Examinado el expediente incoado a instancia del Ayuntamiento de Fuentecén (P0913900G) solicitando concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de Fuentecén (Burgos), por un volumen máximo anual de 36.471,94 m³, un caudal máximo instantáneo de 5,5 l/s, y un caudal medio equivalente de 1,16 l/s, con destino a abastecimiento, la Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Duero, en virtud de la competencia otorgada por el Texto Refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, y de acuerdo con el vigente Reglamento del Dominio Público Hidráulico, ha resuelto, con fecha 19 de junio de 2024, lo siguiente:
Anular la inscripción que consta en la Sección C del Registro de Aguas a nombre del Ayuntamiento de Fuentecén con referencia PRBU136001.
Otorgar la concesión de aguas subterráneas, de acuerdo con las características y condiciones que figuran en la resolución del expediente referenciado, y cuyas características del derecho son:
Titular: Ayuntamiento de Fuentecén (P0913900G)
Tipo de uso: Abastecimiento del término municipal de Fuentecén (Burgos) (225 habitantes residentes, llegando a los 800 habitantes de manera estacional)
Uso consuntivo: Si
Volumen máximo anual (m³): 36.471,94
Caudal máximo instantáneo (l/s): 5,5
Caudal medio equivalente (l/s): 1,16
Procedencia de las aguas: Masa de agua subterránea 400044 – Páramo de Corcos
Plazo por el que se otorga: hasta el 31 de diciembre de 2035.
Observación: El titular de la concesión procederá, en el plazo de dos (2) meses desde el día siguiente al de la notificación de la resolución, a sellar debida y completamente el pozo antiguo sito en la parcela 1056 del polígono 509, del término municipal de Fuentecén (Burgos), con material inerte, de tal forma que no quede alterado el flujo subterráneo en el entorno del mismo y se procederá a la retirada de todos los materiales eléctricos y mecánicos para su reciclado, utilización o traslado a un vertedero autorizado. Las obras de sellado deberán realizarse con el fin de preservar la seguridad, evitar la entrada de contaminantes a las aguas subterráneas y la posible detracción de aguas con posterioridad al sellado de la captación, siguiendo los criterios establecidos el anexo III, parte B del Reglamento del Dominio Público Hidráulico y se garantizará que la consolidación de los materiales de relleno no origine depresiones significativas en el terreno, según establece el artículo 188 bis del citado Reglamento.
Título que ampara el derecho: La presente Resolución de Concesión Administrativa.
El contenido íntegro de la resolución de concesión puede conocerse accediendo al correspondiente expediente concesional que se encuentra archivado en las oficinas de esta Confederación Hidrográfica, o a través de la página Web www.chduero.es (Inicio\Servicio al Ciudadano\Información al público\Resoluciones de Concesión).
Valladolid, 21 de junio de 2024.- El Jefe de Servicio de Aguas Subterráneas, José Ignacio Santillán Ibáñez.
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