Con fecha 27 de junio de 2023, la Dirección General de Planificación y Evaluación de la Red Ferroviaria resolvió aprobar provisionalmente el "Estudio Informativo de la reordenación y mejora de la seguridad de la red de ancho métrico en el municipio de Zalla" e iniciar el proceso de información pública y audiencia de administraciones.
En virtud de la aprobación provisional y conforme a lo dispuesto en el artículo 5.5 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario, el estudio informativo fue sometido a información pública, mediante publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial del Estado nº158 de 4 de julio de 2023, así como a audiencia de administraciones. Dichos procesos no tuvieron efectos ambientales, ya que el estudio informativo había sido objeto de evaluación de impacto ambiental simplificada de acuerdo con la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental.
Posteriormente, en virtud del artículo 32.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en base a las solicitudes recibidas, la Subdirección General de Planificación Ferroviaria decidió ampliar el plazo para formular alegaciones, en ambos procesos, en el máximo legal. Con fecha 31 de julio de 2023, se publicó en el BOE el anuncio por el que se ampliaba el plazo de información pública.
En el expediente de información pública y audiencia redactado constan todas las alegaciones recibidas, se realiza su análisis individualizado, y se concluye que no se considera necesario realizar modificaciones en el estudio informativo sometido a información pública y audiencia.
Con fecha 28 de mayo de 2024, la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible ha resuelto:
Primero. Hacer constar que el expediente reseñado cumple con lo preceptuado en el artículo 5 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario, en lo relativo a la tramitación y aprobación de estudios informativos.
Segundo. Aprobar el expediente de información pública y audiencia y definitivamente el "Estudio Informativo de la reordenación y mejora de la seguridad de la red de ancho métrico en el municipio de Zalla". La solución definitivamente aprobada se corresponde con la "Alternativa 2" y puede ser consultada en la página web del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible:
https://www.transportes.gob.es/ferrocarriles/estudios-de-planificacion
Tercero. Durante la redacción y aprobación del proyecto constructivo y la ejecución de las obras, correspondientes al administrador de la infraestructura ferroviaria de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 38/2015, de 29 de septiembre, del sector ferroviario, deberán tenerse en cuenta las prescripciones siguientes:
- Las establecidas en la Resolución de 13 de abril de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula el informe de impacto ambiental del «Estudio Informativo de la reordenación y mejora de la seguridad de la red de ancho métrico en el municipio de Zalla» (BOE nº97 de 24 de abril de 2023).
- Las establecidas en el estudio informativo y en el expediente de información pública y audiencia.
Cuarto. La presente Resolución pone fin a la vía administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como señala el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la presente Resolución podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación o notificación de esta Resolución, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE PLANIFICACIÓN FERROVIARIA
(Por Resolución del Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible del 27 de mayo de 2024 por la que se dispone la suplencia temporal del Subdirector General de Planificación Ferroviaria, por razón de vacante)
Madrid, 29 de mayo de 2024.- El Subdirector General de Evaluación y Normativa Ferroviaria, Gonzalo Díaz García.
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