BDNS(Identif.):773743
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/773743)
Primero. Beneficiarios:
Empresas y/o empresarios individuales, legalmente constituidos, dedicados a la actividad circense, cuya itinerancia sea permanente durante el período escolar lectivo determinado por la Dirección General de Panificación y Gestión Educativa y que mantengan a lo largo del curso escolar un mínimo de tres alumnos en edad de escolarización obligatoria matriculados en la etapa de educación primaria
Segundo. Finalidad:
Atención educativa de los niños que, por desplazarse con los circos, no pueden asistir con regularidad a un centro educativo ordinario.
Tercero. Bases reguladoras:
ORDEN ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (BOE del 12 de mayo).
Cuarto. Importe:
Importe total de la convocatoria: 60.000 euros. Cuantía máxima individual de subvención por circo: 3.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Diez días hábiles, a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 1 de julio de 2024.- El Secretario de Estado de Educación, José Manuel Bar Cendón.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid