BDNS(Identif.):756594
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/756594)
Primero. Beneficiarios:
Personas físicas mayores de edad o menores con autorización de su representante legal, y personas jurídicas, residentes en España (ej, centros educativos, asociaciones legalmente constituidas, etc).
Segundo. Objeto
Creación de obras artísticas, en la modalidad de carteles publicitarios, con el propósito de fomentar actuaciones ejemplares en materia de protección y bienestar de los animales domésticos, que fomenten la tenencia responsable, la lucha contra el abandono y el respeto hacia los animales de compañía.
Tercero. Bases reguladoras
Orden DSA/1206/2021, de 3 de noviembre, publicada en el BOE de fecha 6 de noviembre de 2021.
Cuarto. Importe de los Premios
Los Premios Amigos de los Animales, modalidad fotografía, se desglosan en dos categorías:
Un Premio "Mejor Serie Fotográfica: Amigos de los Animales", dotado con 5.000€ y diploma, así como la difusión de su obra, tanto en soporte electrónico como en papel.
Cinco accésits "Mención Especial Serie Fotográfica: Amigos de los Animales", dotados con 500€ y diploma cada uno, así como la difusión de las obras premiadas.
Quinto. Plazo de presentación de solictudes
Tres meses a contar a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de este extracto en el BOE.
Sexto. Otros datos
Cada participante, individual o colectivamente, podrá presentar un máximo de tres obras.
Las obras deberán ser originales, inéditas, no contener copias o plagios de obras de otros artistas y no premiadas en otros certámenes públicos o privados. No podrán ser susceptibles de ser galardonadas aquellas obras que sean creadas íntegra y exclusivamente por inteligencia artificial generativa. Todos los proyectos y actividades que se desarrollen, especialmente aquellos en los que se empleen modelos de inteligencia artificial, deben garantizar el máximo respeto a la normativa reguladora en materia de inteligencia artificial y de propiedad intelectual, en particular, el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y su normativa de desarrollo.
Las obras se presentarán en formato JPEG o similar, y deberán estar conformadas por una serie de hasta 4 carteles publicitarios, compuestos por imagen y título. No obstante, se podrá requerir a los participantes que resulten premiados, para que entreguen los archivos digitales de las obras presentadas, que deberán estar conformados en cualquiera de los formatos vectoriales de mayor uso en el mercado. Las obras presentadas en formato JPEG o similar, tendrán unas dimensiones de 3600x5400 pixeles y una resolución no menor de 300 ppp. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 añadirá un faldón a los carteles integrantes de la obra ganadora para inclusión de logos y/o publicidad institucional, reservándose el derecho a determinar su contenido..
La aceptación de los premios y accésit conlleva la cesión de los permisos de uso de las obras en exposiciones, publicaciones o carteles divulgativos, sin modificar el aspecto de estas, de forma indefinida al Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, para su uso por éste en campañas de divulgación o concienciación.
Madrid, 23 de abril de 2024.- La Secretaria de Estado de Derechos Sociales. P.D. Orden DCA/249/2024, de 15 de marzo, de fijación de límites de gasto y de delegación de competencias EL DIRECTOR GENERAL DE DERECHOS DE LOS ANIMALES JOSE RAMÓN BECERRA CEROLLO.
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