Las autoridades de cuenca, tras un periodo de consulta pública, deben definir estaciones de control en los principales aprovechamientos destinados al riego y principales azarbes de las zonas de regadío para registrar las concentraciones de nitrato, fosfato y caudales circulantes conforme al apartado a) del artículo 9.2 del Real Decreto 47/2022, de 18 de enero, sobre protección de las aguas contra la contaminación difusa producida por los nitratos procedentes de fuentes agrarias.
Características del expediente:
El expediente de referencia INFO-0076/2023 se ha iniciado de oficio para el cumplimiento del apartado a) del artículo 9.2 del Real Decreto 47/2022 por lo que, la Confederación Hidrográfica del Segura, O.A. acuerda un período de consulta pública de UN MES para que cualquier interesado pueda revisar y alegar lo que considere respecto al listado de estaciones que vendrán a constituir la Red de Control en los Principales Aprovechamientos y Azarbes (en adelante, la Red):
Son estaciones de la Red las captaciones de aprovechamientos agrícolas de tipo consuntivo cuyo volumen anual autorizado sea igual o superior a 500.000 m³.
Son estaciones de la Red los siguientes azarbes y acequias:
Nombre del punto |
utmx-ETRS89 |
utmy-ETRS89 |
Azarbe del Acierto |
705875 |
4220697 |
Azarbe de Bonanza |
679337 |
4217425 |
Azarbe de la Comuna |
705447 |
4220086 |
Azarbe de la Culebrina |
705719 |
4220607 |
Azarbe de Enmedio |
705793 |
4220663 |
Azarbe de Las Fuentes |
682178 |
4217525 |
Azarbe de La Gralla |
678362 |
4216852 |
Azarbe de Hurchillo |
685820 |
4216206 |
Azarbe del Mayayo. Confluencia con río Segura |
705954 |
4220714 |
Azarbe del Merancho |
676288 |
4215251 |
Azarbe de La Ñora |
693401 |
4218271 |
Azarbe de la Reina |
705669 |
4220542 |
Azarbe de la Villa |
705482 |
4220137 |
Acequia de Regaliciar |
657600 |
4204952 |
Acequia Alquibla Norte |
668828 |
4206113 |
Acequia de la Arboleja |
662200 |
4205160 |
Acequia Santaren |
658473 |
4205236 |
Acequia de Benaria |
659432 |
4205222 |
Acequia de Villanueva |
668564 |
4206725 |
Acequia Merancho Los Giles |
674590 |
4214265 |
Acequia Azarbe del Merancho |
674416 |
4214367 |
Acequia Puertas de Murcia |
678456 |
4217184 |
Serán estaciones de la Red los siguientes drenajes: Canal de drenaje D7, tm de Cartagena (Murcia). Localización en umt-ETRS89 (HUSO 30): 686732, 4177011.
Criterios de medida para caudal, nitratos y fosfatos en los puntos definidos en los puntos 3 y 4: Los puntos indicados en azarbes se ubican en el tramo final de la infraestructura y antes de su incorporación a masa de agua o cauce. Los indicados en acequia se ubican en un punto del tramo final que se encuentra al descubierto tras comprobación en campo. En cualquier caso, el lugar exacto donde se realice el control de volumen, fosfatos y nitratos no necesariamente deberá ubicarse en el indicado en esta nota-anuncio debiendo ajustarse a los requerimientos técnicos del equipo o instrumental utilizado para las mediciones y garantizando condiciones de seguridad de acceso para las personas. No obstante, entre ambos puntos no deberá haber más que una red de evacuación sin alteración del retorno, de modo que las características se mantengan inalteradas. El control de caudal, fosfatos y nitratos será al menos, mensual. Se podrá reducir justificadamente teniendo en cuenta las épocas fuera de campaña de riego. Deberán indicarse las condiciones meteorológicas durante la toma de muestra, especialmente para nitratos y fosfatos, diferenciándose las muestras tomadas en periodo seco y de lluvias.
El control del caudal en los aprovechamientos tendrá la periodicidad que se establezca en la resolución por la que se apruebe el sistema de medición y en su defecto, en la Orden 1312/2009, de 20 de mayo y la Resolución de Presidencia de 23 de abril de 2014, o la norma que la sustituya en cada caso.
Murcia, 6 de mayo de 2024.- El Comisario de Aguas, Francisco Javier García Garay.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid