Procedimiento de extinción del derecho a un aprovechamiento de aguas subterráneas en municipio de Nava de la Asunción (Segovia). expediente ED-0197/2023.
1.- En el Registro de Aguas, sección C, Tomo 208, Hoja 51, número 20551, de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A,
Clave: C-208-051-20551-R-SG-0217 Expte.: PRSG138028
Clase De Aprovechamiento: Usos agropecuarios. Regadío (Sondeo)
Titular: D. Narciso García Ajo, DNI: 3.283.128.
Término Municipal Y Provincia De La Toma: Parcela 149, polígono 3, paraje "Las Pozuelas", término municipal de Nava de la Asunción (Segovia)
Caudal (l/s): 6,66 máximo.
1,80 medio.
Volumen Máximo Anual (m3): 18.000
Superficie Regable (ha): 3
Potencia Instalada (CV): 45
Título Del Derecho: Ser titular de un aprovechamiento con anterioridad al 1 de enero de 1986. Inscripción de fecha 23 de julio de 1993, Confederación Hidrográfica del Duero.
Expediente: PRSG138028 (Ref. Integra PR-2985/1988 /2).
2.- De acuerdo con el informe remitido por la Guardería Fluvial el 30 de marzo de 2023, se ha tenido constancia de que el aprovechamiento al que corresponde la captación de aguas subterráneas identificada en el expediente PRSG138028 incumple la condición cuarta de la resolución de inscripción, por encontrarse en estado de falta de mantenimiento y desuso continuado.
3.- En razón de lo expuesto el Área de Régimen de Usuarios de esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A. propuso en su informe, el inicio de expediente de extinción por caducidad del derecho al uso privativo de las aguas, correspondiente al aprovechamiento, motivada por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, por causa imputable a su titular, de acuerdo con lo establecido en el art. 66.2 del Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobada por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, que preceptúa: Asimismo el derecho al uso privativo de las aguas, cualquiera que sea el título de su adquisición, podrá declararse caducado por la interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos siempre que aquélla sea imputable al titular.
3.- Esta Confederación Hidrográfica del Duero, O.A., acordó con fecha 23 de febrero de 2024, iniciar el expediente de extinción por caducidad del derecho del aprovechamiento del que se trata, motivada por interrupción permanente de la explotación durante tres años consecutivos, por causa imputable a su titular. Este procedimiento se tramita conforme a lo establecido en el artículo 161 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (aprobado por R.D. 849/1986, de 11 de abril).
4.- Se procede mediante este acto a someter dicho expediente a información pública, de conformidad y a los efectos previstos en el artículo 163.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, durante un plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial del Estado, durante el cual el titular, y aquellos que tengan condición de interesado conforme al artículo 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, pueden comparecer mediante escrito dirigido a la Confederación Hidrográfica del Duero O.A., -indicando el número de expediente
Valladolid, 20 de marzo de 2024.- Jefe de Área de Régimen de Usuarios. Confederación Hidrográfica del Duero O.A, Urbano Sanz Cantalejo.
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