De conformidad con lo establecido en los artículos 161 y siguientes del Reglamento del Dominio Público Hidráulico (Real Decreto 849/1986, de 11 de abril), la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A. ha acordado iniciar de oficio el expediente de extinción del derecho al uso privativo de las aguas del aprovechamiento de 0,65 l/s del arroyo La Candanosa, en La Candanosa de Barcia, T.M. de Valdés, con destino a riego de una finca llamada "La Barrera" y "Prado del Río de Abajo" y, en su caso, posibles servidumbres, por estar incurso en causa de caducidad, cuyos datos registrales se relacionan a continuación:
Titular: Domingo Barrero Feito
Nombre de la corriente: Arroyo La Candanosa
Caudal: 0,65 l/s
Término Municipal y Provincia: Luarca (Oviedo)
Destino: Riego
Título/Fecha/Autoridad: Prescipción/18 de mayo de 1964/Dirección General de Obras Hidráulicas
Inscripción: nº 6225 del Registro de Aprovechamientos de Aguas Públicas
Lo que se hace público, conforme al artículo 163 del vigente Reglamento del Dominio Público Hidráulico, para general conocimiento y por un plazo de un mes, contado a partir de la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado, a fin de que los que se consideren afectos por la extinción del referido aprovechamiento puedan manifestar lo que consideren conveniente, durante el indicado plazo, ante la Confederación Hidrográfica del Cantábrico, O.A.
Oviedo, 29 de mayo de 2024.- La Responsable de Extinción de Concesiones, Soledad Acuña Rubio.
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