Se tramita en este Organismo la extinción del derecho de la concesión inscrita en el Registro de Aguas con las siguientes características:
Expediente origen: Nº INSCRIPCIÓN: 14747 TOMO: 74 HOJA: 147
Titular/es: Comunidad de Regantes Veguetejas
Uso: Agropecuario – Regadíos 226,019 ha
Volumen (m3/año): 1809500
Caudal (l/s): 180,95
Captación: 1.- Toma cauce (Río Genil) en Palma del Río (Córdoba) UTM X-298279 Y-4173081
Causa de la extinción: Renuncia expresa del concesionario [art. 53.1 d) del Texto Refundido de la Ley de Aguas]. Iniciada a instancia de parte por la Cdad. De Regantes Veguetejas, al quedar incluida la superficie de riego en la Zona Regable del Canal de la Margen Izquierda del Genil en T.T.M.M. de Palma del Río (Córdoba) y Lora del Río (Sevilla).
Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en art. 163.3 del RDPH (RD 849/1986), a fin de que, en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir de la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado", cualquier persona que pueda resultar afectada por la extinción del mismo, incluido el titular del derecho, pueda examinar el expediente.
Para ello deberán personarse en el procedimiento a través del registro del Organismo o mediante correo electrónico (servicio.concesiones@chguadalquivir.es). El expediente se halla de manifiesto en las Oficinas de este Organismo, sitas en la Plaza de España, Sector II (41071 Sevilla), o bien por medios electrónicos, debiendo solicitar el enlace de descarga en su escrito de personación.
Dentro del mismo plazo podrá manifestar por escrito cuanto se considere conveniente, por los medios establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Sevilla, 12 de abril de 2024.- Jefa de Servicio del Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico, Laura León Galindo.
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