BDNS(Identif.):762421
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/762421)
Primero. Entidades beneficiarias.
Podrán ser entidades beneficiarias de las ayudas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la convocatoria, los organismos públicos de investigación, las universidades públicas y privadas, las entidades e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, los Institutos de investigación sanitaria acreditados, los Centros Tecnológicos y Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica, y otros centros de I+D+i, públicos y privados sin ánimo de lucro.
Segundo. Objeto.
El objeto de la convocatoria es incentivar la creación de redes de investigación para promover la complementariedad de capacidades y optimizar los recursos de investigación existentes. Las actividades científico-técnicas a las que van dirigidas estas redes tienen que demostrar su valor añadido en base a la consecución de objetivos comunes y compartidos y la realización de actividades que no podrían financiarse a través de otros instrumentos.
Las ayudas financiarán las actividades para la creación y desarrollo de redes de grupos de investigación encaminadas a:
a) Fomentar la colaboración, coordinación y creación de sinergias y complementariedad entre grupos de investigación financiados en convocatorias anteriores de proyectos del Plan Estatal de I+D+I, así como incrementar el impacto de los resultados de investigación obtenidos en dichos proyectos (Modalidad: Redes temáticas).
b) Fomentar la coordinación interna y las actividades de las redes de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) e ICTS distribuidas incluidas en el mapa de ICTS vigente, aprobado por el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación (Modalidad: Redes ICTS).
c) Contribuir a la gestión y a la coordinación nacional de iniciativas estratégicas de I+D+I nacionales o internacionales (Modalidad: Redes estratégicas).
Tercero. Bases reguladoras.
Orden CIN/1025/2022, de 27 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas correspondientes a varios programas y subprogramas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, cuya gestión corresponda a la Agencia Estatal de Investigación.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía total máxima de las ayudas asciende a 5.000.000 €, que se imputará a las aplicaciones presupuestarias equivalentes, en los ejercicios 2025 y siguiente, a la actual 28.303.463B.750 de los Presupuestos Generales del Estado, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día 12 de junio y finalizará el día 2 de julio de 2024 a las 14:00 horas (hora peninsular española).
Las solicitudes de participación a las ayudas serán presentadas de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 13 de la convocatoria.
La cumplimentación y presentación telemática de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades.
Sexto. Criterios de evaluación.
Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los siguientes criterios:
a) Calidad y viabilidad de la propuesta.
b) Calidad y trayectoria de los componentes de la actuación.
c) Impacto esperado de los resultados.
La descripción de los criterios, así como su valoración, se determinan en el Anexo I de la convocatoria.
Madrid, 27 de mayo de 2024.- El Presidente de la Agencia Estatal de Investigación, Juan Cruz Cigudosa García.
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