El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Cartagena en su sesión de 24 de octubre de 2023, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 30.5, letra n) del Real Decreto Legislativo de 2/2011, de 5 de septiembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, por unanimidad, adoptó el acuerdo de otorgar concesión administrativa a la UTE Agencia Marítima Blázquez, S.A., Daniel Gómez Servicios Portuarios, S.L. y Terminal Marítima de Cartagena, S.L., con destino al uso y explotación de las instalaciones de alimentación eléctrica de las Grúas Portacontenedores Nº 47 y Nº 51 del Muelle de Santa Lucía, por un plazo de Quince Años, destacando las siguientes condiciones de otorgamiento:
A) Superficie de dominio público otorgado:
104,66 metros cuadrados de superficie enterrada en Zona IV-A.
176,81 metros cuadrados de superficie enterrada en Zona IV-B.
26,64 metros cuadrados de superficie de tierra ocupada en zona IV-A.
10,80 metros cuadrados de superficie de tierra ocupada en zona IV-B.
B) Tasas año 2023:
Tasa por ocupación de superficie: 669,60 €/año.
Tasa por ocupación de obras e instalaciones: 2.311,64 €/año.
Tasa actividad industrial: 0,001 € por tonelada manipulada por las grúas nº 47 y nº 51 a las que da suministro con las instalaciones eléctricas objeto de esta concesión.
Lo que se hace público para el general conocimiento de conformidad a lo previsto en el artículo 85.7 del Real Decreto Legislativo de 2/2011, de 5 de septiembre por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Cartagena, 2 de mayo de 2024.- El Director General, José María Gómez Fuster.
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