De conformidad con lo establecido en los artículos 161 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (Real Decreto 849/1986, de 11 de abril), la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A. ha acordado iniciar de oficio el expediente de extinción del derecho al uso privativo de las aguas del aprovechamiento de 7 l/s de agua del arroyo Arencelai, en el T.M. de Galdakao (Bizkaia), con destino a la ampliación del abastecimiento de aguas de Galdakao y, en su caso, posibles servidumbres, por estar incurso en causa de caducidad, cuyos datos se relacionan a continuación:
Titular: Ayuntamiento de Galdakao
Nombre de la corriente: Arroyo Arencelai
Caudal: 7 l/s
Término Municipal y Provincia: Galdakao (Bizkaia)
Destino: Ampliación del abastecimiento de aguas de Galdakao
Título/Fecha/Autoridad: Concesión/10 de enero de 1961/Comisaría de Aguas del Norte de España
Lo que se hace público, conforme al artículo 163 del vigente Reglamento del Dominio Público Hidráulico, para general conocimiento y por un plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado, a fin de que los que se consideren afectos por la extinción del referido aprovechamiento puedan manifestar lo que consideren conveniente, durante el indicado plazo, ante la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A.
Oviedo, 20 de marzo de 2024.- El Jefe de Servicio, Adolfo Gutiérrez Nieto.
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