BDNS(Identif.):766588
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/766588)
Primero. Beneficiarios:
a) Beneficiarios directos:
- El alumnado que se encuentre en situación de acogimiento.
- Los hijos/as de víctimas de violencia de género.
- Víctimas del terrorismo.
b) Beneficiarios con carácter general:
Alumnado al que, cumpliendo los requisitos de la convocatoria, se le conceda la ayuda, en atención a las circunstancias socioeconómicas concurrentes, determinadas por la renta per cápita, calculada de acuerdo con lo expresado en los artículos 4 y 5 de la resolución.
c) Otros beneficiarios:
Aquel alumnado que, por diversas circunstancias, se matricule fuera de los plazos establecidos en esta convocatoria podrán ser beneficiarios de las ayudas siempre que cumplan con los criterios y requisitos expuestos y existan plazas vacantes.
Segundo. Objeto:
Ayudas destinadas a financiar, total o parcialmente, el servicio de comedor escolar para el alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos con servicio de comedor escolar en las Ciudades de Ceuta y de Melilla.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden ECI/1815/2005, de 6 de junio (BOE del 15) por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio por el Ministerio de Educación y Ciencia.
Cuarto. Cuantía.
Se convocan 1.000 ayudas para sufragar el servicio de comedor escolar para el alumnado de centros docentes sostenidos con fondos públicos con servicio de comedor escolar en la Ciudad de Ceuta, y 750 en la Ciudad de Melilla, por un importe total de 1.435.000,00 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para cumplimentar y presentar las solicitudes será de 20 días hábiles desde la fecha de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, siendo los tres últimos días exclusivamente reservados para presentar la documentación en los centros.
Sexto. Otros datos.
El alumnado presentará una única solicitud en la que se indicará el tipo o tipos de ayudas solicitadas, junto a la documentación preceptiva de acuerdo a lo indicado en el texto de la convocatoria.
Madrid, 4 de abril de 2024.- José Manuel Bar Cendón, El Secretario de Estado de Educación.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid