Dª María Rosa Martínez Rodríguez, Secretaria de Estado de Derechos Sociales, actuando en ejercicio de las facultades establecidas en el Real Decreto 209/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 (BOE 52, de 28 de febrero) y la Orden DCA/249/2024, de 15 de marzo, de fijación de límites de gasto y de delegación de competencias (BOE 67, de 16/03/2024)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. - Con fecha de 3 de enero de 2023, se publica en el Boletín Oficial del Estado la Orden DSA/1352/2022, de 22 de diciembre, (B.O.E. número 2, de 3 de enero) por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades locales, destinadas a mejorar e impulsar el control poblacional de colonias felinas.
Segundo. – Por Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Subsecretaría de Derechos Sociales y Agenda 2030, se convocan subvenciones a entidades locales destinadas a mejorar e impulsar el control poblacional de colonias felinas, correspondiente al año 2023.
Tercero. - El artículo 17.3 de la Orden DSA/1352/2022, de 22 de diciembre, dispone lo siguiente:
"Serán subvencionables aquellos gastos en los que la entidad beneficiaria incurra durante el año natural inmediatamente posterior al de la convocatoria.".
Cuarto. – Por su parte, el apartado 2 de la disposición Primera de la Resolución de 9 de mayo establece que "Las subvenciones se destinan a sufragar los gastos que hayan de afrontar las entidades beneficiarias en el periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el 31 de marzo del año 2024."
CONSIDERANDO
Primero. – Existe una evidente contradicción entre el ámbito temporal de ejecución de las actuaciones previsto en la convocatoria y el establecido en las bases reguladoras del procedimiento.
Segundo. – No se aprecia causa de nulidad: tanto la transgresión del apartado 2 de la disposición Primera de la Resolución de 9 de mayo, en lo que afecta a lo establecido en las bases reguladoras, como la actuación de órgano instructor del procedimiento, pueden calificarse como vicios de anulabilidad, por tratarse de infracciones del ordenamiento jurídico distintas de las enumeradas en el artículo 47 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habida cuenta de la naturaleza reglamentaria de las bases reguladoras de las subvenciones, a las que se ha de acomodar la convocatoria de las mismas.
Tercero. - La presente resolución ha sido informada por la Abogacía del Estado en el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
De acuerdo con lo anterior, RESUELVE
I. Subsanar el vicio de anulabilidad consistente en la infracción de lo establecido en el artículo 17.3 de la Orden DSA/1352/2022, de 22 de diciembre, determinando que el plazo de ejecución de los gastos que hayan de afrontar las entidades beneficiarias será el comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre del año 2024.
II. Convalidar la resolución de 9 de mayo de 2023, de la Subsecretaría de Derechos Sociales y Agenda 2030, por la que se convocan subvenciones a entidades locales destinadas a mejorar e impulsar el control poblacional de colonias felinas, correspondiente al año 2023.
Madrid, 25 de marzo de 2024.- Secretaria de Estado de Derechos Sociales, María Rosa Martínez Rodríguez.
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