizaciones, infracciones y sanciones."

En cumplimiento de dicha Resolución, esta Demarcación de Carreteras del Estado Castilla La Mancha somete a información pública el "Estudio de Delimitación de Tramo Urbano y establecimiento de la línea límite de edificación en las carreteras N-430 entre los pp.kk. 304+943 al 308+568; N-430c entre los pp.kk. 0+000 a 1+465; N-420a entre los pp.kk. 194+354 a 195+624 y N-401 entre los pp.kk. 186+330 a 187+146 en ambas márgenes, T.M. de Ciudad Real)", por un periodo de treinta (30) días hábiles contados a partir del primer día hábil siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Las alegaciones deben ser dirigidas a la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla La Mancha sita en Plaza de Santa Clara 7, 45071 Toledo, por cualquiera de los sistemas señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las observaciones en este trámite sólo se tendrán en consideración si versan sobre la repercusión que el Estudio tendría en lo referente a limitaciones a la propiedad, régimen de autorizaciones, infracciones y sanciones, tal y como se dispone en el artículo 48.4 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras.

Por último, y en cumplimiento del artículo 83.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Estudio sometido a información pública estará a disposición del público en las dependencias de la Unidad de Carreteras del Estado en Ciudad Real, sita en Ctra. Porzuna, 1 3ª planta, en el Excmo. Ayuntamiento de Ciudad Real, así como en la web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en la siguiente ubicación: https://www.mitma.gob.es/el-ministerio/participacion-publica

Toledo, 20 de febrero de 2023.- Jefe de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha, Francisco Javier González Cabezas.

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