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Documento BOE-B-2024-23075

Extracto de la Resolución de 13 de junio de 2024, de la Presidencia del CSD, por la que se convocan ayudas a las FFDDEE para desplazamientos a competiciones internacionales convocadas por FISU e ISF.

Publicado en:
«BOE» núm. 150, de 21 de junio de 2024, páginas 34684 a 34685 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
Referencia:
BOE-B-2024-23075

TEXTO

BDNS(Identif.):769083

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/769083)

Primero: Beneficiarios.

Podrán acceder a la condición de beneficiarios de estas ayudas las Federaciones Deportivas Españolas que participen en competiciones oficiales convocadas por la Federación Internacional de Deporte Escolar y la Federación Internacional de Deporte universitario en el año 2024.

Segundo: Objeto de la convocatoria.

Regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a sufragar gastos derivados de la participación en competiciones oficiales convocadas por la Federación Internacional de Deporte Escolar y la Federación Internacional de Deporte universitario en el año 2024.

Tercero: Bases Reguladoras.

Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el Consejo Superior de Deportes, disponibles en: http://www.boe.es/boe/dias/2012/12/15/pdfs/BOE-A-2012-15180.pdf

Cuarto: Cuantía.

El importe máximo imputable a la subvención será de 600.000,00 €, con cargo al crédito presupuestario 336A 483.09 del Consejo Superior de Deportes, ejercicio 2024.

Quinto. Plazo y procedimiento de solicitud.

Las solicitudes pueden presentarse hasta el día 15 de agosto de 2024 inclusive.

Las solicitudes deberán presentarse de modo telemático a través de la Sede Electrónica del Consejo Superior de Deportes, accesible en la dirección electrónica: https://sede.csd.gob.es (trámite nº 2405730). Las solicitudes deberán estar firmadas mediante una firma electrónica avanzada, acorde con lo dispuesto sobre firma electrónica en la Ley 39/2015.

Sexto. Otros datos administrativos y de procedimiento.

El órgano instructor del procedimiento es la Dirección General de Deportes, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.4b) del Real Decreto 460/2015, de 5 de junio por el que se aprueba el Estatuto del CSD.

La dotación económica será fija y el pago de las subvenciones concedidas se realizará a partir de la fecha de su aceptación por parte del beneficiario y su abono se efectuará en un solo pago y de forma anticipada a la realización de la actividad subvencionada y sin exigencia de garantía, o con posterioridad en el caso de los campeonatos que ya se hayan celebrado con anterioridad a la fecha de Resolución definitiva.

La justificación de las subvenciones por parte de los beneficiarios se realizará mediante cuenta justificativa presentada de conformidad con lo previsto en la convocatoria y en la base Decimocuarta, punto 3, de la Orden ECD/2681/2012, de 12 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones y ayudas por el CSD, y con lo establecido en la Guía de Presupuestación y Justificación del CSD. El plazo máximo para presentar la justificación finalizará el 31 de marzo de 2025.

Madrid, 13 de junio de 2024.- José Manuel Rodríguez Uribes, Presidente del Consejo Superior de Deportes.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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