BDNS (Identif.): 764401.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/764401)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser solicitantes de las ayudas previstas en esta Convocatoria los militares que acrediten estar reconocidos como deportista de alto nivel por la Secretaria de Estado - Presidente del Consejo Superior de Deportes- de acuerdo a las condiciones y procedimientos establecidos en el artículo 3 del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento.
Segundo. Objeto.
Constituye el objeto de esta Convocatoria establecer la concesión de ayudas para el fomento y apoyo a la dedicación de los militares deportistas de alto nivel al deporte internacional de alta competición.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden DEF/806/2020, de 18 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas para el fomento y apoyo a la dedicación de los militares deportistas de alto nivel al deporte militar internacional de alta competición.
https://www.boe.es/boe/dias/2020/08/29/pdfs/BOE-A-2020-10052.pdf
Cuarto. Cuantía.
Con el fin de fomentar y apoyar la dedicación de los militares deportistas de alto nivel a mejorar su rendimiento deportivo, para participar en los eventos deportivos internacionales de alta competición, se establece una dotación total de 22.500 euros (con cargo al crédito presupuestario 14.01.121N1.487), resultante de la suma de las cuantías asignadas para los grupos de ayudas que se indican a continuación:
a) Grupo 1: Ayuda para la adquisición del material y equipaciones deportivas individuales necesarios para la práctica de la disciplina deportiva en la que los peticionarios tengan reconocida la condición de deportista de alto nivel. Ocho ayudas de 1500 euros.
b) Grupo 2: Ayuda para servicios de rehabilitación por lesiones deportivas complementarios a las prestaciones del Instituto Social de las Fuerzas Armadas (ISFAS). Siete ayudas de 1500 euros.
En el caso de que parte de la cuantía prevista para uno de los dos grupos quede sin asignar, por inexistencia de solicitantes con derecho suficiente para acceder a la ayuda correspondiente, se podrá incrementar el importe del otro grupo en la citada cuantía. Todo ello conforme a la cuantía individualizada de 1.500 euros contemplada en la Orden DEF/806/2020.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
Deberán presentarse por medios electrónicos a través de la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa (http://sede.defensa.gob.es) (Registro Electrónico Común, organismo destinatario Ministerio de Defensa, asunto "ayudas para el fomento y apoyo a los deportistas de alto nivel, DIGEREM".)
Sexto. Otros datos.
Deberá acreditarse, mediante copia de la resolución, de estar reconocidos como deportista de alto nivel por la persona titular de la Secretaria de Estado - Presidente del Consejo Superior de Deportes - de acuerdo a las condiciones y procedimientos establecidos en el artículo 3 del Real Decreto 971/2007, de 13 de julio, sobre deportistas de alto nivel y alto rendimiento.
Igualmente es necesario certificado expedido por el Secretario de la Junta Central de Educación Física y Deportes del Ejército al que pertenezca el solicitante de los criterios de concesión que figuran en la cláusula octava de la convocatoria.
Copia de las facturas correspondientes al año 2024 que consideren con derecho a subvención hasta un importe máximo de 1.500 euros.
Madrid, 27 de mayo de 2024.- El Director General de Reclutamiento y Enseñanza Militar. Pedro José García Cifo. (Orden DEF/806/2020, de 18 de agosto.).
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