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Documento BOE-B-2023-6215

Extracto de la Orden de 1 de marzo de 2023 por la que se convocan subvenciones para entidades sin fines de lucro que promueven y fortalecen la industria editorial.

Publicado en:
«BOE» núm. 53, de 3 de marzo de 2023, páginas 9796 a 9796 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2023-6215

TEXTO

BDNS(Identif.):679200

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/679200)

Primero. Beneficiarios:

Fundaciones, asociaciones, organizaciones no gubernamentales y, en general, cualquier entidad sin fin de lucro que, no perteneciendo al sector público, acredite haber realizado actuaciones de promoción del libro o de las publicaciones culturales.

Segundo. Objeto:

Proyectos que modernicen, fortalezcan u optimicen el funcionamiento, dentro del territorio nacional, del sector del libro y las revistas culturales, como la celebración de congresos para profesionales, la elaboración de estudios, la puesta en marcha de iniciativas que mejoren la eficacia del conjunto de la cadena del libro y de las publicaciones culturales en sus distintas fases, las actuaciones que mejoren la comunicación entre los distintos agentes editoriales, que impulsen la reconversión del sector al modelo digital y/o la mejora de la formación de los profesionales del sector en materia de innovación.

En ningún caso se subvencionará a través de esta línea de ayudas la edición de libros, revistas o prensa.

Tercero. Bases reguladoras:

Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones públicas del Ministerio de Cultura en régimen de concurrencia competitiva.

Cuarto. Importe:

El importe de las subvenciones convocadas será, como máximo, de 350.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.

Madrid, 1 de marzo de 2023.- El Ministro de Cultura y Deporte, P.D. (apartado quinto de la Orden CUD/990/2020, de 16 de octubre) la Directora General del Libro y Fomento de la Lectura, María José Gálvez Salvador.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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