En sesión celebrada con fecha 25 de junio de 2024, el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Avilés, en virtud de las facultades conferidas por el artículo 30.5, apartado n), del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, acordó el otorgamiento de una concesión administrativa a favor del "Club Náutico Marina de Avilés-La Peñona", cuyas condiciones más importantes son las siguientes:
Objeto: ocupación de la llamada "nave azul", contigua a la antigua rula, para su uso como almacén/taller y aulas.
Superficie: 277,15 m².
Plazo: seis (6) años, prorrogables por otros dos (2).
Tasas aplicables, consideradas para el año 2024:
Tasa por ocupación: tendrá un valor de 1.688,68 €/año.
Tasa de actividad: tendrá un valor de 400,00 €/año, y se obtendrá de aplicar un porcentaje del 1% a la cifra de volumen de negocio a desarrollar al amparo de la concesión, para un volumen mínimo de 40.000,00 €.
Lo que se hace público para el general conocimiento, de conformidad a lo previsto en el artículo 85.7 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Avilés, 4 de julio de 2024.- El Presidente, Santiago Rodríguez Vega.
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